II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Personal laboral. (BOE-A-2022-23822)
Resolución de 27 de diciembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para el ingreso libre como personal laboral fijo en los grupos profesionales M3, M2, M1, E2 y E1 y 1G, 2G, 3G y 4G, sujetos al IV Convenio colectivo único para el personal laboral de la Administración General del Estado en el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico y sus organismos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 313
Viernes 30 de diciembre de 2022
Sec. II.B. Pág. 191661
ANEXO I
Descripción del proceso selectivo
El proceso selectivo consistirá en una fase de concurso.
Fase de concurso
Se valorarán, hasta un máximo de 100 puntos, los siguientes méritos, que habrán de
poseerse a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes:
1.
Méritos profesionales.
Los méritos profesionales supondrán el 60 % de la puntuación, valorándose los
servicios efectivos prestados hasta la fecha de publicación de la convocatoria. El máximo
de 60 puntos se desglosará del siguiente modo:
i. Servicios efectivos prestados en los últimos diez años, hasta la fecha de
publicación de la convocatoria, en el ámbito de IV Convenio único del personal laboral de
la Administración General del Estado y con la misma clasificación profesional a la que se
pretende acceder, o en otra clasificación profesional con funciones equivalentes del III
Convenio colectivo único del personal laboral de la Administración General del Estado.
Se valorará a razón de 0,5 puntos por cada mes completo de servicios, hasta un
máximo de 60 puntos.
ii. Servicios prestados como empleados y empleadas públicos con funciones
equivalentes a las de la categoría profesional objeto de la estabilización, en otros
ámbitos, incluidas las Administraciones Públicas de los Estados miembros de la Unión
Europea, así como en la Administración Pública de aquellos Estados a los que, en virtud
de Tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España,
sea de aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos en que ésta se
define en el Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea.
Se valorará a razón de 0,25 puntos por cada mes completo de servicios, hasta un
máximo de 30 puntos.
Forma de acreditación: mediante certificado de servicios prestados emitido por la
unidad de personal correspondiente según modelo que figura como anexo V de la
convocatoria.
Méritos académicos.
Los méritos académicos, y de superación de ejercicios de los procesos selectivos de
acceso a la misma clasificación profesional, que supondrán el 40 % de la puntuación de
la fase de concurso. Para obtener dicha puntuación se tendrán en cuenta los siguientes
criterios. El máximo de 40 puntos se desglosará del siguiente modo:
i. Por haber superado en los últimos cinco años, uno o más ejercicios de procesos
selectivos para el acceso al mismo nivel de clasificación profesional en el ámbito del IV
Convenio único del personal laboral de la Administración General del Estado o a un nivel
profesional equivalente en el ámbito del III Convenio único del personal laboral de la
Administración General del Estado, entendiendo como equivalente aquel en que se
exigió la misma titulación que la indicada en el anexo II para el acceso a la categoría que
se opta, se otorgarán 20 puntos.
ii. Por la realización de cursos de formación y perfeccionamiento en los 10 años
anteriores a la fecha de publicación de la convocatoria se otorgará un máximo de 15
puntos.
Esta puntuación se otorgará de la siguiente forma:
Por cada curso recibido de una duración igual o superior a 15 horas: 5 puntos.
Por cada curso impartido, con un mínimo de dos horas de impartición: 5 puntos.
cve: BOE-A-2022-23822
Verificable en https://www.boe.es
2.
Núm. 313
Viernes 30 de diciembre de 2022
Sec. II.B. Pág. 191661
ANEXO I
Descripción del proceso selectivo
El proceso selectivo consistirá en una fase de concurso.
Fase de concurso
Se valorarán, hasta un máximo de 100 puntos, los siguientes méritos, que habrán de
poseerse a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes:
1.
Méritos profesionales.
Los méritos profesionales supondrán el 60 % de la puntuación, valorándose los
servicios efectivos prestados hasta la fecha de publicación de la convocatoria. El máximo
de 60 puntos se desglosará del siguiente modo:
i. Servicios efectivos prestados en los últimos diez años, hasta la fecha de
publicación de la convocatoria, en el ámbito de IV Convenio único del personal laboral de
la Administración General del Estado y con la misma clasificación profesional a la que se
pretende acceder, o en otra clasificación profesional con funciones equivalentes del III
Convenio colectivo único del personal laboral de la Administración General del Estado.
Se valorará a razón de 0,5 puntos por cada mes completo de servicios, hasta un
máximo de 60 puntos.
ii. Servicios prestados como empleados y empleadas públicos con funciones
equivalentes a las de la categoría profesional objeto de la estabilización, en otros
ámbitos, incluidas las Administraciones Públicas de los Estados miembros de la Unión
Europea, así como en la Administración Pública de aquellos Estados a los que, en virtud
de Tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España,
sea de aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos en que ésta se
define en el Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea.
Se valorará a razón de 0,25 puntos por cada mes completo de servicios, hasta un
máximo de 30 puntos.
Forma de acreditación: mediante certificado de servicios prestados emitido por la
unidad de personal correspondiente según modelo que figura como anexo V de la
convocatoria.
Méritos académicos.
Los méritos académicos, y de superación de ejercicios de los procesos selectivos de
acceso a la misma clasificación profesional, que supondrán el 40 % de la puntuación de
la fase de concurso. Para obtener dicha puntuación se tendrán en cuenta los siguientes
criterios. El máximo de 40 puntos se desglosará del siguiente modo:
i. Por haber superado en los últimos cinco años, uno o más ejercicios de procesos
selectivos para el acceso al mismo nivel de clasificación profesional en el ámbito del IV
Convenio único del personal laboral de la Administración General del Estado o a un nivel
profesional equivalente en el ámbito del III Convenio único del personal laboral de la
Administración General del Estado, entendiendo como equivalente aquel en que se
exigió la misma titulación que la indicada en el anexo II para el acceso a la categoría que
se opta, se otorgarán 20 puntos.
ii. Por la realización de cursos de formación y perfeccionamiento en los 10 años
anteriores a la fecha de publicación de la convocatoria se otorgará un máximo de 15
puntos.
Esta puntuación se otorgará de la siguiente forma:
Por cada curso recibido de una duración igual o superior a 15 horas: 5 puntos.
Por cada curso impartido, con un mínimo de dos horas de impartición: 5 puntos.
cve: BOE-A-2022-23822
Verificable en https://www.boe.es
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