III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. Convenio. (BOE-A-2022-24662)
Resolución de 21 de diciembre de 2022, de la Secretaría General de Objetivos y Políticas de Inclusión y Previsión Social, por la que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, para la realización de un proyecto para la inclusión social en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 314

Sábado 31 de diciembre de 2022

Sec. III. Pág. 194444

2. El incumplimiento de las obligaciones sobre aportación de la documentación
exigida por la normativa nacional y europea en el marco del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia y del Marco de Mecanismo de Recuperación y Resiliencia,
así como el incumplimiento del principio de «no causar perjuicio significativo», será
causa de reintegro.
3. En el supuesto de incumplimiento parcial, la fijación de la cantidad que deba ser
reintegrada se determinará en aplicación del principio de proporcionalidad, y teniendo en
cuenta el hecho de que el citado incumplimiento se aproxime significativamente al
cumplimiento total y se acredite por la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia a
través del Instituto Murciano de Acción Social (IMAS) adscrito a la Consejería de Mujer,
Igualdad, LGTBI, Familias, Política Social y Transparencia una actuación
inequívocamente tendente a la satisfacción de sus compromisos.
4. El procedimiento para el reintegro se regirá por lo dispuesto en los artículos 41
a 43 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y en el capítulo II del título III del
Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
5. El órgano competente para exigir el reintegro de la subvención concedida será el
concedente de la subvención, de conformidad con lo establecido en el artículo 41 de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
6. En caso de no realizarse el gasto o en caso de incumplimiento total o parcial de
los objetivos previstos, el órgano concedente de la subvención deberá reintegrar los
fondos recibidos al Tesoro Público, de acuerdo con lo previsto en el artículo 7 Regla
Séptima, de la Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado
para el año 2022.
Decimoctava. Régimen sancionador.
Las posibles infracciones que pudiesen ser cometidas por la Comunidad Autónoma
de la Región de Murcia a través del Instituto Murciano de Acción Social (IMAS) adscrito a
la Consejería de Mujer, Igualdad, LGTBI, Familias, Política Social y Transparencia se
graduarán y sancionarán de acuerdo con lo establecido en el título IV de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre y título IV de su Reglamento, aprobado por Real Decreto 887/2006,
de 21 de julio.
De conformidad con cuanto antecede, y en ejercicio de las atribuciones de que son
titulares los firmantes, se firma electrónicamente el presente Convenio.–Por el Ministerio
de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, María Milagros Paniagua San Martín,
Secretaria General de Objetivos y Políticas de Inclusión y Previsión Social.–Por la
Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, Isabel Franco Sánchez, Consejera de
Mujer, Igualdad, LGTBI, Familias, Política Social y Transparencia.
ANEXO I
Descripción del proyecto objeto de la subvención
Título del proyecto:

«Proyecto de activación Social en comunidad para personas beneficiarias del Ingreso
Mínimo Vital (IMV), Renta Básica de Inserción (RBI) y otras personas en situación de
vulnerabilidad social.»
2.

Objetivo del proyecto:

El objetivo del proyecto es conseguir la activación inclusiva de personas adultas
beneficiarias de IMV, Renta Básica de Inserción o que se encuentren en situación de
vulnerabilidad social acreditada, que estén inactivas o desempleadas, y que no se
encuentren en un momento adecuado para su incorporación a recursos de activación
para el empleo.

cve: BOE-A-2022-24662
Verificable en https://www.boe.es

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