II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. TRIBUNAL DE CUENTAS. Personal laboral. (BOE-A-2022-23854)
Resolución de 21 de diciembre de 2022, de la Presidencia del Tribunal de Cuentas, por la que se convoca proceso selectivo, por el turno de acceso libre, para la provisión de plaza vacante de ATS/DUE de Prevención y Salud laboral.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 30 de diciembre de 2022

Sec. II.B. Pág. 192256

El proceso selectivo constará de una única fase de oposición de tres ejercicios, todos
ellos de carácter eliminatorio, de conformidad con lo señalado en el anexo I de esta
convocatoria.
7.2 El primer ejercicio no se iniciará antes del día 1 de abril de 2023, y se celebrará
en un plazo de seis meses contados a partir de la publicación de la presente
convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», sin perjuicio de que pueda acordarse la
ampliación de dicho plazo. La fase única de oposición del proceso selectivo tendrá una
duración máxima de doce meses, contados a partir de la finalización del plazo de
presentación de solicitudes.
En cumplimiento de los principios de publicidad, objetividad, transparencia y
seguridad jurídica, la comisión de selección publicará un cronograma orientativo con las
fechas de realización de las pruebas relativas a este proceso selectivo, en la sede
electrónica del Tribunal de Cuentas.
A efectos del cómputo de los plazos previstos en la presente convocatoria, se
declara la inhabilidad del mes de agosto.
7.3 En aquellos ejercicios escritos que no tengan que ser leídos por los
participantes, la persona que ostente la presidencia de la comisión de selección adoptará
las medidas oportunas para garantizar que sean corregidos sin que se conozca la
identidad de la persona aspirante. La comisión de selección excluirá a aquellas personas
aspirantes en cuyos ejercicios figuren marcas o signos que permitan conocer su
identidad.
En aquellos ejercicios que sí tengan que ser leídos por los participantes, el orden de
actuación de éstos será el alfabético y se iniciará por el primer participante cuyo primer
apellido comience por la letra «V», de conformidad con lo establecido en la Resolución
de la Presidencia del Tribunal de Cuentas de 21 de septiembre de 2022 (BOE núm. 231,
de 26 de septiembre), por la que se hace público el resultado del sorteo celebrado con
fecha 22 de septiembre.
En aquellos ejercicios que consistan en un cuestionario tipo test, la comisión de
selección, en el plazo de dos días hábiles desde su realización, publicará en la sede
electrónica del Tribunal de Cuentas la plantilla provisional de preguntas y respuestas
correctas y abrirá un plazo de cinco días hábiles para que puedan presentarse ante la
comisión de selección reclamaciones o impugnaciones sobre dicha plantilla.
Seguidamente, en el plazo de cinco días hábiles desde la finalización del plazo anterior,
la comisión de selección publicará en la sede electrónica del Tribunal de Cuentas la
plantilla definitiva de preguntas y respuestas correctas sobre la que efectuará la
corrección del ejercicio.
7.4 La comisión de selección podrá requerir a las personas aspirantes, previamente
a la realización de cada ejercicio y en cualquier momento del desarrollo de éstos, para
que acrediten su identidad mediante la presentación del Documento Nacional de
Identidad o Pasaporte. Asimismo, si en cualquier momento del proceso de selección,
llegase a conocimiento de la comisión de selección que alguna de las personas
aspirantes carece de los requisitos exigidos en la convocatoria, dicha comisión de
selección, previa audiencia de la misma, deberá proponer su exclusión a la Presidencia
del Tribunal de Cuentas, comunicando a esta la inexactitud o falsedades contenidas en
la solicitud de admisión a las pruebas selectivas, a los efectos procedentes.
Las personas aspirantes que no comparezcan a los ejercicios quedarán
automáticamente excluidas del proceso de selección, salvo en los casos, excepcionales,
debidamente justificados y apreciados motivadamente por la comisión de selección.
7.5 Si, a causa del embarazo de riesgo o parto debidamente acreditados, alguna de
las personas aspirantes no pudiera completar la fase de oposición o realizar algún
ejercicio de la misma, su situación quedará condicionada a la finalización del proceso y a
la superación de las fases que hubieran quedado aplazadas, no pudiendo demorarse
estas de manera que se menoscabe el derecho del resto de las personas aspirantes a
una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado
por la comisión de selección, y, en todo caso, la realización de las mismas tendrá lugar

cve: BOE-A-2022-23854
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Núm. 313