II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Escala Técnica de Gestión de Organismos Autónomos. (BOE-A-2022-23801)
Resolución de 29 de diciembre de 2022, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se convoca el proceso selectivo para el acceso por promoción interna, para personal funcionario y personal laboral fijo, a la Escala Técnica de Gestión de Organismos Autónomos.
28 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 313

Viernes 30 de diciembre de 2022

Sec. II.B. Pág. 191234

En la fase de concurso se valorarán, mediante el certificado de requisitos y méritos,
los siguientes méritos:
2.1.1

Personal funcionario de carrera.

a) Antigüedad: se valorará la antigüedad del funcionario/a hasta la fecha de
publicación de esta convocatoria, en los cuerpos o escalas incluidos en la norma
específica 7.1.1, y en los términos indicados en la misma, a razón de 1 punto por año
completo de servicios hasta un máximo de 30 puntos.
Se tendrán en cuenta los servicios reconocidos en los cuerpos y escalas del
subgrupo A2 de la Administración General del Estado hasta la fecha de publicación de
esta convocatoria al amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre.
b) Grado personal consolidado y formalizado: según el grado personal que se tenga
consolidado el día de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado»,
siempre que esté formalizado en la Administración General del Estado a través del
acuerdo de reconocimiento de grado por la autoridad competente, hasta la fecha de
finalización del plazo de presentación del certificado de requisitos y méritos. Se otorgará
la siguiente puntuación:
– Grados 18 a 21: 2 puntos.
– Grados 22 a 25: 6 puntos.
– Grado 26: 10 puntos.
Asimismo, se otorgarán 2 puntos a aquellos/as funcionarios/as que en la fecha de
publicación de la convocatoria no tengan ningún grado consolidado y formalizado en la
Administración General del Estado.
c) Cursos de formación: se valorarán un máximo de diez cursos de formación
recibidos y acreditados en los cinco años anteriores a la fecha de publicación de esta
convocatoria, cuyo contenido esté directamente relacionado con las funciones propias de
la Escala Técnica de Gestión de Organismos Autónomos y que hayan sido convocados,
impartidos u homologados por el Instituto Nacional de Administración Pública, por otros
institutos de Administración Pública o por organizaciones sindicales u otros agentes
promotores, dentro del marco del Acuerdo de Formación para el Empleo de las
Administraciones Públicas de 9 de marzo de 2018.
Se valorarán 1 puntos por curso, hasta una puntuación máxima de 10 puntos. No se
valorarán los cursos que no acrediten las fechas de realización y las horas de duración.
Asimismo, no se valorarán los inferiores a 15 horas lectivas, los pertenecientes a una
carrera universitaria, los de doctorado, los derivados de procesos selectivos, los
diplomas relativos a jornadas, seminarios, simposios y similares.
Aquellos cursos de formación objeto de valoración que no estén debidamente
anotados en el Registro Central de Personal deberán ser acreditados por la persona
aspirante ante los servicios centrales de personal o equivalentes, quienes deberán
acreditar este mérito en el correspondiente certificado de requisitos y méritos. No se
valorará ningún curso que no haya sido acreditado por las unidades centrales de
personal en este certificado.
Personal laboral fijo.

a) Antigüedad: se valorará la antigüedad como personal laboral fijo, hasta la fecha
de publicación de esta convocatoria, en el grupo o en la categoría desde el que
participan descritos en la norma específica 7.1.2 de la presente convocatoria y en los
términos indicados en la misma, a razón de 1 punto por año completo de servicios, hasta
un máximo de 30 puntos.
b) Trabajo desarrollado: Se valorará según el tiempo de pertenencia como personal
laboral fijo, hasta la fecha de publicación de la convocatoria, en los grupos y especialidad
o en la categoría y grupo profesional, desde el que participan descritos en la norma
específica 7.1.2 del presente anexo y en los términos indicados en la misma, siempre y

cve: BOE-A-2022-23801
Verificable en https://www.boe.es

2.1.2