II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. AGENCIA ESPAÑOLA DE PROTECCIÓN DE DATOS. Personal laboral. (BOE-A-2022-23855)
Resolución de 29 de diciembre de 2022, de la Agencia Española de Protección de Datos, por la que se convoca proceso de estabilización de empleo temporal derivado de la ley 20/2021, de 28 de diciembre, para el acceso a la condición de personal laboral fuera de convenio, a través del procedimiento de concurso extraordinario.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 313
Viernes 30 de diciembre de 2022
Sec. II.B. Pág. 192268
6. Las personas que resulten contratadas quedarán sometidas en materia de
incompatibilidades a la ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del
personal.
7. El presente proceso de selección deberá finalizar antes del 31 de diciembre
de 2024.
Segunda. Publicación.
La presente Resolución y los actos que se deriven de ella se publicarán en el
«Boletín Oficial del Estado» (BOE), en la página web de la Agencia Española de
Protección de Datos, https://www.aepd.es, en el punto de acceso general
www.administracion.gob.es y en la sección empleo público de la página web del
Ministerio de Hacienda y Función Pública https://www.hacienda.gob.es/es-ES/Empleo
%20Publico/Paginas/default.aspx
Tercera.
Requisitos de los participantes.
Quienes deseen participar en el proceso de selección deberán cumplir los siguientes
requisitos en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y
mantenerlos en el momento de la formalización del contrato de trabajo:
1.
Nacionalidad.
1.1 Tener nacionalidad española.
1.2 También podrán participar, en igualdad de condiciones que los españoles, con
excepción de aquellos empleos públicos que directa o indirectamente impliquen una
participación en el ejercicio del poder público o en la salvaguardia de los intereses
generales del Estado y de las Administraciones Públicas:
2. Titulación: Estar en posesión o en condiciones de obtener el título que se reseña
en el anexo II a la fecha de finalización del plazo de solicitudes. Los aspirantes con
titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la
correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la
homologación. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran
obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las
profesiones reguladas, al amparo de las Disposiciones de Derecho Comunitario.
3. Edad: Tener cumplidos los 16 años de edad y no exceder, en su caso, de la edad
máxima de jubilación forzosa.
4. Capacidad: Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las
tareas del puesto de trabajo.
5. Habilitación: No haber sufrido sanción de separación del servicio de cualquiera
de las Administraciones Públicas mediante expediente disciplinario, ni hallarse en
inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial.
cve: BOE-A-2022-23855
Verificable en https://www.boe.es
a) Los nacionales de los Estados Miembros de la Unión Europea.
b) El cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de
la Unión Europea, cualquiera que sea su nacionalidad, siempre que no estén separados
de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar los descendientes
menores de veintiún años o mayores de dicha edad que sean dependientes.
c) Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados
Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea
de aplicación la libre circulación de trabajadores.
Los aspirantes no residentes en España incluidos en el apartado b), así como los
extranjeros incluidos en el apartado c), deberán acompañar a su solicitud, documento
que acredite las condiciones que se alegan.
Núm. 313
Viernes 30 de diciembre de 2022
Sec. II.B. Pág. 192268
6. Las personas que resulten contratadas quedarán sometidas en materia de
incompatibilidades a la ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del
personal.
7. El presente proceso de selección deberá finalizar antes del 31 de diciembre
de 2024.
Segunda. Publicación.
La presente Resolución y los actos que se deriven de ella se publicarán en el
«Boletín Oficial del Estado» (BOE), en la página web de la Agencia Española de
Protección de Datos, https://www.aepd.es, en el punto de acceso general
www.administracion.gob.es y en la sección empleo público de la página web del
Ministerio de Hacienda y Función Pública https://www.hacienda.gob.es/es-ES/Empleo
%20Publico/Paginas/default.aspx
Tercera.
Requisitos de los participantes.
Quienes deseen participar en el proceso de selección deberán cumplir los siguientes
requisitos en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y
mantenerlos en el momento de la formalización del contrato de trabajo:
1.
Nacionalidad.
1.1 Tener nacionalidad española.
1.2 También podrán participar, en igualdad de condiciones que los españoles, con
excepción de aquellos empleos públicos que directa o indirectamente impliquen una
participación en el ejercicio del poder público o en la salvaguardia de los intereses
generales del Estado y de las Administraciones Públicas:
2. Titulación: Estar en posesión o en condiciones de obtener el título que se reseña
en el anexo II a la fecha de finalización del plazo de solicitudes. Los aspirantes con
titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la
correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la
homologación. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran
obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las
profesiones reguladas, al amparo de las Disposiciones de Derecho Comunitario.
3. Edad: Tener cumplidos los 16 años de edad y no exceder, en su caso, de la edad
máxima de jubilación forzosa.
4. Capacidad: Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las
tareas del puesto de trabajo.
5. Habilitación: No haber sufrido sanción de separación del servicio de cualquiera
de las Administraciones Públicas mediante expediente disciplinario, ni hallarse en
inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial.
cve: BOE-A-2022-23855
Verificable en https://www.boe.es
a) Los nacionales de los Estados Miembros de la Unión Europea.
b) El cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de
la Unión Europea, cualquiera que sea su nacionalidad, siempre que no estén separados
de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar los descendientes
menores de veintiún años o mayores de dicha edad que sean dependientes.
c) Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados
Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea
de aplicación la libre circulación de trabajadores.
Los aspirantes no residentes en España incluidos en el apartado b), así como los
extranjeros incluidos en el apartado c), deberán acompañar a su solicitud, documento
que acredite las condiciones que se alegan.