I. Disposiciones generales. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Espacios naturales protegidos. (BOE-A-2022-23750)
Real Decreto 1056/2022, de 27 de diciembre, por el que se aprueba el Plan Director de la Red de Áreas Marinas Protegidas de España y los criterios mínimos comunes de gestión coordinada y coherente de la Red.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 313
Viernes 30 de diciembre de 2022
VII.
Sec. I. Pág. 190644
Financiación de la RAMPE
El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, como titular de las
competencias en materia de biodiversidad marina por parte de la Administración General
del Estado, garantizará la coordinación de la RAMPE.
Se identificarán las fuentes de financiación pública disponibles para la ejecución de
las actuaciones y se promoverá la captación de financiación de, al menos, los siguientes
fondos, respetando los requisitos del principio de adicionalidad y garantía de no incurrir
en doble financiación que sean de aplicación:
a)
b)
c)
d)
e)
Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca y de Acuicultura (FEMPA).
Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER).
Fondo Social Europeo (FSE).
Programa de Medio Ambiente y Acción por el Clima (Programa LIFE).
Mecanismo de Recuperación y Resiliencia
En el marco de los espacios protegidos marinos pertenecientes a la Red
Natura 2000, se promoverá activamente la incorporación de las medidas de gestión
priorizadas en el Marco de Acción Prioritaria en los correspondientes fondos europeos.
Para ello se establecerá un grupo de trabajo con la administración responsable de la
redacción del actual y de los futuros Programas Operativos del FEMPA.
Se promoverá la colaboración con otras entidades, favoreciendo la financiación de
actuaciones para la consecución de los objetivos de la Red mediante los siguientes
programas y proyectos:
a) Programa Empleazul, cofinanciado por el FSE de la Fundación Biodiversidad del
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
b) Programa Pleamar, cofinanciado por el FEMPA de la Fundación Biodiversidad.
c) Fondos para la adaptación al cambio climático de la Oficina Española de Cambio
Climático.
d) Convocatorias anuales de ayudas para la realización de actividades en el ámbito
de la biodiversidad marina y el litoral de la Fundación Biodiversidad.
e) Programa LIFE de la Comisión Europea.
f) Otros que puedan ser adecuados.
Se fomentarán las vías de financiación público privada y la participación de la
iniciativa privada en la financiación de las actuaciones para alcanzar los objetivos de la
RAMPE.
VIII. Programa de seguimiento de la RAMPE
1. Seguimiento ecológico: para la evaluación del estado de conservación de los
sistemas y procesos naturales, tipos de hábitat y especies objeto de conservación.
2. Seguimiento socioeconómico: para la evaluación del efecto de las actividades
humanas sobre los objetos de conservación y los beneficios derivados de la protección
de los espacios marinos protegidos.
3. Seguimiento de la gestión: para la evaluación del funcionamiento de la red
(medios humanos, económicos y materiales, grado de ejecución de la planificación,
cumplimiento de la normativa, participación pública), así como de la gobernanza,
capacitación y del plan de comunicación de la RAMPE.
cve: BOE-A-2022-23750
Verificable en https://www.boe.es
Se diseñará un programa de seguimiento y evaluación de la RAMPE en cooperación
con las administraciones gestoras de los espacios marinos protegidos, integrado en el
Inventario Español del Patrimonio Natural y la Biodiversidad, que constará, al menos, de
tres subprogramas:
Núm. 313
Viernes 30 de diciembre de 2022
VII.
Sec. I. Pág. 190644
Financiación de la RAMPE
El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, como titular de las
competencias en materia de biodiversidad marina por parte de la Administración General
del Estado, garantizará la coordinación de la RAMPE.
Se identificarán las fuentes de financiación pública disponibles para la ejecución de
las actuaciones y se promoverá la captación de financiación de, al menos, los siguientes
fondos, respetando los requisitos del principio de adicionalidad y garantía de no incurrir
en doble financiación que sean de aplicación:
a)
b)
c)
d)
e)
Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca y de Acuicultura (FEMPA).
Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER).
Fondo Social Europeo (FSE).
Programa de Medio Ambiente y Acción por el Clima (Programa LIFE).
Mecanismo de Recuperación y Resiliencia
En el marco de los espacios protegidos marinos pertenecientes a la Red
Natura 2000, se promoverá activamente la incorporación de las medidas de gestión
priorizadas en el Marco de Acción Prioritaria en los correspondientes fondos europeos.
Para ello se establecerá un grupo de trabajo con la administración responsable de la
redacción del actual y de los futuros Programas Operativos del FEMPA.
Se promoverá la colaboración con otras entidades, favoreciendo la financiación de
actuaciones para la consecución de los objetivos de la Red mediante los siguientes
programas y proyectos:
a) Programa Empleazul, cofinanciado por el FSE de la Fundación Biodiversidad del
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
b) Programa Pleamar, cofinanciado por el FEMPA de la Fundación Biodiversidad.
c) Fondos para la adaptación al cambio climático de la Oficina Española de Cambio
Climático.
d) Convocatorias anuales de ayudas para la realización de actividades en el ámbito
de la biodiversidad marina y el litoral de la Fundación Biodiversidad.
e) Programa LIFE de la Comisión Europea.
f) Otros que puedan ser adecuados.
Se fomentarán las vías de financiación público privada y la participación de la
iniciativa privada en la financiación de las actuaciones para alcanzar los objetivos de la
RAMPE.
VIII. Programa de seguimiento de la RAMPE
1. Seguimiento ecológico: para la evaluación del estado de conservación de los
sistemas y procesos naturales, tipos de hábitat y especies objeto de conservación.
2. Seguimiento socioeconómico: para la evaluación del efecto de las actividades
humanas sobre los objetos de conservación y los beneficios derivados de la protección
de los espacios marinos protegidos.
3. Seguimiento de la gestión: para la evaluación del funcionamiento de la red
(medios humanos, económicos y materiales, grado de ejecución de la planificación,
cumplimiento de la normativa, participación pública), así como de la gobernanza,
capacitación y del plan de comunicación de la RAMPE.
cve: BOE-A-2022-23750
Verificable en https://www.boe.es
Se diseñará un programa de seguimiento y evaluación de la RAMPE en cooperación
con las administraciones gestoras de los espacios marinos protegidos, integrado en el
Inventario Español del Patrimonio Natural y la Biodiversidad, que constará, al menos, de
tres subprogramas: