II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Personal laboral. (BOE-A-2022-23845)
Resolución de 28 de diciembre de 2022, de la Presidencia de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, por la que se convoca proceso selectivo para la contratación de personal laboral fijo, con la categoría de Marinero, sujeto al convenio del Buque Oceanográfico "García del Cid", en el marco de estabilización de empleo temporal, en la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 30 de diciembre de 2022
Sec. II.B. Pág. 192141
7.6 No se podrán formalizar mayor número de contratos que el de plazas
convocadas.
7.7 La persona aspirante contratada tendrá que superar un período de prueba de 1
mes durante el cual la unidad de personal correspondiente evaluará el correcto
desempeño del puesto de trabajo.
7.8 En el caso de que la persona candidata propuesta no presente la
documentación correspondiente en el plazo establecido, no cumpla los requisitos
exigidos, renuncie, o la certificación emitida por la unidad de personal respecto al
correcto desempeño del puesto de trabajo durante el período de prueba sea
desfavorable, el puesto se adjudicará a la siguiente persona candidata de la relación a
que se refiere la base 7.1.
7.9 Si una vez formalizado el contrato, la persona trabajadora causara baja, se
podrá sustituir por la siguiente persona candidata de la lista a que se refiere la base 7.1,
en los términos establecidos en la Instrucción conjunta de las Secretarías de Estado para
la Administración Pública y de Presupuestos y Gastos sobre procedimiento de
autorización de contratos de personal laboral y nombramiento de funcionarios interinos.
7.10 Si alguna de las personas aspirantes no pudiera completar el proceso
selectivo a causa de embarazo de riesgo o parto, debidamente acreditado, su situación
quedará condicionada a la finalización del mismo y a la superación de la fase que
hubieran quedado aplazada, no pudiendo demorarse ésta de manera que se menoscabe
el derecho del resto de los aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos
razonables, lo que deberá ser valorado por el Tribunal, y en todo caso la realización de la
misma tendrá lugar antes de la publicación de la lista de aspirantes que han superado el
proceso selectivo. Se adoptarán las medidas necesarias para salvaguardar la identidad
de las personas aspirantes cuando resulte de aplicación en virtud de la normativa en la
materia, siempre que se haya solicitado y acreditado por el interesado la concurrencia de
las circunstancias previstas en la norma de aplicación.
8.
Norma final
Al presente proceso selectivo le serán de aplicación el Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido del
Estatuto Básico del Empleado Público; el Convenio colectivo del Buque Oceanográfico
García del Cid; el resto de la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en el
referido proceso selectivo.
Contra la presente convocatoria, podrá interponerse, con carácter potestativo,
recurso de reposición ante la Presidencia del CSIC, en el plazo de un mes desde su
publicación o bien recurso contencioso–administrativo, en el plazo de dos meses desde
su publicación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de
Justicia de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en la
Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa,
significándose, que en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer
recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se
haya producido la desestimación presunta del mismo.
Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las
resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la citada Ley 39/2015, de 1 de
octubre.
Madrid, 28 de diciembre de 2022.–La Presidenta de la Agencia Estatal Consejo
Superior de Investigaciones Científicas, Eloísa del Pino Matute.
cve: BOE-A-2022-23845
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 313
Viernes 30 de diciembre de 2022
Sec. II.B. Pág. 192141
7.6 No se podrán formalizar mayor número de contratos que el de plazas
convocadas.
7.7 La persona aspirante contratada tendrá que superar un período de prueba de 1
mes durante el cual la unidad de personal correspondiente evaluará el correcto
desempeño del puesto de trabajo.
7.8 En el caso de que la persona candidata propuesta no presente la
documentación correspondiente en el plazo establecido, no cumpla los requisitos
exigidos, renuncie, o la certificación emitida por la unidad de personal respecto al
correcto desempeño del puesto de trabajo durante el período de prueba sea
desfavorable, el puesto se adjudicará a la siguiente persona candidata de la relación a
que se refiere la base 7.1.
7.9 Si una vez formalizado el contrato, la persona trabajadora causara baja, se
podrá sustituir por la siguiente persona candidata de la lista a que se refiere la base 7.1,
en los términos establecidos en la Instrucción conjunta de las Secretarías de Estado para
la Administración Pública y de Presupuestos y Gastos sobre procedimiento de
autorización de contratos de personal laboral y nombramiento de funcionarios interinos.
7.10 Si alguna de las personas aspirantes no pudiera completar el proceso
selectivo a causa de embarazo de riesgo o parto, debidamente acreditado, su situación
quedará condicionada a la finalización del mismo y a la superación de la fase que
hubieran quedado aplazada, no pudiendo demorarse ésta de manera que se menoscabe
el derecho del resto de los aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos
razonables, lo que deberá ser valorado por el Tribunal, y en todo caso la realización de la
misma tendrá lugar antes de la publicación de la lista de aspirantes que han superado el
proceso selectivo. Se adoptarán las medidas necesarias para salvaguardar la identidad
de las personas aspirantes cuando resulte de aplicación en virtud de la normativa en la
materia, siempre que se haya solicitado y acreditado por el interesado la concurrencia de
las circunstancias previstas en la norma de aplicación.
8.
Norma final
Al presente proceso selectivo le serán de aplicación el Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido del
Estatuto Básico del Empleado Público; el Convenio colectivo del Buque Oceanográfico
García del Cid; el resto de la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en el
referido proceso selectivo.
Contra la presente convocatoria, podrá interponerse, con carácter potestativo,
recurso de reposición ante la Presidencia del CSIC, en el plazo de un mes desde su
publicación o bien recurso contencioso–administrativo, en el plazo de dos meses desde
su publicación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de
Justicia de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en la
Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa,
significándose, que en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer
recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se
haya producido la desestimación presunta del mismo.
Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las
resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la citada Ley 39/2015, de 1 de
octubre.
Madrid, 28 de diciembre de 2022.–La Presidenta de la Agencia Estatal Consejo
Superior de Investigaciones Científicas, Eloísa del Pino Matute.
cve: BOE-A-2022-23845
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 313