III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2022-24403)
Resolución de 22 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Actuaciones en materia de saneamiento y depuración en las aglomeraciones urbanas de China, Butarque y sur, Madrid y Getafe (Madrid)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 313
Viernes 30 de diciembre de 2022
Sec. III. Pág. 193146
efecto adverso significativo de tales acontecimientos, así como los detalles sobre la
preparación y respuesta a tales emergencias. Casi todos los impactos que ha
identificado derivados de la vulnerabilidad del proyecto los valora temporales, de
extensión puntual y de intensidad baja. Las excepciones son las variaciones en el estado
de la masa de agua superficial por los vertidos, en su caso, desde los cruces sobre el río
Manzanares de la impulsión de fangos y de la conducción de vaciado del tanque de
tormentas Sur en el colector general de la margen derecha, cuyos impactos los valora
temporales, de extensión parcial y de intensidad media/baja; la alteración de los
aprovechamientos aguas abajo por vertidos, en su caso, desde el cruce de la impulsión
de fangos bajo el canal del Manzanares, cuyo impacto lo valora temporal, de extensión
puntual y de intensidad media; las variaciones en el estado de la masa de agua
superficial y en el estado de conservación de las especies de flora y fauna acuáticas
asociadas a la masa de agua superficial por vertidos, en su caso, desde los colectores,
cuyos impactos los valora temporales, de extensión puntual y de intensidad media.
Por su parte, la Subdirección General de Protección Civil de la Comunidad de Madrid
informa de que, en las zonas próximas a los espacios protegidos Red Natura 2000 y
terreno forestal, se deberán tener en cuenta y adoptar las medidas preventivas
contenidas en el Plan de Protección Civil de Emergencias por Incendios Forestales en la
Comunidad de Madrid (INFOMA), aprobado por Decreto 59/2017, de 6 de junio, y, en
particular, lo establecido en su anexo 2, fundamentalmente durante la fase de ejecución
de las obras con empleo de medios mecánicos y equipos de corte y soldadura. También
informa de que, en la EDAR La China, hay que tener en cuenta la existencia de riesgo
alto por transporte de mercancías peligrosas por carretera (M-40) y riesgo bajo por
explosión e incendio en instalaciones industriales, por la cercanía de la empresa Nippon
Gases España, SLU, que cuenta con plan de emergencia interior. El promotor responde
que, durante la redacción de los proyectos constructivos, se tendrán en cuenta y se
adoptarán las medidas preventivas contenidas en el Plan de Protección Civil de
Emergencias por Incendios Forestales en la Comunidad de Madrid, así como el riesgo
por transporte de mercancías peligrosas por carretera (M-40) y el riesgo por explosión e
incendio en instalaciones industriales por la cercanía de la empresa citada.
En cuanto a los riesgos de inundación, dado que ya se ha tratado anteriormente, solo
cabe recordar al promotor que deberá estar a lo que disponga, según el caso, la
autorización en zona de policía que emita la Confederación Hidrográfica del Tajo y la
autorización en zonas inundables fuera de la zona de policía a que se refiere el
artículo 14 bis del Reglamento del Dominio Público Hidráulico.
Finalmente, en todo caso y al igual que los aspectos técnicos del proyecto, como el
propio diseño del mismo, la vulnerabilidad del proyecto (con base en el análisis realizado
por el promotor) es un factor más a considerar en la decisión de autorización del
proyecto por parte del órgano sustantivo.
Programa de vigilancia ambiental.
El estudio de impacto ambiental incluye un programa de vigilancia ambiental, el cual
está dividido en tres fases: fase I o de demolición, que se iniciará un mes antes de iniciar
las demoliciones y se prolongará durante el tiempo que duren estas; fase II o de
construcción, desde el inicio de los trabajos de reposición de servicios, desvíos y pasos
provisionales y construcción de accesos hasta la firma del acta de recepción de la obras;
y fase III o de explotación o de funcionamiento, que señala abarca un periodo de tres
años (excepto los de los controles de olores, que será durante toda la vida de las
instalaciones como se verá más adelante) comenzando a contar desde la fecha de la
firma de la recepción de las obras. El programa de vigilancia ambiental también incluye
la elaboración de los siguientes informes: un informe antes del inicio de las obras; un
informe paralelo al acta de comprobación del replanteo, sobre aspectos e incidencias
ambientales; informes periódicos semestrales durante toda la fase de obras; un informe
previo a la emisión del acta de recepción de las obras; informes anuales durante tres
años (excepto los de los controles de olores, como se verá más adelante), a partir de la
cve: BOE-A-2022-24403
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Núm. 313
Viernes 30 de diciembre de 2022
Sec. III. Pág. 193146
efecto adverso significativo de tales acontecimientos, así como los detalles sobre la
preparación y respuesta a tales emergencias. Casi todos los impactos que ha
identificado derivados de la vulnerabilidad del proyecto los valora temporales, de
extensión puntual y de intensidad baja. Las excepciones son las variaciones en el estado
de la masa de agua superficial por los vertidos, en su caso, desde los cruces sobre el río
Manzanares de la impulsión de fangos y de la conducción de vaciado del tanque de
tormentas Sur en el colector general de la margen derecha, cuyos impactos los valora
temporales, de extensión parcial y de intensidad media/baja; la alteración de los
aprovechamientos aguas abajo por vertidos, en su caso, desde el cruce de la impulsión
de fangos bajo el canal del Manzanares, cuyo impacto lo valora temporal, de extensión
puntual y de intensidad media; las variaciones en el estado de la masa de agua
superficial y en el estado de conservación de las especies de flora y fauna acuáticas
asociadas a la masa de agua superficial por vertidos, en su caso, desde los colectores,
cuyos impactos los valora temporales, de extensión puntual y de intensidad media.
Por su parte, la Subdirección General de Protección Civil de la Comunidad de Madrid
informa de que, en las zonas próximas a los espacios protegidos Red Natura 2000 y
terreno forestal, se deberán tener en cuenta y adoptar las medidas preventivas
contenidas en el Plan de Protección Civil de Emergencias por Incendios Forestales en la
Comunidad de Madrid (INFOMA), aprobado por Decreto 59/2017, de 6 de junio, y, en
particular, lo establecido en su anexo 2, fundamentalmente durante la fase de ejecución
de las obras con empleo de medios mecánicos y equipos de corte y soldadura. También
informa de que, en la EDAR La China, hay que tener en cuenta la existencia de riesgo
alto por transporte de mercancías peligrosas por carretera (M-40) y riesgo bajo por
explosión e incendio en instalaciones industriales, por la cercanía de la empresa Nippon
Gases España, SLU, que cuenta con plan de emergencia interior. El promotor responde
que, durante la redacción de los proyectos constructivos, se tendrán en cuenta y se
adoptarán las medidas preventivas contenidas en el Plan de Protección Civil de
Emergencias por Incendios Forestales en la Comunidad de Madrid, así como el riesgo
por transporte de mercancías peligrosas por carretera (M-40) y el riesgo por explosión e
incendio en instalaciones industriales por la cercanía de la empresa citada.
En cuanto a los riesgos de inundación, dado que ya se ha tratado anteriormente, solo
cabe recordar al promotor que deberá estar a lo que disponga, según el caso, la
autorización en zona de policía que emita la Confederación Hidrográfica del Tajo y la
autorización en zonas inundables fuera de la zona de policía a que se refiere el
artículo 14 bis del Reglamento del Dominio Público Hidráulico.
Finalmente, en todo caso y al igual que los aspectos técnicos del proyecto, como el
propio diseño del mismo, la vulnerabilidad del proyecto (con base en el análisis realizado
por el promotor) es un factor más a considerar en la decisión de autorización del
proyecto por parte del órgano sustantivo.
Programa de vigilancia ambiental.
El estudio de impacto ambiental incluye un programa de vigilancia ambiental, el cual
está dividido en tres fases: fase I o de demolición, que se iniciará un mes antes de iniciar
las demoliciones y se prolongará durante el tiempo que duren estas; fase II o de
construcción, desde el inicio de los trabajos de reposición de servicios, desvíos y pasos
provisionales y construcción de accesos hasta la firma del acta de recepción de la obras;
y fase III o de explotación o de funcionamiento, que señala abarca un periodo de tres
años (excepto los de los controles de olores, que será durante toda la vida de las
instalaciones como se verá más adelante) comenzando a contar desde la fecha de la
firma de la recepción de las obras. El programa de vigilancia ambiental también incluye
la elaboración de los siguientes informes: un informe antes del inicio de las obras; un
informe paralelo al acta de comprobación del replanteo, sobre aspectos e incidencias
ambientales; informes periódicos semestrales durante toda la fase de obras; un informe
previo a la emisión del acta de recepción de las obras; informes anuales durante tres
años (excepto los de los controles de olores, como se verá más adelante), a partir de la
cve: BOE-A-2022-24403
Verificable en https://www.boe.es
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