II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL. Personal laboral. (BOE-A-2022-23816)
Resolución de 27 de diciembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso de estabilización de empleo temporal para el personal laboral.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 30 de diciembre de 2022

Sec. II.B. Pág. 191542

5.9 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede
en el Ministerio de Política Territorial, calle Claudio Coello, núm. 31, 91 273 53 58,
ofertaempleopublico@correo.gob.es
5.10 El tribunal publicará un breve currículum profesional de sus integrantes en la
página web del Departamento.
5.11 Las referencias realizadas en la presente convocatoria al Tribunal deben
entenderse hechas a cada uno de los Tribunales que se constituyan. Podrá nombrarse
un Tribunal para los procesos correspondientes a cada grupo profesional, en cada
sistema de acceso. Asimismo, un mismo Tribunal podrá nombrarse para los procesos de
varios grupos profesionales.
6.

Desarrollo del proceso selectivo

6.1 El orden de actuación de las personas aspirantes en la fase de oposición se
iniciará alfabéticamente, para cada grupo profesional y especialidad, por aquellas
personas cuyo primer apellido comience por la letra «U». En el supuesto de que no exista
ninguna persona cuyo primer apellido comience por la letra «U», el orden de actuación se
iniciará por aquellas personas cuyo primer apellido comience por la letra «V», y así
sucesivamente, según lo establecido en la Resolución de 9 de mayo de 2022, de la
Secretaría de Estado de Función Pública («Boletín Oficial del Estado» de 13 de mayo).
6.2 En el caso del sistema de concurso-oposición, las personas aspirantes serán
convocadas al ejercicio de la fase de oposición en llamamiento único, siendo excluidos
del proceso selectivo quienes no comparezcan.
6.3 Concluido el ejercicio de la fase de oposición, el Tribunal hará pública, en los
medios citados en la base 1.1, la relación de aspirantes que hayan alcanzado el mínimo
establecido para superarlo, con indicación de la puntuación obtenida.
6.4 Las personas aspirantes que hubieran superado la fase de oposición
dispondrán de un plazo de veinte días hábiles para presentar la documentación
acreditativa de los méritos que deseen que se les valore en la fase de concurso. Todo
ello atendiendo a los méritos que podrán ser alegados y que se recogen en el anexo I.
6.5 Las personas aspirantes que participen exclusivamente por el sistema de
concurso deberán presentar la documentación acreditativa de los méritos que deseen
que se les valore junto con la solicitud de participación, atendiendo a los méritos que
podrán ser alegados y que se recogen en el anexo I.
6.6 En ambos casos, el Tribunal publicará, en los medios citados en la base 1.1, la
relación que contenga la valoración provisional de méritos de la fase de concurso, con
indicación de la puntuación obtenida en cada uno de los méritos y la puntuación total.
Las personas aspirantes dispondrán de un plazo de 10 días hábiles, a partir del siguiente
al de la publicación de dicha relación, para efectuar las alegaciones pertinentes.
Finalizado dicho plazo el Tribunal publicará la relación con la valoración definitiva de la
fase de concurso.
6.7 El Tribunal podrá requerir, en cualquier momento del proceso selectivo, la
acreditación de la identidad de las personas aspirantes. Asimismo, si tuviera
conocimiento de que alguna de las personas aspirantes no cumple cualquiera de los
requisitos exigidos en la convocatoria, previa audiencia a la persona interesada deberá
proponer su exclusión a la autoridad convocante.
7. Superación del proceso selectivo
7.1 Finalizadas las fases de oposición y de concurso, del procedimiento de
concurso-oposición, y el procedimiento de concurso, la persona que ostente la
Presidencia del Tribunal elevará a la autoridad convocante la relación de aspirantes que
hayan obtenido, al menos, la calificación mínima exigida para superar el proceso
selectivo por orden de puntuación por cada grupo profesional, especialidad y, en su caso,
modalidad de proceso selectivo.

cve: BOE-A-2022-23816
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Núm. 313