I. Disposiciones generales. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Patrimonio natural y de la biodiversidad. (BOE-A-2022-23751)
Real Decreto 1057/2022, de 27 de diciembre, por el que se aprueba el Plan estratégico estatal del patrimonio natural y de la biodiversidad a 2030, en aplicación de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 313

Viernes 30 de diciembre de 2022

Sec. I. Pág. 190703

dificultades. Se promoverán las prácticas agrícolas y de usos del suelo sostenibles que
reduzcan la contaminación difusa por nutrientes y pesticidas, tanto de las cuencas
hidrográficas como de los acuíferos, la cual afecta también de manera muy relevante a la
biodiversidad de los ecosistemas de transición (estuarios, marismas, lagunas costeras) y
de las aguas costeras aledañas.
(76)

https://ec.europa.eu/environment/strategy/zero-pollution-action-plan_es

Se adoptarán los programas de medidas de segundo ciclo de las estrategias marinas
(2021-2022) que incluirán un conjunto de medidas orientadas al freno de la
contaminación por sustancias prioritarias, nutrientes y basuras marinas. Estas medidas
serán revisadas y actualizadas en el tercer ciclo de las estrategias marinas (2027).
Asimismo, por su parte, en el ámbito del tercer ciclo de planificación hidrológica y los
programas de medidas asociados, se impulsarán medidas para la lucha contra la
contaminación de las aguas superficiales y subterráneas.
Con respecto a la caza y la pesca y para eliminar los riesgos del plumbismo para la
fauna y para las personas, se promoverán acciones de sensibilización sobre los
impactos del plomo y se aprobará antes de 2025 una normativa para eliminar de forma
progresiva el uso de plomo en los aparejos de pesca y en la munición para caza mayor,
en todo el territorio nacional y en 2030, a más tardar, la eliminación de plomo se
extenderá a la munición de caza menor y al tiro deportivo. Entre tanto, en todo caso,
se continuará con la realización de estudios de toxicidad por contaminación por plomo de
las especies cinegéticas y no cinegéticas, y sus efectos en su ecología, fisiología y/o
estado sanitario y en los medios en los que habita, y se trabajará, en colaboración con el
sector cinegético y las autoridades competentes en materia de gestión cinegética, para
avanzar en el desarrollo de alternativas técnicas para la sustitución del uso de la
munición de plomo por otros materiales no tóxicos para distintos elementos de la
biodiversidad en los terrenos donde se desarrolla el aprovechamiento cinegético, así
como para, en su caso, diseñar medidas adicionales de acompañamiento y/o ayudas
indemnizatorias.
(77)

(77)
La Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, en su artículo 65,
ya prohíbe la tenencia y el uso de munición que contenga plomo durante el ejercicio de la caza y el tiro
deportivo, cuando estas actividades se ejerzan en zonas húmedas incluidas en la Lista del Convenio relativo a
Humedales de Importancia Internacional, en las de la Red Natura 2000 y en las incluidas en espacios naturales
protegidos.

Contaminación lumínica.
Antes de 2025, se aprobarán en colaboración con el Ministerio de Transportes,
Movilidad y Agenda Urbana unas directrices básicas para minimizar el impacto de la
contaminación lumínica en infraestructuras de transporte y en infraestructuras
energéticas, incluyendo la generalización del uso de equipos de baja contaminación
lumínica , contribuyendo a mejorar la consideración de estos aspectos en los
procedimientos de evaluación ambiental y en el diseño de dichas infraestructuras. Las
directrices diseñadas deberán asegurar la compatibilidad de acciones con la normativa
de seguridad vial y aérea.
(78)
Revision of the EU Green Public Procurement Criteria for Road Lighting and traffic signals»
https://publications.jrc.ec.europa.eu/repository/handle/JRC115406

Junto al desarrollo de estas directrices, se promoverá un Plan de Adaptación
Lumínica de parques eólicos existentes y vías de comunicación, implementado medidas
para mitigar y reducir los efectos de la contaminación lumínica en el medio natural y sus
efectos directos e indirectos sobre la fauna silvestre y el paisaje.

cve: BOE-A-2022-23751
Verificable en https://www.boe.es

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