III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2022-24659)
Resolución de 22 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del Proyecto "Parques fotovoltaicos Tobizar, de 27,25 MWp, Marcote, de 27,25 MWp, y Morata de Tajuña 3, de 49,49 MWp, y su línea soterrada de evacuación, en la provincia de Toledo".
24 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 314
Sábado 31 de diciembre de 2022
Sec. III. Pág. 194378
En el caso de la PSFV «Morata de Tajuña 3», la nueva ubicación, propuesta en el
segundo periodo de información pública, se desarrolla en el mismo entorno que la
original por lo que el estudio de fauna realizado es plenamente vigente, sin embargo, en
el caso de las PSFV «Tobizar» y «Marcote» la nueva ubicación supone, entre otros
aspectos, la realización de un nuevo estudio de avifauna que abarca de enero a octubre
de 2022.
La nueva ubicación proyectada de las PSFV «Tobizar» y «Marcote», se caracteriza
por asentarse sobre una zona despejada de masas arbóreas, de óptima radiación solar,
dedicada fundamentalmente a cultivo, encajada entre diferentes infraestructuras
antrópicas (Autovía de Castilla-La Mancha A-40, la nacional N-400 y FFCC AranjuezValencia). Por lo tanto, esta nueva ubicación causa menos impactos sobre la presencia y
uso del espacio de las aves esteparias de interés como son el sisón común (Tetrax
tetrax) y la avutarda (Otis tarda).
La Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de Comunidades
de Castilla-La Mancha (DGMNyB), en el segundo periodo de información pública, en su
informe 17 de agosto de 2022, considera que los proyectos, con las modificaciones
presentadas, son compatibles con la conservación de los valores ambientales en la zona
en la que pretende ubicarse, siempre y cuando se cumplan las medidas preventivas,
correctoras y compensatorias que se detallan en dicho informe y se incluyen en el
condicionado de la presente resolución.
Las principales medidas para la fauna propuestas por el promotor son: desarrollar el
Plan de obras de modo que se minimicen molestias sobre la fauna y colocar un vallado
perimetral adecuado en el entorno a las instalaciones fotovoltaicas. Como medida
compensatoria por la afección a especies esteparias el promotor propone un plan
agroambiental que consistirá básicamente en la conservación de tierras de secano sin
cosechar durante determinado periodo de tiempo (un total de 40 ha durante 3 años).
Otra medida compensatoria propuesta por el promotor es la reintroducción de cernícalo
primilla mediante la técnica de «hacking» para lo que se colocarán 3 primillares en el
lugar y con las características que el órgano ambiental de Castilla-La Mancha estime
oportuno, durante 3 temporadas de cría. El informe de la Dirección General de Medio
Natural y Biodiversidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha de 17 de
agosto de 2022 considera, de manera general, que las medidas compensatorias
propuestas son insuficientes y que las medidas propuestas para el cernícalo primilla son
innecesarias.
Espacios naturales protegidos, Red Natura 2000.
La primera propuesta de ubicación de las PSFV «Tobizar» y «Marcote», la sometida
al primer trámite de información pública iniciado en febrero de 2021, se encontraba
próxima a la Zona de Especial Protección para las Aves (ZEPA) ES0000170 «Área
Esteparia de la Mancha Norte», concretamente se ubicaban entre dos zonas de esta
ZEPA a una distancia mínima de aproximadamente 350 m al noreste y 2.900 m al oeste
de dichas zonas. Por otro lado, la PSFV «Morata Tajuña 3» se situaba a una distancia
mínima aproximada de 1.095 m de esta ZEPA.
El informe de la Dirección General de Economía Circular de la Junta de
Comunidades de Castilla-La Mancha, de 13 de septiembre de 2021, tal y como se detalla
en el apartado anterior, considera que se produce un impacto severo sobre las especies
esteparias, lo cual permite considerar posibles repercusiones significativas sobre la
ZEPA «Área Esteparia de la Mancha Norte».
cve: BOE-A-2022-24659
Verificable en https://www.boe.es
B.6
Núm. 314
Sábado 31 de diciembre de 2022
Sec. III. Pág. 194378
En el caso de la PSFV «Morata de Tajuña 3», la nueva ubicación, propuesta en el
segundo periodo de información pública, se desarrolla en el mismo entorno que la
original por lo que el estudio de fauna realizado es plenamente vigente, sin embargo, en
el caso de las PSFV «Tobizar» y «Marcote» la nueva ubicación supone, entre otros
aspectos, la realización de un nuevo estudio de avifauna que abarca de enero a octubre
de 2022.
La nueva ubicación proyectada de las PSFV «Tobizar» y «Marcote», se caracteriza
por asentarse sobre una zona despejada de masas arbóreas, de óptima radiación solar,
dedicada fundamentalmente a cultivo, encajada entre diferentes infraestructuras
antrópicas (Autovía de Castilla-La Mancha A-40, la nacional N-400 y FFCC AranjuezValencia). Por lo tanto, esta nueva ubicación causa menos impactos sobre la presencia y
uso del espacio de las aves esteparias de interés como son el sisón común (Tetrax
tetrax) y la avutarda (Otis tarda).
La Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de Comunidades
de Castilla-La Mancha (DGMNyB), en el segundo periodo de información pública, en su
informe 17 de agosto de 2022, considera que los proyectos, con las modificaciones
presentadas, son compatibles con la conservación de los valores ambientales en la zona
en la que pretende ubicarse, siempre y cuando se cumplan las medidas preventivas,
correctoras y compensatorias que se detallan en dicho informe y se incluyen en el
condicionado de la presente resolución.
Las principales medidas para la fauna propuestas por el promotor son: desarrollar el
Plan de obras de modo que se minimicen molestias sobre la fauna y colocar un vallado
perimetral adecuado en el entorno a las instalaciones fotovoltaicas. Como medida
compensatoria por la afección a especies esteparias el promotor propone un plan
agroambiental que consistirá básicamente en la conservación de tierras de secano sin
cosechar durante determinado periodo de tiempo (un total de 40 ha durante 3 años).
Otra medida compensatoria propuesta por el promotor es la reintroducción de cernícalo
primilla mediante la técnica de «hacking» para lo que se colocarán 3 primillares en el
lugar y con las características que el órgano ambiental de Castilla-La Mancha estime
oportuno, durante 3 temporadas de cría. El informe de la Dirección General de Medio
Natural y Biodiversidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha de 17 de
agosto de 2022 considera, de manera general, que las medidas compensatorias
propuestas son insuficientes y que las medidas propuestas para el cernícalo primilla son
innecesarias.
Espacios naturales protegidos, Red Natura 2000.
La primera propuesta de ubicación de las PSFV «Tobizar» y «Marcote», la sometida
al primer trámite de información pública iniciado en febrero de 2021, se encontraba
próxima a la Zona de Especial Protección para las Aves (ZEPA) ES0000170 «Área
Esteparia de la Mancha Norte», concretamente se ubicaban entre dos zonas de esta
ZEPA a una distancia mínima de aproximadamente 350 m al noreste y 2.900 m al oeste
de dichas zonas. Por otro lado, la PSFV «Morata Tajuña 3» se situaba a una distancia
mínima aproximada de 1.095 m de esta ZEPA.
El informe de la Dirección General de Economía Circular de la Junta de
Comunidades de Castilla-La Mancha, de 13 de septiembre de 2021, tal y como se detalla
en el apartado anterior, considera que se produce un impacto severo sobre las especies
esteparias, lo cual permite considerar posibles repercusiones significativas sobre la
ZEPA «Área Esteparia de la Mancha Norte».
cve: BOE-A-2022-24659
Verificable en https://www.boe.es
B.6