II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. AGENCIA ESPAÑOLA DE PROTECCIÓN DE DATOS. Personal laboral. (BOE-A-2022-23855)
Resolución de 29 de diciembre de 2022, de la Agencia Española de Protección de Datos, por la que se convoca proceso de estabilización de empleo temporal derivado de la ley 20/2021, de 28 de diciembre, para el acceso a la condición de personal laboral fuera de convenio, a través del procedimiento de concurso extraordinario.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 313

Viernes 30 de diciembre de 2022

Sec. II.B. Pág. 192269

En el caso de ser nacional de otro Estado, además, no hallarse en inhabilitación o
situación equivalente, ni haber recibido sanción disciplinaria o equivalente que impida en
su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público.
Cuarta.

Presentación de solicitudes.

1. El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles contados a
partir del siguiente al de la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la presente
convocatoria.
2. Las solicitudes deberán cumplimentarse en el modelo oficial de solicitud 790,
aprobado mediante Resolución de 31 de octubre de 2019, de la Secretaría de Estado de
Función Pública, por la que se aprueba el modelo de impreso de solicitud de admisión a
pruebas selectivas en la Administración General del Estado y liquidación de derechos de
examen (BOE del 14 de noviembre), al que se accederá, con carácter general, a través
de la página web administracion.gob.es
3. Las solicitudes y, en su caso, la subsanación y procedimientos de impugnación
de las actuaciones en el proceso selectivo, deberán presentarse obligatoriamente por vía
electrónica, de acuerdo con lo establecido en la disposición adicional primera del Real
Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y
funcionamiento del sector público por medios electrónicos.
La presentación de la solicitud se realizará haciendo uso del servicio Inscripción en
Procesos Pruebas Selectivas del punto de acceso general https://administracion.gob.es/
pag_Home/empleoPublico/ips.html, siguiendo las instrucciones que se le indiquen,
siendo necesario como requisito previo para la inscripción el poseer un certificado digital
válido de persona física, de los incluidos en la «Lista de confianza de prestadores de
servicios de certificación» (TSL) establecidos en España, (más información en http://
firmaelectronica.gob.es y en http://www.dnielectronico.es).
La presentación por esta vía permitirá:

4. En relación con el cómputo de plazos de la presente convocatoria, se declara
inhábil el mes de agosto.
5. La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del
aspirante.
6. Estarán exentas de aportar documentación acreditativa de la nacionalidad las
personas incluidas en el apartado a) de la base 2.1.1, así como las personas extranjeras
residentes en España incluidas en el apartado b), siempre que autoricen en su solicitud
la comprobación de los datos de identificación personal en el Sistema de Verificación de
Datos de Identidad. El resto de las personas candidatas deberán acompañar a su
solicitud documento que acredite las condiciones que se alegan.
7. La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones del anexo III.
8. Los errores de hecho, materiales o aritméticos que pudieran advertirse en la
solicitud podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.
9. Los datos de carácter personal serán tratados por la Agencia Española de
Protección de Datos e incorporados a la actividad de tratamiento «Provisión de puestos
de trabajo», cuya finalidad es la selección de personal y provisión de puestos de trabajo

cve: BOE-A-2022-23855
Verificable en https://www.boe.es

– La inscripción en línea del modelo oficial.
– Anexar documentos a la solicitud.
– El pago electrónico de las tasas.
– El registro electrónico de la solicitud.
– La modificación de los datos de la inscripción realizada durante el plazo de
inscripción.
– La subsanación, en su caso, de la solicitud durante el plazo otorgado a estos
efectos, permitiendo completar o modificar los datos que fueran erróneos, y/o adjuntar a
través de IPS la documentación que se requiera para legitimar la subsanación.