I. Disposiciones generales. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Patrimonio natural y de la biodiversidad. (BOE-A-2022-23751)
Real Decreto 1057/2022, de 27 de diciembre, por el que se aprueba el Plan estratégico estatal del patrimonio natural y de la biodiversidad a 2030, en aplicación de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 30 de diciembre de 2022
Sec. I. Pág. 190688
Marco de Acción Prioritaria, se promoverá una revisión intermedia en 2024 y se revisará
por completo antes de 2030.
Asimismo, la implementación del PEPAC debe contribuir, de forma efectiva, a revertir
el declive de las aves agrícolas y esteparias y a mejorar el estado de la biodiversidad
ligada a los medios agrícolas y de los polinizadores silvestres.
De acuerdo con el Pacto Verde, la implementación del Plan Estratégico de la PAC
deberá prestar especial atención, en particular, al desarrollo de medidas encaminadas a
promover el consumo de alimentos producidos de manera sostenible y para el
cumplimiento de los objetivos establecidos para 2030 en el marco de las Estrategias de
la UE de la Granja a la Mesa y de Biodiversidad, como son los relativos a: reducir en
un 50 % el riesgo y el uso de pesticidas químicos y reducir en un 50 % el uso de los
pesticidas más peligrosos; promover las prácticas agroecológicas sostenibles y la
agricultura y ganadería ecológicas, hasta alcanzar un 25 % de superficie de agricultura
ecológica; así como contribuir a una reducción significativa de las emisiones de
productos fertilizantes al medio ambiente, reduciendo al menos el 20 % en el uso de
fertilizantes y mejorando la gestión de nutrientes para prevenir en un 50 % la
contaminación por pérdida de nutrientes provenientes de fertilizantes. Estos se deberán
abordar mediante una combinación efectiva de intervenciones del PEPAC y medidas
fuera de él, mediante las que España habrá de dar una respuesta adecuada y efectiva
para garantizar el cumplimiento de dichos objetivos. En concreto:
– Reducción de fertilización nitrogenada y del exceso de nutrientes: se promoverá
mediante el refuerzo de la línea de base con la BCAM 10 de fertilización sostenible en el
PEPAC y también con carácter general para todo el territorio nacional a través del nuevo
Real Decreto por el que se establecen normas para la nutrición sostenible en los suelos
agrarios, y para las zonas vulnerables con el nuevo Real Decreto 47/2022, de 18 de
enero, sobre protección de las aguas contra la contaminación difusa producida por los
nitratos procedentes de fuentes agrarias, así como por la obligatoriedad de ajustar la
fertilización a los planes de abonado por las explotaciones de regadío en eco-regímenes,
debiendo asegurar ambas normas la adecuada inclusión de disposiciones dirigidas al
logro efectivo de los objetivos anteriormente mencionados.
– Reducción del uso y riesgo de fitosanitarios: se afrontará fundamentalmente por la
vía regulatoria, a través del Real Decreto de cálculo individualizado de uso de productos
fitosanitarios por explotación, que deberá imponer objetivos de reducción específicos a
las explotaciones para alcanzar los que se establezcan en la normativa comunitaria.
– Reducción del uso de antibióticos: se afrontará fundamentalmente por la vía
regulatoria, a través de la norma de cálculo individualizado de uso de antimicrobianos
por explotación, que deberá imponer objetivos de reducción específicos a las
explotaciones para alcanzar los que se establezcan en la normativa comunitaria.
– Agricultura ecológica: se continuará promoviendo mediante las intervenciones
propuestas en FEADER por las CCAA, que suponen un incremento del 34 % en el
presupuesto dedicado en el anterior período de programación para ayudas a la
agricultura ecológica, lo que unido a la Hoja de ruta para la agricultura ecológica en
España y otras medidas en el ámbito de la promoción, deberá asegurar un impulso a la
agricultura ecológica.
– Superficies no productivas para la biodiversidad: se promoverá el incremento de
estas superficies mediante la BCAM 8, la práctica 5 de los eco-regímenes, dirigida a
remunerar estas superficies, y algunas medidas agroambientales FEADER.
El refuerzo de los sistemas de asesoramiento, formación e innovación en FEADER
deberán contribuir a los objetivos del presente Plan Estratégico, en especial a los
relacionados con la gestión sostenible de insumos.
En línea con el objetivo de reducir un 50 % el uso de los pesticidas más peligrosos, el
presente Plan estratégico plantea que se limite al máximo posible la emisión de
autorizaciones excepcionales en situaciones de emergencia fitosanitaria para el uso de
cve: BOE-A-2022-23751
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 313
Viernes 30 de diciembre de 2022
Sec. I. Pág. 190688
Marco de Acción Prioritaria, se promoverá una revisión intermedia en 2024 y se revisará
por completo antes de 2030.
Asimismo, la implementación del PEPAC debe contribuir, de forma efectiva, a revertir
el declive de las aves agrícolas y esteparias y a mejorar el estado de la biodiversidad
ligada a los medios agrícolas y de los polinizadores silvestres.
De acuerdo con el Pacto Verde, la implementación del Plan Estratégico de la PAC
deberá prestar especial atención, en particular, al desarrollo de medidas encaminadas a
promover el consumo de alimentos producidos de manera sostenible y para el
cumplimiento de los objetivos establecidos para 2030 en el marco de las Estrategias de
la UE de la Granja a la Mesa y de Biodiversidad, como son los relativos a: reducir en
un 50 % el riesgo y el uso de pesticidas químicos y reducir en un 50 % el uso de los
pesticidas más peligrosos; promover las prácticas agroecológicas sostenibles y la
agricultura y ganadería ecológicas, hasta alcanzar un 25 % de superficie de agricultura
ecológica; así como contribuir a una reducción significativa de las emisiones de
productos fertilizantes al medio ambiente, reduciendo al menos el 20 % en el uso de
fertilizantes y mejorando la gestión de nutrientes para prevenir en un 50 % la
contaminación por pérdida de nutrientes provenientes de fertilizantes. Estos se deberán
abordar mediante una combinación efectiva de intervenciones del PEPAC y medidas
fuera de él, mediante las que España habrá de dar una respuesta adecuada y efectiva
para garantizar el cumplimiento de dichos objetivos. En concreto:
– Reducción de fertilización nitrogenada y del exceso de nutrientes: se promoverá
mediante el refuerzo de la línea de base con la BCAM 10 de fertilización sostenible en el
PEPAC y también con carácter general para todo el territorio nacional a través del nuevo
Real Decreto por el que se establecen normas para la nutrición sostenible en los suelos
agrarios, y para las zonas vulnerables con el nuevo Real Decreto 47/2022, de 18 de
enero, sobre protección de las aguas contra la contaminación difusa producida por los
nitratos procedentes de fuentes agrarias, así como por la obligatoriedad de ajustar la
fertilización a los planes de abonado por las explotaciones de regadío en eco-regímenes,
debiendo asegurar ambas normas la adecuada inclusión de disposiciones dirigidas al
logro efectivo de los objetivos anteriormente mencionados.
– Reducción del uso y riesgo de fitosanitarios: se afrontará fundamentalmente por la
vía regulatoria, a través del Real Decreto de cálculo individualizado de uso de productos
fitosanitarios por explotación, que deberá imponer objetivos de reducción específicos a
las explotaciones para alcanzar los que se establezcan en la normativa comunitaria.
– Reducción del uso de antibióticos: se afrontará fundamentalmente por la vía
regulatoria, a través de la norma de cálculo individualizado de uso de antimicrobianos
por explotación, que deberá imponer objetivos de reducción específicos a las
explotaciones para alcanzar los que se establezcan en la normativa comunitaria.
– Agricultura ecológica: se continuará promoviendo mediante las intervenciones
propuestas en FEADER por las CCAA, que suponen un incremento del 34 % en el
presupuesto dedicado en el anterior período de programación para ayudas a la
agricultura ecológica, lo que unido a la Hoja de ruta para la agricultura ecológica en
España y otras medidas en el ámbito de la promoción, deberá asegurar un impulso a la
agricultura ecológica.
– Superficies no productivas para la biodiversidad: se promoverá el incremento de
estas superficies mediante la BCAM 8, la práctica 5 de los eco-regímenes, dirigida a
remunerar estas superficies, y algunas medidas agroambientales FEADER.
El refuerzo de los sistemas de asesoramiento, formación e innovación en FEADER
deberán contribuir a los objetivos del presente Plan Estratégico, en especial a los
relacionados con la gestión sostenible de insumos.
En línea con el objetivo de reducir un 50 % el uso de los pesticidas más peligrosos, el
presente Plan estratégico plantea que se limite al máximo posible la emisión de
autorizaciones excepcionales en situaciones de emergencia fitosanitaria para el uso de
cve: BOE-A-2022-23751
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 313