II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Personal laboral. (BOE-A-2022-23815)
Resolución de 23 de diciembre de 2022, de la Dirección de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, por la que se convoca proceso selectivo por el sistema de concurso, para la estabilización de empleo temporal de plaza de personal laboral indefinido no fijo por sentencia judicial en el ámbito del Convenio Colectivo 2010-2012 de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 313
Viernes 30 de diciembre de 2022
Sec. II.B. Pág. 191532
6.5 Se publicará un cronograma orientativo con las fechas de realización de las
pruebas relativas a este proceso selectivo en la página https://www.boe.es/organismo/
#empleo_boe.
7.
Listados provisionales de valoración de méritos
7.1 Con el fin de informar a las personas aspirantes de las valoraciones
provisionales otorgadas, la Comisión de valoración publicará el listado provisional de
valoración de los méritos para el puesto convocado. En dicho listado se establecerá un
periodo de alegaciones. El referido listado se publicará en la Web de la Agencia Estatal
Boletín Oficial del Estado y en Punto de Acceso General http://administración.gob.es.
8.
Resolución del concurso
8.1 Finalizada la fase del concurso, la Presidencia de la Comisión elevará a la
autoridad convocante la relación de aspirantes que hayan obtenido la mayor puntuación
en la plaza convocada.
8.2 Para superar este proceso selectivo y poder obtener la plaza convocada se
debe alcanzar una puntuación igual o superior a 50 puntos en cómputo total.
8.3 La convocatoria se resolverá por Resolución de la Dirección de la Agencia
Estatal Boletín Oficial del Estado en un plazo máximo de nueve meses, desde el día
siguiente al de la finalización de la presentación de instancias, y se publicará en el
«Boletín Oficial del Estado».
8.4 El contrato de trabajo se formalizará en el plazo máximo de un mes desde la
publicación del nombramiento en el «Boletín Oficial del Estado». En el caso de que el
candidato o candidata propuesta no presente la documentación requerida en el plazo
establecido, no cumpla los requisitos exigidos, renuncie, o no se presente, se declarará
decaído y el contrato se formalizará al siguiente en la lista de prelación en puntuación.
No podrá formalizarse un número mayor de contratos al de los puestos convocados.
Norma final
9.1 Al presente proceso selectivo le serán de aplicación el Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del
Estatuto Básico del Empleado Público, Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo por el que
se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración
General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los
Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, el artículo 23 y concordantes
del Convenio Colectivo 2010-2012 de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, el Real
Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y
funcionamiento del sector público por medios electrónicos, el resto de la legislación vigente
en la materia y lo dispuesto en la presente convocatoria.
9.2 Contra la presente Resolución, se podrá interponer, con carácter potestativo,
recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado en el plazo de un mes
desde su publicación o bien recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos
meses desde su publicación, ante el órgano judicial competente, de conformidad con lo
dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas y la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
jurisdicción Contencioso-administrativa.
Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las
resoluciones de la comisión, conforme a lo previsto en la citada Ley 39/2015, de 1
de octubre.
Madrid, 23 de diciembre de 2022.–El Director de la Agencia Estatal Boletín Oficial del
Estado, Manuel Tuero Secades.
cve: BOE-A-2022-23815
Verificable en https://www.boe.es
9.
Núm. 313
Viernes 30 de diciembre de 2022
Sec. II.B. Pág. 191532
6.5 Se publicará un cronograma orientativo con las fechas de realización de las
pruebas relativas a este proceso selectivo en la página https://www.boe.es/organismo/
#empleo_boe.
7.
Listados provisionales de valoración de méritos
7.1 Con el fin de informar a las personas aspirantes de las valoraciones
provisionales otorgadas, la Comisión de valoración publicará el listado provisional de
valoración de los méritos para el puesto convocado. En dicho listado se establecerá un
periodo de alegaciones. El referido listado se publicará en la Web de la Agencia Estatal
Boletín Oficial del Estado y en Punto de Acceso General http://administración.gob.es.
8.
Resolución del concurso
8.1 Finalizada la fase del concurso, la Presidencia de la Comisión elevará a la
autoridad convocante la relación de aspirantes que hayan obtenido la mayor puntuación
en la plaza convocada.
8.2 Para superar este proceso selectivo y poder obtener la plaza convocada se
debe alcanzar una puntuación igual o superior a 50 puntos en cómputo total.
8.3 La convocatoria se resolverá por Resolución de la Dirección de la Agencia
Estatal Boletín Oficial del Estado en un plazo máximo de nueve meses, desde el día
siguiente al de la finalización de la presentación de instancias, y se publicará en el
«Boletín Oficial del Estado».
8.4 El contrato de trabajo se formalizará en el plazo máximo de un mes desde la
publicación del nombramiento en el «Boletín Oficial del Estado». En el caso de que el
candidato o candidata propuesta no presente la documentación requerida en el plazo
establecido, no cumpla los requisitos exigidos, renuncie, o no se presente, se declarará
decaído y el contrato se formalizará al siguiente en la lista de prelación en puntuación.
No podrá formalizarse un número mayor de contratos al de los puestos convocados.
Norma final
9.1 Al presente proceso selectivo le serán de aplicación el Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del
Estatuto Básico del Empleado Público, Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo por el que
se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración
General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los
Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, el artículo 23 y concordantes
del Convenio Colectivo 2010-2012 de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, el Real
Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y
funcionamiento del sector público por medios electrónicos, el resto de la legislación vigente
en la materia y lo dispuesto en la presente convocatoria.
9.2 Contra la presente Resolución, se podrá interponer, con carácter potestativo,
recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado en el plazo de un mes
desde su publicación o bien recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos
meses desde su publicación, ante el órgano judicial competente, de conformidad con lo
dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas y la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
jurisdicción Contencioso-administrativa.
Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las
resoluciones de la comisión, conforme a lo previsto en la citada Ley 39/2015, de 1
de octubre.
Madrid, 23 de diciembre de 2022.–El Director de la Agencia Estatal Boletín Oficial del
Estado, Manuel Tuero Secades.
cve: BOE-A-2022-23815
Verificable en https://www.boe.es
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