II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL. Personal laboral. (BOE-A-2022-23832)
Resolución de 27 de diciembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo, por el sistema general de acceso libre, por concurso, en el marco de estabilización de empleo temporal, para la provisión de plazas de personal laboral, grupo profesional E1, especialidad Servicios Administrativos.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 313
Viernes 30 de diciembre de 2022
Sec. II.B. Pág. 191833
8.6 La adjudicación de los puestos a las personas aspirantes que superen el
proceso selectivo se efectuará en cada especialidad y, en su caso, programa, según la
petición de destino de acuerdo con la puntuación total obtenida.
8.7 La adjudicación de los puestos de trabajo tendrá en cuenta lo previsto en el
artículo 9 del Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por el que se regula el acceso
al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad
(BOE del 17).
8.8 En el caso de que alguna de las personas aspirantes no presente la
documentación correspondiente en el plazo establecido, no cumpla los requisitos
exigidos o renuncie, el puesto se adjudicará a la siguiente persona aspirante de la
relación a la que se refiere la base 8.1 que no hubiese obtenido plaza y según el número
de orden obtenido.
9.
Relación de Candidatos
Con la finalidad de aprovechar las actuaciones realizadas en el proceso selectivo el
Tribunal, podrán elaborarse relaciones de candidatos para la contratación de personal
laboral temporal en cada grupo profesional, especialidad y, en su caso, programas
convocados.
En estas relaciones se incluirán a las personas aspirantes que hayan participado en
el proceso selectivo y hayan obtenido la puntuación mínima exigida para la superación
del proceso y no hayan obtenido plaza.
Para poder formar parte de las relaciones los candidatos deberán poseer todos los
requisitos que se exijan en la correspondiente convocatoria.
Los tribunales ordenarán cada relación en función de la puntuación obtenida por los
candidatos en las pruebas y en los ejercicios que haya establecido con este fin, haciendo
públicas las listas.
Las relaciones tendrán una validez de veinticuatro meses desde su publicación, salvo
nueva convocatoria al efecto.
Para poder iniciar el procedimiento de gestión de las relaciones de candidatos será
necesaria autorización de la Dirección General de la Función Pública.
Este procedimiento de gestión se hará público en la página web del Asuntos
Económicos y Transformación Digital:
https://portal.mineco.gob.es/es-es/ministerio/empleo/Paginas/convocatorias.aspx
Formalización de los contratos y adquisición de la condición de personal laboral fijo
10.1 Una vez comprobado que las personas que han superado el proceso reúnen
los requisitos establecidos en la presente convocatoria, el Subdirector General de
Recursos Humanos, por delegación de la Subsecretaria, dictará Resolución con la
relación definitiva de personas que han superado el proceso, con expresión del puesto
adjudicado.
10.2 Contra dicha resolución podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso
de reposición ante la Subsecretaría en el plazo de un mes desde su publicación en la
página web o bien recurso contencioso administrativo, en el plazo de dos meses desde
su publicación, ante los Juzgados de lo contencioso administrativo.
10.3 En caso de interponer recurso de reposición no se podrá interponer recurso
contencioso administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya
producido la desestimación presunta del mismo.
10.4 La formalización de los contratos por quienes hubiesen superado el proceso
selectivo se efectuará en el plazo máximo de tres meses, contado desde la fecha de
publicación de la relación definitiva de personas aspirantes, debiendo superar el período
de prueba correspondiente.
cve: BOE-A-2022-23832
Verificable en https://www.boe.es
10.
Núm. 313
Viernes 30 de diciembre de 2022
Sec. II.B. Pág. 191833
8.6 La adjudicación de los puestos a las personas aspirantes que superen el
proceso selectivo se efectuará en cada especialidad y, en su caso, programa, según la
petición de destino de acuerdo con la puntuación total obtenida.
8.7 La adjudicación de los puestos de trabajo tendrá en cuenta lo previsto en el
artículo 9 del Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por el que se regula el acceso
al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad
(BOE del 17).
8.8 En el caso de que alguna de las personas aspirantes no presente la
documentación correspondiente en el plazo establecido, no cumpla los requisitos
exigidos o renuncie, el puesto se adjudicará a la siguiente persona aspirante de la
relación a la que se refiere la base 8.1 que no hubiese obtenido plaza y según el número
de orden obtenido.
9.
Relación de Candidatos
Con la finalidad de aprovechar las actuaciones realizadas en el proceso selectivo el
Tribunal, podrán elaborarse relaciones de candidatos para la contratación de personal
laboral temporal en cada grupo profesional, especialidad y, en su caso, programas
convocados.
En estas relaciones se incluirán a las personas aspirantes que hayan participado en
el proceso selectivo y hayan obtenido la puntuación mínima exigida para la superación
del proceso y no hayan obtenido plaza.
Para poder formar parte de las relaciones los candidatos deberán poseer todos los
requisitos que se exijan en la correspondiente convocatoria.
Los tribunales ordenarán cada relación en función de la puntuación obtenida por los
candidatos en las pruebas y en los ejercicios que haya establecido con este fin, haciendo
públicas las listas.
Las relaciones tendrán una validez de veinticuatro meses desde su publicación, salvo
nueva convocatoria al efecto.
Para poder iniciar el procedimiento de gestión de las relaciones de candidatos será
necesaria autorización de la Dirección General de la Función Pública.
Este procedimiento de gestión se hará público en la página web del Asuntos
Económicos y Transformación Digital:
https://portal.mineco.gob.es/es-es/ministerio/empleo/Paginas/convocatorias.aspx
Formalización de los contratos y adquisición de la condición de personal laboral fijo
10.1 Una vez comprobado que las personas que han superado el proceso reúnen
los requisitos establecidos en la presente convocatoria, el Subdirector General de
Recursos Humanos, por delegación de la Subsecretaria, dictará Resolución con la
relación definitiva de personas que han superado el proceso, con expresión del puesto
adjudicado.
10.2 Contra dicha resolución podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso
de reposición ante la Subsecretaría en el plazo de un mes desde su publicación en la
página web o bien recurso contencioso administrativo, en el plazo de dos meses desde
su publicación, ante los Juzgados de lo contencioso administrativo.
10.3 En caso de interponer recurso de reposición no se podrá interponer recurso
contencioso administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya
producido la desestimación presunta del mismo.
10.4 La formalización de los contratos por quienes hubiesen superado el proceso
selectivo se efectuará en el plazo máximo de tres meses, contado desde la fecha de
publicación de la relación definitiva de personas aspirantes, debiendo superar el período
de prueba correspondiente.
cve: BOE-A-2022-23832
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