III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Comunidad Autónoma del Principado de Asturias. Convenio. (BOE-A-2022-24654)
Resolución de 14 de diciembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Ministerio de Educación y Formación Profesional, el Servicio Público de Empleo Estatal, O.A., y la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias, por el que se aprueba el Plan de Actuación Plurianual 2019-2022 del Centro de Referencia Nacional de Construcciones Metálicas y Fundición en el ámbito de la Formación Profesional.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 314

Sábado 31 de diciembre de 2022

Sec. III. Pág. 194335

Para la evaluación del Plan de Actuación Plurianual, deberán concretarse, al menos,
los siguientes aspectos, sin perjuicio de los que específicamente se acuerden por las
partes en cada Plan Anual de Trabajo:
1. Cumplimiento cuantitativo de las actuaciones específicas de los Planes de
Trabajo anual.
2. Niveles de cumplimiento cualitativos de los objetivos marcados, como, por
ejemplo, contenido de las acciones innovadoras, aplicación de las mismas, grado de
aceptación en otros centros de formación.
3. Conocimiento del CRN en el ámbito de los sectores productivos de su espacio de
actuación, que podrá acreditarse a través de encuestas, impacto en medios de
comunicación, participación del tejido industrial, educativo y profesional en sus
actividades.
4. Valoración de CRN y de las actividades que lleva a cabo, por los participantes de
las mismas, en un doble plano:
i) En lo referente al contenido de su actividad innovadora, para lo que se valorará la
aplicación práctica en la docencia de las mismas, así como su viabilidad y proyección de
futuro.
ii) En lo referente a la actividad de difusión, a través de la participación de los
sectores implicados en la estructura del CRN, en la planificación de sus contenidos, así
como en su colaboración en las actividades del CRN, especialmente en el estudio,
creación y producción que redunden y/o complementen la misma.
iii) En su caso, las actividades formativas que realice.
5. Nivel de incorporación de las actividades de investigación e innovadoras a los
planes de estudio o itinerarios formativos dentro de la Comunidad Autónoma, así como
en otras comunidades autónomas. En este apartado se valorará, específicamente, el
grado de modificación que, en su caso, soporten los itinerarios formativos como
consecuencia de las actividades innovadoras ejecutadas por el CRN.
6. Cumplimiento y aplicación correctas de las subvenciones previstas en la
normativa aplicable, otorgadas por el Ministerio de Educación y Formación Profesional,
el Servicio Público de Empleo Estatal O.A., y la Comunidad autónoma del Principado de
Asturias.
7. Acciones en el ámbito exterior, especialmente en los foros relativos a la
formación profesional para el empleo de personas adultas, mujeres, personas con algún
tipo de discapacidad y personas en riesgo de exclusión social.
Aspectos económicos.

El presente convenio carece de contenido económico y no genera obligaciones ni
contraprestaciones económicas entre las partes firmantes, las cuales asumirán los
costes que deban realizar con cargo a sus respectivos presupuestos corrientes.
Según se establece en los artículos 7.2 y 8.1 del Real Decreto 229/2008, de 15 de
febrero, el Ministerio de Educación y Formación Profesional y el Servicio Público de
Empleo Estatal O.A. del Ministerio de Trabajo y Economía Social financiarán las
actividades contempladas en el Plan de Trabajo anual que prevé la normativa de
aplicación, a través de subvenciones de concesión directa, condicionadas a la
disponibilidad presupuestaria.
En las resoluciones por las que se otorguen estas subvenciones se establecerán las
condiciones y compromisos aplicables y el régimen de justificación de la aplicación dada
a las subvenciones, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones; así mismo, facilitará, en su caso, las inversiones
requeridas para la actualización de los equipamientos que se consideren necesarios
para su adecuado funcionamiento.

cve: BOE-A-2022-24654
Verificable en https://www.boe.es

Cuarta.