II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Cuerpo de Maestros. (BOE-A-2022-23809)
Resolución de 23 de diciembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se convocan procedimientos de estabilización, por el sistema de concurso-oposición para el ingreso libre y de reserva por discapacidad, al Cuerpo de Maestros para plazas del ámbito de gestión territorial del Ministerio de Educación y Formación Profesional.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 313
Viernes 30 de diciembre de 2022
Sec. II.B. Pág. 191376
oposición, para su posible nombramiento como funcionarios en prácticas. Dichos
aspirantes una vez notificados, dispondrán de un plazo de cinco días hábiles para
presentar escrito aceptando o, en su caso, renunciando a la plaza adjudicada.
12.
Actuaciones a realizar por los aspirantes que han superado las fases de oposición y
concurso
12.1 Documentos a presentar por los aspirantes que se encuentran en alguno de
los supuestos que se contemplan a continuación:
a) Quienes concurran y superen las fases de oposición y concurso para ingreso en
un mismo Cuerpo en convocatorias correspondientes a distintas Administraciones
educativas deberán optar por una de ellas, renunciando a todos los derechos que
pudieran corresponderles por su participación en las restantes. De no realizar esta
opción, en el plazo de diez días a partir de la publicación en la Dirección Provincial
correspondiente de la lista de seleccionados de esta convocatoria, la aceptación del
primer nombramiento como funcionario en prácticas se entenderá como renuncia tácita a
las restantes.
b) Quienes habiendo superado estos procedimientos selectivos estuvieran
prestando servicios remunerados en la Administración como funcionarios de carrera,
interinos o como personal laboral, sin perjuicio de la situación administrativa o laboral
que de acuerdo con la normativa vigente les corresponda, deberán formular opción por la
percepción de las remuneraciones durante su condición de funcionarios en prácticas, de
conformidad con lo previsto en el Real Decreto 213/2003, de 21 de febrero («Boletín
Oficial del Estado» de 1 de marzo).
12.2 Presentación de documentos por los aspirantes que han superado los
procedimientos selectivos:
a) Petición de centros para la realización de la fase de prácticas. Esta petición se
realizará a través de una solicitud indicando por orden de preferencia los centros
docentes a lo que desean ser destinados. Para la formalización de estas solicitudes se
seguirán las Instrucciones que se dicten por las respectivas Direcciones Provinciales.
b) Copia auténtica del título exigido para el ingreso en el Cuerpo de Maestros o
certificación académica original o copia de la misma que acredite haber realizado todos
los estudios para la obtención del título. Se exceptúan de esto aquellos aspirantes que
ya lo hubieran presentado para su valoración como mérito.
c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado, mediante expediente
disciplinario, del servicio de ninguna Administración Pública ni hallarse inhabilitado para
el ejercicio de funciones públicas, según el modelo que figura como anexo IV. a) a esta
convocatoria.
Los aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán presentar
declaración jurada o promesa de no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena
penal que impida en su país de origen el acceso a la función pública según el modelo
que figura como anexo IV. b) a esta convocatoria.
d) Los aspirantes que hayan hecho valer su condición de personas con
discapacidad deberán presentar certificación de los órganos competentes del Ministerio
de Sanidad o, en su caso, de la Comunidad Autónoma correspondiente en la que conste
tal condición y la compatibilidad con el desempeño de las tareas y funciones
correspondientes al cuerpo docente para el que se ha superado el procedimiento
selectivo. Este certificado no será necesario presentarlo cuando, por autorización
cve: BOE-A-2022-23809
Verificable en https://www.boe.es
En el plazo de cinco días hábiles a contar desde el día siguiente a aquel en el que se
hagan públicas en las dos Direcciones Provinciales las listas de aspirantes que hayan
superado los procedimientos selectivos, estos deberán presentar ante la Dirección
Provincial en la que deban realizar la fase de prácticas los siguientes documentos:
Núm. 313
Viernes 30 de diciembre de 2022
Sec. II.B. Pág. 191376
oposición, para su posible nombramiento como funcionarios en prácticas. Dichos
aspirantes una vez notificados, dispondrán de un plazo de cinco días hábiles para
presentar escrito aceptando o, en su caso, renunciando a la plaza adjudicada.
12.
Actuaciones a realizar por los aspirantes que han superado las fases de oposición y
concurso
12.1 Documentos a presentar por los aspirantes que se encuentran en alguno de
los supuestos que se contemplan a continuación:
a) Quienes concurran y superen las fases de oposición y concurso para ingreso en
un mismo Cuerpo en convocatorias correspondientes a distintas Administraciones
educativas deberán optar por una de ellas, renunciando a todos los derechos que
pudieran corresponderles por su participación en las restantes. De no realizar esta
opción, en el plazo de diez días a partir de la publicación en la Dirección Provincial
correspondiente de la lista de seleccionados de esta convocatoria, la aceptación del
primer nombramiento como funcionario en prácticas se entenderá como renuncia tácita a
las restantes.
b) Quienes habiendo superado estos procedimientos selectivos estuvieran
prestando servicios remunerados en la Administración como funcionarios de carrera,
interinos o como personal laboral, sin perjuicio de la situación administrativa o laboral
que de acuerdo con la normativa vigente les corresponda, deberán formular opción por la
percepción de las remuneraciones durante su condición de funcionarios en prácticas, de
conformidad con lo previsto en el Real Decreto 213/2003, de 21 de febrero («Boletín
Oficial del Estado» de 1 de marzo).
12.2 Presentación de documentos por los aspirantes que han superado los
procedimientos selectivos:
a) Petición de centros para la realización de la fase de prácticas. Esta petición se
realizará a través de una solicitud indicando por orden de preferencia los centros
docentes a lo que desean ser destinados. Para la formalización de estas solicitudes se
seguirán las Instrucciones que se dicten por las respectivas Direcciones Provinciales.
b) Copia auténtica del título exigido para el ingreso en el Cuerpo de Maestros o
certificación académica original o copia de la misma que acredite haber realizado todos
los estudios para la obtención del título. Se exceptúan de esto aquellos aspirantes que
ya lo hubieran presentado para su valoración como mérito.
c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado, mediante expediente
disciplinario, del servicio de ninguna Administración Pública ni hallarse inhabilitado para
el ejercicio de funciones públicas, según el modelo que figura como anexo IV. a) a esta
convocatoria.
Los aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán presentar
declaración jurada o promesa de no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena
penal que impida en su país de origen el acceso a la función pública según el modelo
que figura como anexo IV. b) a esta convocatoria.
d) Los aspirantes que hayan hecho valer su condición de personas con
discapacidad deberán presentar certificación de los órganos competentes del Ministerio
de Sanidad o, en su caso, de la Comunidad Autónoma correspondiente en la que conste
tal condición y la compatibilidad con el desempeño de las tareas y funciones
correspondientes al cuerpo docente para el que se ha superado el procedimiento
selectivo. Este certificado no será necesario presentarlo cuando, por autorización
cve: BOE-A-2022-23809
Verificable en https://www.boe.es
En el plazo de cinco días hábiles a contar desde el día siguiente a aquel en el que se
hagan públicas en las dos Direcciones Provinciales las listas de aspirantes que hayan
superado los procedimientos selectivos, estos deberán presentar ante la Dirección
Provincial en la que deban realizar la fase de prácticas los siguientes documentos: