III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2022-24403)
Resolución de 22 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Actuaciones en materia de saneamiento y depuración en las aglomeraciones urbanas de China, Butarque y sur, Madrid y Getafe (Madrid)".
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 313
Viernes 30 de diciembre de 2022
Sec. III. Pág. 193128
se encuentra dentro de la zona B de reserva natural del parque regional del Sureste
(también estaría dentro de espacios protegidos Red Natura 2000). El promotor, en su
informe de respuesta, acepta realizar la citada actuación como medida complementaria,
no como medida compensatoria, por lo que señala que no la incluirá en los proyectos de
las EDAR, sino que la llevará a cabo mediante un proyecto independiente. Dado que el
promotor deja claro que esa medida aceptada no está incluida en el proyecto (véanse,
por ejemplo, págs. 292, 313, 425, 432, 460 y 466 de su informe de respuesta), procede
indicar que la presente declaración de impacto ambiental no incluye ni ampara la referida
actuación ni su correspondiente futuro proyecto independiente citado. En cualquier caso,
se recuerda que el promotor deberá verificar si ese futuro proyecto independiente está o
no recogido en el ámbito de aplicación de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de
evaluación ambiental.
Fauna:
Del estudio de impacto ambiental se desprende, por una parte, que hay una
agrupación de árboles alineados con el canal del Manzanares que el milano negro
(Milvus migrans) usa como dormidero a unos 400 m de la EDAR Sur (aunque también se
llega a señalar que a 100 m) y, por otra parte, que hay nidos de cigüeña blanca (Ciconia
ciconia) en la EDAR Sur y en la EDAR Butarque, siendo normal ver grupos de 15-20
individuos alrededor de la EDAR Sur (la especie usa los campos de cultivo y pastos
próximos para alimentarse). La cigüeña blanca y el milano negro son especies incluidas,
en particular, en el Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial
(Real Decreto 139/2011). Además, la cigüeña blanca está incluida dentro de la categoría
de vulnerables en el Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora
Silvestres de la Comunidad de Madrid, y tanto la cigüeña blanca como el milano negro
forman parte de los valores por los que fue designado el lugar Cortados y Cantiles de los
Ríos Jarama y Manzanares como zona de especial protección para las aves (ZEPA),
espacio protegido Red Natura 2000, en cuyo interior se localiza la EDAR Sur.
Respecto al milano negro, el estudio de impacto ambiental descarta que las
actuaciones vayan a afectar directamente a la citada agrupación de árboles que usa
como dormidero, e indica que la EDAR Sur renovada quedará a la misma distancia que
hay en la actualidad de esa zona de dormidero. Para evitar molestias al milano negro
durante la fase de construcción, está previsto restringir el horario de obras y terminar
antes del periodo nocturno, así como evitar en la medida de los posible que las labores
de movimientos de tierra y otras susceptibles de necesitar maquinaria pesada o emitir
ruidos elevados se desarrollen en el periodo comprendido entre el 1 de marzo y el 31 de
agosto. También está previsto diseñar y ubicar las luminarias exteriores de la EDAR Sur
de tal forma que se prevenga la contaminación lumínica, evitando el flujo lumínico
radiado por encima del plano horizontal.
En cuanto a la cigüeña blanca, las tareas de la fase de demolición de la EDAR Sur
implicarán necesariamente la retirada de los nidos de cigüeña, según el estudio de
impacto ambiental. Está previsto realizar un inventario de todos los nidos existentes,
obtener la autorización del órgano competente antes de proceder a su retirada y montar
los nidos en otros lugares. Por tanto, solo cabe recordar que se deberá estar a lo que
disponga la autorización del órgano competente en medio natural de la Comunidad de
Madrid.
Respecto a la EDAR Butarque, el estudio de impacto ambiental, en el apartado sobre
identificación y valoración de impactos, señala que no hay fauna silvestre en la parcela
de la EDAR. No menciona nada sobre los nidos de cigüeña blanca que el capítulo de
inventario ambiental de ese mismo documento indica que hay. Debe interpretarse, por
tanto, que esos nidos no serán afectados por las obras del proyecto. En cualquier caso,
según se observa en el apartado de medidas de protección de la fauna del estudio de
impacto ambiental, la solicitud de autorización de retirada de nidos (si fueran necesarios
su retirada) está prevista para cualquier especie de fauna y extiende su aplicación a las
cve: BOE-A-2022-24403
Verificable en https://www.boe.es
3.2.3
Núm. 313
Viernes 30 de diciembre de 2022
Sec. III. Pág. 193128
se encuentra dentro de la zona B de reserva natural del parque regional del Sureste
(también estaría dentro de espacios protegidos Red Natura 2000). El promotor, en su
informe de respuesta, acepta realizar la citada actuación como medida complementaria,
no como medida compensatoria, por lo que señala que no la incluirá en los proyectos de
las EDAR, sino que la llevará a cabo mediante un proyecto independiente. Dado que el
promotor deja claro que esa medida aceptada no está incluida en el proyecto (véanse,
por ejemplo, págs. 292, 313, 425, 432, 460 y 466 de su informe de respuesta), procede
indicar que la presente declaración de impacto ambiental no incluye ni ampara la referida
actuación ni su correspondiente futuro proyecto independiente citado. En cualquier caso,
se recuerda que el promotor deberá verificar si ese futuro proyecto independiente está o
no recogido en el ámbito de aplicación de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de
evaluación ambiental.
Fauna:
Del estudio de impacto ambiental se desprende, por una parte, que hay una
agrupación de árboles alineados con el canal del Manzanares que el milano negro
(Milvus migrans) usa como dormidero a unos 400 m de la EDAR Sur (aunque también se
llega a señalar que a 100 m) y, por otra parte, que hay nidos de cigüeña blanca (Ciconia
ciconia) en la EDAR Sur y en la EDAR Butarque, siendo normal ver grupos de 15-20
individuos alrededor de la EDAR Sur (la especie usa los campos de cultivo y pastos
próximos para alimentarse). La cigüeña blanca y el milano negro son especies incluidas,
en particular, en el Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial
(Real Decreto 139/2011). Además, la cigüeña blanca está incluida dentro de la categoría
de vulnerables en el Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora
Silvestres de la Comunidad de Madrid, y tanto la cigüeña blanca como el milano negro
forman parte de los valores por los que fue designado el lugar Cortados y Cantiles de los
Ríos Jarama y Manzanares como zona de especial protección para las aves (ZEPA),
espacio protegido Red Natura 2000, en cuyo interior se localiza la EDAR Sur.
Respecto al milano negro, el estudio de impacto ambiental descarta que las
actuaciones vayan a afectar directamente a la citada agrupación de árboles que usa
como dormidero, e indica que la EDAR Sur renovada quedará a la misma distancia que
hay en la actualidad de esa zona de dormidero. Para evitar molestias al milano negro
durante la fase de construcción, está previsto restringir el horario de obras y terminar
antes del periodo nocturno, así como evitar en la medida de los posible que las labores
de movimientos de tierra y otras susceptibles de necesitar maquinaria pesada o emitir
ruidos elevados se desarrollen en el periodo comprendido entre el 1 de marzo y el 31 de
agosto. También está previsto diseñar y ubicar las luminarias exteriores de la EDAR Sur
de tal forma que se prevenga la contaminación lumínica, evitando el flujo lumínico
radiado por encima del plano horizontal.
En cuanto a la cigüeña blanca, las tareas de la fase de demolición de la EDAR Sur
implicarán necesariamente la retirada de los nidos de cigüeña, según el estudio de
impacto ambiental. Está previsto realizar un inventario de todos los nidos existentes,
obtener la autorización del órgano competente antes de proceder a su retirada y montar
los nidos en otros lugares. Por tanto, solo cabe recordar que se deberá estar a lo que
disponga la autorización del órgano competente en medio natural de la Comunidad de
Madrid.
Respecto a la EDAR Butarque, el estudio de impacto ambiental, en el apartado sobre
identificación y valoración de impactos, señala que no hay fauna silvestre en la parcela
de la EDAR. No menciona nada sobre los nidos de cigüeña blanca que el capítulo de
inventario ambiental de ese mismo documento indica que hay. Debe interpretarse, por
tanto, que esos nidos no serán afectados por las obras del proyecto. En cualquier caso,
según se observa en el apartado de medidas de protección de la fauna del estudio de
impacto ambiental, la solicitud de autorización de retirada de nidos (si fueran necesarios
su retirada) está prevista para cualquier especie de fauna y extiende su aplicación a las
cve: BOE-A-2022-24403
Verificable en https://www.boe.es
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