II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Cuerpo de Maestros. (BOE-A-2022-23809)
Resolución de 23 de diciembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se convocan procedimientos de estabilización, por el sistema de concurso-oposición para el ingreso libre y de reserva por discapacidad, al Cuerpo de Maestros para plazas del ámbito de gestión territorial del Ministerio de Educación y Formación Profesional.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 30 de diciembre de 2022

Sec. II.B. Pág. 191370

La prueba y sus partes se realizarán por el siguiente orden y se ajustarán a lo que,
asimismo, se indica:
Parte A. Tendrá por objeto la demostración de los conocimientos específicos
necesarios para impartir la docencia. Consistirá en el desarrollo por escrito de un tema
elegido por la persona participante de entre tres extraídos al azar por el tribunal.
Para la realización de esta parte A de la prueba, las personas aspirantes dispondrán
de una duración máxima de dos horas.
La calificación la parte A de la prueba será de 0 a 10 puntos. Dicha calificación será
publicada cuando el Tribunal haga pública la nota final y global de la prueba que
detallará la correspondiente a cada una de sus partes.
Parte B. Tendrá por objeto la comprobación de la aptitud pedagógica y el dominio
de las técnicas necesarias para el ejercicio de la docencia. Consistirá en la presentación
de una unidad didáctica. En la especialidad de Música se incluirá, además, un ejercicio
de carácter práctico.
B.1) Preparación, presentación y exposición, y defensa de una unidad didáctica. La
unidad didáctica deberá hacer referencia al currículo vigente en el Ministerio de
Educación y Formación Profesional de un área relacionada con la especialidad a la que
se opta, en la que se deberá especificar, los objetivos, las competencias clave, las
competencias específicas, criterios de evaluación, saberes básicos, situaciones de
aprendizaje, medidas organizativas, metodológicas y curriculares, así como la atención
del alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo. La unidad didáctica se
inscribirá a un curso escolar y ciclo de la etapa educativa en el que el profesorado de esa
especialidad tenga atribuida competencia docente para impartirlo, a elección del
candidato. El aspirante deberá asimismo desarrollar las sesiones de la unidad didáctica
concretando las tareas y la secuencia de las mismas. Para la especialidad de Educación
Infantil, los contenidos educativos se abordarán por medio de actividades globalizadas
conforme al área elegida.
En las especialidades de Pedagogía Terapéutica y de Audición y Lenguaje, la unidad
estará referida a un plan de apoyo anual o a un plan de trabajo individual para un curso
escolar de uno de los niveles o etapas en el que este profesorado tenga atribuida
competencia docente, referido a un supuesto concreto elegido por el aspirante, de entre
el alumnado con necesidad especifica de apoyo educativo, y deberá basarse en las
necesidades concretas del alumno del centro y del contexto escolar.
El currículo vigente en el ámbito del Ministerio de Educación y Formación Profesional
se encuentran regulados por el Real Decreto 95/2022, de 1 de febrero, por el que se
establece la ordenación y las enseñanzas mínimas de la Educación Infantil., Orden
EFP/608/2022, de 29 de junio, por la que se establece el currículo y se regula la
ordenación de la Educación Infantil en el ámbito de gestión del Ministerio de Educación y
Formación Profesional, el Real Decreto 157/2022, de 1 de marzo, por el que se
establecen la ordenación y las enseñanzas mínimas de la Educación Primaria y la Orden
EFP/678/2022, de 15 de julio, por la que se establece el currículo y se regula la
ordenación de la Educación Primaria en el ámbito de gestión del Ministerio de Educación
y Formación Profesional.
Preparación, presentación y exposición, y defensa de una unidad didáctica. La
preparación y exposición oral ante el tribunal de una unidad didáctica estará relacionada
con la especialidad a la que opta la persona aspirante. La persona aspirante elegirá el
contenido de la unidad didáctica.
El aspirante, previamente a la defensa oral de la unidad didáctica, dispondrá de un
tiempo de 15 minutos en el que podrá realizar un guion para la presentación de la misma
con una extensión máxima de un folio por una cara que, en su caso, deberá entregar al
tribunal al finalizar su exposición. Durante este tiempo, podrá consultar el material que
considere oportuno, sin posibilidad de conexión con el exterior, por lo que no podrá
utilizar ordenadores portátiles, teléfonos móviles ni cualquier otro dispositivo informático
o electrónico.

cve: BOE-A-2022-23809
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Núm. 313