III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. Convenio. (BOE-A-2022-24662)
Resolución de 21 de diciembre de 2022, de la Secretaría General de Objetivos y Políticas de Inclusión y Previsión Social, por la que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, para la realización de un proyecto para la inclusión social en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 314
Sábado 31 de diciembre de 2022
Sec. III. Pág. 194440
los subcontratistas cumplan con el principio de «no causar un perjuicio significativo al
medio ambiente».
3. Las entidades beneficiarias de las subvenciones podrán concertar con terceros la
ejecución total o parcial de los proyectos piloto de inclusión social mediante los
procedimientos de licitación correspondientes, subvenciones o proceder a su ejecución
total o parcial a través de encargos a medios propios.
4. No podrá concertarse la ejecución de actividades a entidades incursas en alguna
de las prohibiciones del artículo 71 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, sin perjuicio de
lo previsto en el artículo 72.5 de la citada ley.
Utilización de la información y protección de datos de carácter personal.
1. En virtud de los objetivos comunes definidos en el presente convenio, y con la
única finalidad de alcanzar los mismos, ambas partes deberán compartir información
personal necesaria para el desarrollo del proyecto, la cual será tratada en régimen de
corresponsabilidad teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 26 del Reglamento
(UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la
protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales
y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE
(RGPD) sobre la determinación conjunta de objetivos y medios del tratamiento.
2. La SGOPIPS y la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia a través del
Instituto Murciano de Acción Social (IMAS) adscrito a la Consejería de Mujer, Igualdad,
LGTBI, Familias, Política Social y Transparencia firmarán un acuerdo de
corresponsabilidad en el tratamiento de datos de carácter personal, de acuerdo con lo
dispuesto en el artículo 26 del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del
Consejo de 27 de abril de 2016, a afectos de regular obligaciones y definir de manera
transparente y con acuerdo mutuo el alcance de sus responsabilidades para los mismos
datos.
3. La información que compartirá, en base a la cláusula sexta del presente
convenio, la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia a través del Instituto
Murciano de Acción Social (IMAS) adscrito a la Consejería de Mujer, Igualdad, LGTBI,
Familias, Política Social y Transparencia, tendrá como finalidad exclusiva su utilización
por la SGOPIPS para los fines de la subvención objeto del presente convenio. El
contenido de esta información se recoge en el Anexo II. La finalidad del tratamiento de
datos incluye la selección de la muestra de participantes en el grupo de tratamiento (o
grupos) y grupo de control a partir de la población de partida, así como el seguimiento de
las intervenciones y actuaciones realizadas en el proyecto piloto, y la evaluación del
impacto de estas intervenciones.
4. La información que sea compartida por la SGOPIPS a la Comunidad Autónoma
de la Región de Murcia a través del Instituto Murciano de Acción Social (IMAS) adscrito a
la Consejería de Mujer, Igualdad, LGTBI, Familias, Política Social y Transparencia
incluirá datos mínimos de carácter personal sobre los participantes a los simples efectos
de contacto con éstos, en los casos en que sea necesario.
5. Los datos de carácter personal tratados en el desarrollo del proyecto deberán
protegerse con los medios de seguridad que incluyan limitar el acceso de estos a
personal autorizado por las partes, SGOPIPS y la Comunidad Autónoma de la Región de
Murcia a través del Instituto Murciano de Acción Social (IMAS) adscrito a la Consejería
de Mujer, Igualdad, LGTBI, Familias, Política Social y Transparencia en cada caso, y
adoptarán las medidas técnicas, administrativas y organizativas precisas para asegurar
que ninguno de los datos facilitados sea distribuido sin autorización a terceras personas,
instituciones u organizaciones, todo ello de acuerdo con los dispuesto en el acuerdo de
corresponsabilidad en materia de seguridad social.
6. La SGOPIPS anonimizará los identificadores personales para las tareas de
diseño, seguimiento y evaluación, y hará uso de los identificadores personales
exclusivamente para aquellas actuaciones que sean imprescindibles como son el cruce
cve: BOE-A-2022-24662
Verificable en https://www.boe.es
Décima.
Núm. 314
Sábado 31 de diciembre de 2022
Sec. III. Pág. 194440
los subcontratistas cumplan con el principio de «no causar un perjuicio significativo al
medio ambiente».
3. Las entidades beneficiarias de las subvenciones podrán concertar con terceros la
ejecución total o parcial de los proyectos piloto de inclusión social mediante los
procedimientos de licitación correspondientes, subvenciones o proceder a su ejecución
total o parcial a través de encargos a medios propios.
4. No podrá concertarse la ejecución de actividades a entidades incursas en alguna
de las prohibiciones del artículo 71 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, sin perjuicio de
lo previsto en el artículo 72.5 de la citada ley.
Utilización de la información y protección de datos de carácter personal.
1. En virtud de los objetivos comunes definidos en el presente convenio, y con la
única finalidad de alcanzar los mismos, ambas partes deberán compartir información
personal necesaria para el desarrollo del proyecto, la cual será tratada en régimen de
corresponsabilidad teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 26 del Reglamento
(UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la
protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales
y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE
(RGPD) sobre la determinación conjunta de objetivos y medios del tratamiento.
2. La SGOPIPS y la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia a través del
Instituto Murciano de Acción Social (IMAS) adscrito a la Consejería de Mujer, Igualdad,
LGTBI, Familias, Política Social y Transparencia firmarán un acuerdo de
corresponsabilidad en el tratamiento de datos de carácter personal, de acuerdo con lo
dispuesto en el artículo 26 del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del
Consejo de 27 de abril de 2016, a afectos de regular obligaciones y definir de manera
transparente y con acuerdo mutuo el alcance de sus responsabilidades para los mismos
datos.
3. La información que compartirá, en base a la cláusula sexta del presente
convenio, la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia a través del Instituto
Murciano de Acción Social (IMAS) adscrito a la Consejería de Mujer, Igualdad, LGTBI,
Familias, Política Social y Transparencia, tendrá como finalidad exclusiva su utilización
por la SGOPIPS para los fines de la subvención objeto del presente convenio. El
contenido de esta información se recoge en el Anexo II. La finalidad del tratamiento de
datos incluye la selección de la muestra de participantes en el grupo de tratamiento (o
grupos) y grupo de control a partir de la población de partida, así como el seguimiento de
las intervenciones y actuaciones realizadas en el proyecto piloto, y la evaluación del
impacto de estas intervenciones.
4. La información que sea compartida por la SGOPIPS a la Comunidad Autónoma
de la Región de Murcia a través del Instituto Murciano de Acción Social (IMAS) adscrito a
la Consejería de Mujer, Igualdad, LGTBI, Familias, Política Social y Transparencia
incluirá datos mínimos de carácter personal sobre los participantes a los simples efectos
de contacto con éstos, en los casos en que sea necesario.
5. Los datos de carácter personal tratados en el desarrollo del proyecto deberán
protegerse con los medios de seguridad que incluyan limitar el acceso de estos a
personal autorizado por las partes, SGOPIPS y la Comunidad Autónoma de la Región de
Murcia a través del Instituto Murciano de Acción Social (IMAS) adscrito a la Consejería
de Mujer, Igualdad, LGTBI, Familias, Política Social y Transparencia en cada caso, y
adoptarán las medidas técnicas, administrativas y organizativas precisas para asegurar
que ninguno de los datos facilitados sea distribuido sin autorización a terceras personas,
instituciones u organizaciones, todo ello de acuerdo con los dispuesto en el acuerdo de
corresponsabilidad en materia de seguridad social.
6. La SGOPIPS anonimizará los identificadores personales para las tareas de
diseño, seguimiento y evaluación, y hará uso de los identificadores personales
exclusivamente para aquellas actuaciones que sean imprescindibles como son el cruce
cve: BOE-A-2022-24662
Verificable en https://www.boe.es
Décima.