II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Personal laboral. (BOE-A-2022-23822)
Resolución de 27 de diciembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para el ingreso libre como personal laboral fijo en los grupos profesionales M3, M2, M1, E2 y E1 y 1G, 2G, 3G y 4G, sujetos al IV Convenio colectivo único para el personal laboral de la Administración General del Estado en el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico y sus organismos.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 313
Viernes 30 de diciembre de 2022
Sec. II.B. Pág. 191662
Se valorará por una sola vez la recepción o impartición de un curso sobre la misma
materia.
iii. Por poseer una titulación académica o de formación especializada distinta a la
exigida para el acceso a la categoría a la que se opta, siempre que pertenezca a la
misma rama o familia profesional, de nivel superior u otra titulación del mismo nivel de
clasificación profesional a la exigida en la convocatoria, se otorgarán 2,5 puntos por cada
titulación, con un máximo de 5 puntos.
Forma de acreditación:
a. Para la valoración de la superación de uno o más ejercicios de procesos
selectivos se aportará certificado emitido por el órgano seleccionador de la convocatoria
o por la unidad de personal correspondiente al órgano al que se encomendaba el
proceso selectivo.
b. Para la valoración de los cursos y titulaciones será necesario aportar copia
auténtica de los diplomas o certificados acreditativos de los cursos realizados o
impartidos o de la titulación académica.
3.
Resolución de empates.
En caso de empate, los procesos convocados por la modalidad de concurso se
resolverán atendiendo a los siguientes criterios:
1. Mayor número de días de desempeño de servicios con la misma clasificación
profesional en el ámbito de IV Convenio único del personal laboral de la Administración
General del Estado o en otra clasificación profesional con funciones equivalentes en el
ámbito de anteriores textos convenios colectivos únicos del personal laboral de la
Administración General del Estado.
2. Mayor número de días de desempeño de servicios en el ámbito de la
Administración General del Estado.
3. Mayor puntuación en méritos profesionales.
4. Mayor puntuación en méritos académicos.
5. Orden alfabético de los apellidos y nombre de los aspirantes de acuerdo con las
siguientes normas:
Esta fase tiene carácter eliminatorio. El Tribunal aprobará la relación definitiva de
aspirantes que han superado la fase de concurso, en orden decreciente según la
puntuación global obtenida por cada aspirante, sin que, en ningún caso, pueda figurar en
dicha relación un número de candidatos superior al total de plazas que hubieran sido
convocadas.
cve: BOE-A-2022-23822
Verificable en https://www.boe.es
a. Atendiendo a la Resolución de 9 de mayo de 2022, de la Secretaría de Estado
de Función Pública, por la que se publica el resultado del sorteo a que se refiere el
Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado
(BOE núm. 114, de 13 de mayo), se comenzará por aquellos aspirantes cuyo primer
apellido comience por la letra «U».
En el supuesto de que no exista ningún aspirante cuyo primer apellido comience por
la letra «U», el orden de actuación se iniciará por aquellos cuyo primer apellido comience
por la letra «V», y así sucesivamente.
b. A los efectos de determinar el orden anterior, se seguirán las reglas del Registro
Central de Personal de la Administración General del Estado sobre la forma de
inscripción de los nombres y los apellidos.
Núm. 313
Viernes 30 de diciembre de 2022
Sec. II.B. Pág. 191662
Se valorará por una sola vez la recepción o impartición de un curso sobre la misma
materia.
iii. Por poseer una titulación académica o de formación especializada distinta a la
exigida para el acceso a la categoría a la que se opta, siempre que pertenezca a la
misma rama o familia profesional, de nivel superior u otra titulación del mismo nivel de
clasificación profesional a la exigida en la convocatoria, se otorgarán 2,5 puntos por cada
titulación, con un máximo de 5 puntos.
Forma de acreditación:
a. Para la valoración de la superación de uno o más ejercicios de procesos
selectivos se aportará certificado emitido por el órgano seleccionador de la convocatoria
o por la unidad de personal correspondiente al órgano al que se encomendaba el
proceso selectivo.
b. Para la valoración de los cursos y titulaciones será necesario aportar copia
auténtica de los diplomas o certificados acreditativos de los cursos realizados o
impartidos o de la titulación académica.
3.
Resolución de empates.
En caso de empate, los procesos convocados por la modalidad de concurso se
resolverán atendiendo a los siguientes criterios:
1. Mayor número de días de desempeño de servicios con la misma clasificación
profesional en el ámbito de IV Convenio único del personal laboral de la Administración
General del Estado o en otra clasificación profesional con funciones equivalentes en el
ámbito de anteriores textos convenios colectivos únicos del personal laboral de la
Administración General del Estado.
2. Mayor número de días de desempeño de servicios en el ámbito de la
Administración General del Estado.
3. Mayor puntuación en méritos profesionales.
4. Mayor puntuación en méritos académicos.
5. Orden alfabético de los apellidos y nombre de los aspirantes de acuerdo con las
siguientes normas:
Esta fase tiene carácter eliminatorio. El Tribunal aprobará la relación definitiva de
aspirantes que han superado la fase de concurso, en orden decreciente según la
puntuación global obtenida por cada aspirante, sin que, en ningún caso, pueda figurar en
dicha relación un número de candidatos superior al total de plazas que hubieran sido
convocadas.
cve: BOE-A-2022-23822
Verificable en https://www.boe.es
a. Atendiendo a la Resolución de 9 de mayo de 2022, de la Secretaría de Estado
de Función Pública, por la que se publica el resultado del sorteo a que se refiere el
Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado
(BOE núm. 114, de 13 de mayo), se comenzará por aquellos aspirantes cuyo primer
apellido comience por la letra «U».
En el supuesto de que no exista ningún aspirante cuyo primer apellido comience por
la letra «U», el orden de actuación se iniciará por aquellos cuyo primer apellido comience
por la letra «V», y así sucesivamente.
b. A los efectos de determinar el orden anterior, se seguirán las reglas del Registro
Central de Personal de la Administración General del Estado sobre la forma de
inscripción de los nombres y los apellidos.