II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Personal laboral. (BOE-A-2022-23804)
Resolución de 28 de diciembre de 2022, de la Delegación Especial del Estado en el Consorcio de la Zona Franca de Vigo, de aprobación de convocatoria y bases de proceso selectivo para la provisión de plaza de personal laboral fijo, sujeta a convenio colectivo propio.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 30 de diciembre de 2022
10.
Sec. II.B. Pág. 191282
Contratación
10.1 Una vez aprobada la propuesta por el Comité Ejecutivo del Consorcio de la
Zona Franca de Vigo, se notificará a la persona interesada para que suscriba el contrato
laboral fijo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la
notificación del acuerdo.
10.2 Previamente, la persona candidata seleccionada deberá haber presentado en
el servicio de Recursos Humanos la documentación exigida en el apartado 3 de las
presentes bases (y que no hubieren entregado previamente) en el plazo máximo
de veinte días naturales, contados a partir de la publicación de la lista de aspirantes
aprobados conforme al punto 8.2.
10.3 La persona aspirante aprobada que, sin causa justificada, no formalice el
contrato de trabajo o el que, habiendo firmado el contrato, no se incorpore a su puesto
en la fecha establecida para ello se entenderá que renuncia a dicho puesto, pudiendo
procederse por el Comité Ejecutivo, o en quien este delegue, al nombramiento y
consiguiente contratación del siguiente aspirante con mayor puntuación obtenida en el
proceso selectivo, siempre que haya superado la totalidad de ejercicios que conforman
dicho proceso.
10.4 La persona aspirante contratada tendrá que superar un período de prueba de
seis meses, durante el cual el Servicio de Recursos Humanos evaluará el correcto
desempeño del puesto.
10.5 En el caso de que el candidato propuesto renuncie, o el Servicio de Recursos
Humanos del Consorcio emita certificación desfavorable respecto al correcto desempeño
del puesto de trabajo durante el período de prueba, el puesto se adjudicará a la siguiente
persona candidata de la relación a que se refiere la base 8.2.
11.
Relación de candidatos
Conforme a lo previsto en el artículo 3.19 del Real Decreto 936/2020, de 27 de
octubre, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2020, a la
finalización del proceso selectivo el Tribunal de Selección podrá elaborar, con los
aspirantes que hayan superado los dos ejercicios de la oposición, una relación de
posibles candidatos para, en su caso, el desempeño con carácter temporal de puestos
con categoría de asesor jurídico.
El orden de la relación se establecerá teniendo en cuenta la puntuación total
obtenida en ambos ejercicios. A igualdad de puntos tendrá prioridad el aspirante que
haya obtenido la mejor puntuación conforme a lo señalado en la base 8.3.
La relación de aspirantes incluidos en la relación de candidatos será pública y tendrá
una validez máxima de tres años desde su publicación, salvo que con anterioridad a la
finalización de dicho plazo finalice un nuevo proceso selectivo convocado para la
cobertura de puestos de asesor jurídico.
12.
Norma final
12.1 Al presente proceso selectivo le serán de aplicación el Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley
del Estatuto Básico del Empleado Público, el Convenio Colectivo del Consorcio de la
Zona Franca de Vigo, el resto de la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en la
presente convocatoria.
12.2 Contra la presente convocatoria podrá interponerse, con carácter potestativo,
recurso de reposición ante la autoridad convocante, en el plazo de un mes desde su
publicación de conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre del
Procedimiento Administrativo Común de las AA. PP. o bien, demanda contra el Consorcio
de la Zona Franca de Vigo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante el
juzgado de lo social competente, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 36/2011,
de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social, significándose que, en caso de
cve: BOE-A-2022-23804
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 313
Viernes 30 de diciembre de 2022
10.
Sec. II.B. Pág. 191282
Contratación
10.1 Una vez aprobada la propuesta por el Comité Ejecutivo del Consorcio de la
Zona Franca de Vigo, se notificará a la persona interesada para que suscriba el contrato
laboral fijo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la
notificación del acuerdo.
10.2 Previamente, la persona candidata seleccionada deberá haber presentado en
el servicio de Recursos Humanos la documentación exigida en el apartado 3 de las
presentes bases (y que no hubieren entregado previamente) en el plazo máximo
de veinte días naturales, contados a partir de la publicación de la lista de aspirantes
aprobados conforme al punto 8.2.
10.3 La persona aspirante aprobada que, sin causa justificada, no formalice el
contrato de trabajo o el que, habiendo firmado el contrato, no se incorpore a su puesto
en la fecha establecida para ello se entenderá que renuncia a dicho puesto, pudiendo
procederse por el Comité Ejecutivo, o en quien este delegue, al nombramiento y
consiguiente contratación del siguiente aspirante con mayor puntuación obtenida en el
proceso selectivo, siempre que haya superado la totalidad de ejercicios que conforman
dicho proceso.
10.4 La persona aspirante contratada tendrá que superar un período de prueba de
seis meses, durante el cual el Servicio de Recursos Humanos evaluará el correcto
desempeño del puesto.
10.5 En el caso de que el candidato propuesto renuncie, o el Servicio de Recursos
Humanos del Consorcio emita certificación desfavorable respecto al correcto desempeño
del puesto de trabajo durante el período de prueba, el puesto se adjudicará a la siguiente
persona candidata de la relación a que se refiere la base 8.2.
11.
Relación de candidatos
Conforme a lo previsto en el artículo 3.19 del Real Decreto 936/2020, de 27 de
octubre, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2020, a la
finalización del proceso selectivo el Tribunal de Selección podrá elaborar, con los
aspirantes que hayan superado los dos ejercicios de la oposición, una relación de
posibles candidatos para, en su caso, el desempeño con carácter temporal de puestos
con categoría de asesor jurídico.
El orden de la relación se establecerá teniendo en cuenta la puntuación total
obtenida en ambos ejercicios. A igualdad de puntos tendrá prioridad el aspirante que
haya obtenido la mejor puntuación conforme a lo señalado en la base 8.3.
La relación de aspirantes incluidos en la relación de candidatos será pública y tendrá
una validez máxima de tres años desde su publicación, salvo que con anterioridad a la
finalización de dicho plazo finalice un nuevo proceso selectivo convocado para la
cobertura de puestos de asesor jurídico.
12.
Norma final
12.1 Al presente proceso selectivo le serán de aplicación el Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley
del Estatuto Básico del Empleado Público, el Convenio Colectivo del Consorcio de la
Zona Franca de Vigo, el resto de la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en la
presente convocatoria.
12.2 Contra la presente convocatoria podrá interponerse, con carácter potestativo,
recurso de reposición ante la autoridad convocante, en el plazo de un mes desde su
publicación de conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre del
Procedimiento Administrativo Común de las AA. PP. o bien, demanda contra el Consorcio
de la Zona Franca de Vigo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante el
juzgado de lo social competente, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 36/2011,
de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social, significándose que, en caso de
cve: BOE-A-2022-23804
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Núm. 313