I. Disposiciones generales. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Patrimonio natural y de la biodiversidad. (BOE-A-2022-23751)
Real Decreto 1057/2022, de 27 de diciembre, por el que se aprueba el Plan estratégico estatal del patrimonio natural y de la biodiversidad a 2030, en aplicación de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 313

Viernes 30 de diciembre de 2022

Sec. I. Pág. 190710

los corredores ecológicos, corredores fluviales y sistemas montañosos, así como a la
gestión y recuperación de especies amenazadas, en especial en el ámbito de las
Reservas de la Biosfera Transfronterizas españolas y de las redes internacionales de
reservas de la biosfera en las que participa España.
Se incrementará la colaboración con terceros países que compartan el ámbito
territorial de las especies migradoras presentes en España, fomentando su conservación
y seguimiento fuera de nuestras fronteras y la reducción y minimización de las causas
que las amenazan.
Se incluirá el patrimonio natural y la biodiversidad como un pilar fundamental de la
futura Ley de Cooperación para el Desarrollo Sostenible. Se reforzará la consideración
de la biodiversidad y el patrimonio natural en el Plan Director de la Cooperación
Española 2022-2025 y siguientes, en respuesta a los compromisos en materia de
cooperación internacional en el contexto del Convenio sobre Diversidad Biológica y otros
acuerdos internacionales en materia de patrimonio natural y biodiversidad. De este
modo, la cooperación española contribuirá a la elaboración, aprobación y ejecución de
Estrategias y planes de acción nacionales en biodiversidad por terceros países, en
cumplimiento de sus compromisos en el Convenio de Diversidad Biológica y como
herramienta para alcanzar los Objetivos de Desarrollo Sostenible. Asimismo, se
fomentará la cooperación para el desarrollo sostenible en materia de biodiversidad y
ecosistemas con regiones y países extracomunitarios.
Se reforzará el papel de colaboración y las actuaciones conjuntas en el marco de los
convenios marinos regionales, como los Convenios OSPAR, Barcelona, el Acuerdo de
Mónaco sobre la conservación de los Cetáceos del Mar Negro, el Mar Mediterráneo y la
Zona Atlántica Contigua (ACCOBAMS), la Comisión Ballenera Internacional o el Acuerdo
para la Conservación de Albatros y Petreles (ACAP), y otras iniciativas como la Unión
por el Mediterráneo. Asimismo, se fomentará la coordinación y cooperación en el marco
de los organismos o foros internacionales de protección de la biodiversidad y las
organizaciones regionales de gestión pesquera, a fin de promover y reforzar la
consideración de la biodiversidad en dichos foros.
También se reforzará la presencia en programas internacionales de carácter
científico-técnico para la conservación de la biodiversidad, como el programa Horizonte
Europa.
Se apoyará la aprobación del futuro Convenio sobre biodiversidad más allá de la
jurisdicción nacional (conocido como Convenio BBNJ por sus siglas en inglés), que
supondrá una oportunidad para regular la protección y uso sostenible del medio marino
en todo el mundo.
3.6

Financiación del patrimonio natural y la biodiversidad

Objetivo general:
– Garantizar una adecuada financiación de las acciones necesarias para la
conservación del patrimonio natural y la biodiversidad, aprovechando al máximo las
oportunidades de financiación tanto públicas como privadas.

Resulta decisivo transformar la situación actual para detener cualquier apoyo
financiero que dé soporte a un uso insostenible del patrimonio natural y la biodiversidad.
Para ello, se identificarán y priorizarán para 2025 los subsidios e incentivos que resultan
perjudiciales para el patrimonio natural y la biodiversidad de forma directa o indirecta.
Para 2025, se reformarán, se reconducirán o se eliminarán el 50 % de los subsidios
perjudiciales identificados y se garantizará que para 2030, todos los subsidios o
incentivos resulten neutros o positivos para el patrimonio natural y la biodiversidad y que
incorporen adecuadamente las externalidades ambientales.

cve: BOE-A-2022-23751
Verificable en https://www.boe.es

Medidas para alcanzar los objetivos: