II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Cuerpos de funcionarios docentes. (BOE-A-2022-23810)
Resolución de 23 de diciembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se convocan procedimientos de estabilización, por el sistema de concurso-oposición para el ingreso libre y de reserva por discapacidad, a los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores de Artes Plásticas y Diseño y Profesores Especialistas en Sectores Singulares de la Formación Profesional, para plazas del ámbito de gestión territorial del Ministerio de Educación y Formación Profesional y la adquisición de nuevas especialidades.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 313

Viernes 30 de diciembre de 2022

Sec. II.B. Pág. 191393

– Real Decreto 1834/2008, de 8 de noviembre, por el que se definen las condiciones
de formación para el ejercicio de la docencia en la educación secundaria obligatoria, el
bachillerato, la formación profesional y las enseñanzas de régimen especial y se
establecen las especialidades de los cuerpos docentes de enseñanza secundaria.
– Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo por el que se aprueba el Reglamento
General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de
Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los funcionarios civiles de la
Administración General del Estado.
– Real Decreto 1110/2015, de 11 de diciembre, por el que se regula el Registro
Central de Delincuentes Sexuales.
– Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón de
servicio.
– Orden ECI/3858/2007, de 27 de diciembre, por la que se establecen los requisitos
para la verificación de los títulos universitarios oficiales que habiliten para el ejercicio de
las profesiones de profesor de educación secundaria obligatoria y bachillerato, formación
profesional y enseñanzas de idiomas.
– Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que se establecen criterios generales
para la adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos para el acceso al
empleo público de personas con discapacidad.
– Orden ECD/191/2012, de 6 de febrero, por la que se regulan los temarios que han
de regir en los procedimientos de ingreso, acceso y adquisición de nuevas
especialidades en los cuerpos docentes establecidos en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de
mayo, de Educación.
– Orden EDU/2645/2011, de 23 de septiembre (Boletín Oficial del Estado de 5 de
octubre), modificada por la Orden EDC/1058/2013, de 7 de junio (Boletín Oficial del
Estado de 12 de junio)
– Resolución de 29 de diciembre de 2020, de la Secretaría General de Función
Pública, por la que se publica el Acuerdo de Consejo de Ministros de 9 de diciembre
de 2020, por el que se aprueba el III Plan para la igualdad de género en la
Administración General del Estado y en los Organismos Públicos vinculados o
dependientes de ella.
– Las demás disposiciones de general aplicación, así como lo dispuesto en la
presente convocatoria.
1.3 Los periodos de realización de la fase de oposición de estos procedimientos
selectivos tendrán una duración máxima previsible de, al menos, dos meses,
realizándose el primer ejercicio de esa fase de oposición a partir de la fecha que sea
establecida por Resolución de la Subsecretaría de Educación y Formación Profesional
con una antelación mínima de dos meses.
1.4 La fecha de comienzo de la fase de oposición de estos procedimientos selectivos o
la de algunos ejercicios de la misma, pueden coincidir con las fechas de celebración de otros
procedimientos similares convocados por otras Administraciones educativas.
2.

Requisitos de los candidatos

2.1

Requisitos generales:

a) Tener la nacionalidad española o la de alguno de los demás Estados miembros
de la Unión Europea o nacional de algún Estado al que sea de aplicación el Reglamento
(UE) n.º 492/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo de 5 de abril de 2011, relativo a
la libre circulación de los trabajadores dentro de la Unión, y el Real Decreto 240/2007,
de 16 de febrero, sobre entrada, libre circulación y residencia en España de ciudadanos
de los Estados miembros de la Unión Europea y de otros Estados parte en el Acuerdo

cve: BOE-A-2022-23810
Verificable en https://www.boe.es

Para ser admitido a los procedimientos selectivos que se convocan, los aspirantes
deberán reunir los siguientes requisitos: