I. Disposiciones generales. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Espacios naturales protegidos. (BOE-A-2022-23750)
Real Decreto 1056/2022, de 27 de diciembre, por el que se aprueba el Plan Director de la Red de Áreas Marinas Protegidas de España y los criterios mínimos comunes de gestión coordinada y coherente de la Red.
24 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 313

Viernes 30 de diciembre de 2022

Sec. I. Pág. 190643

bb) Todos los datos e información obtenidos en los programas de seguimiento y en
las evaluaciones periódicas serán de fácil acceso y consulta, promoviendo su
accesibilidad desde las plataformas existentes, evitando las duplicidades. Toda la
información obtenida deberá ser integrada en el Inventario Español del Patrimonio
Natural y la Biodiversidad.
cc) Los programas de seguimiento de la RAMPE seguirán las metodologías
establecidas para la evaluación del estado de conservación de los hábitats y especies de
interés comunitario en virtud del artículo 47 de la Ley 42/2007 del Patrimonio Natural y
de la Biodiversidad y según lo establecido en los programas de seguimiento de las
estrategias marinas.
dd) Los instrumentos de gestión contarán con un sistema de evaluación periódica
de sus resultados, basado en indicadores objetivos y cuantificables que permitan evaluar
el grado de cumplimiento de las actuaciones programadas y el logro de los objetivos de
gestión establecidos.
ee) Se realizará una evaluación periódica de la eficacia de la gestión de la RAMPE,
que se basará en los datos de seguimiento aportados por los espacios marinos
protegidos y en cualquier otra información disponible relevante, con la participación de
las administraciones competentes y otros agentes sociales implicados. Los resultados de
estas evaluaciones serán públicos.
Criterios para la gobernanza.
ff) Se promoverá la implicación de los agentes locales en la gobernanza de los
espacios de la Red, mediante su participación en la elaboración de los instrumentos de
gestión, así como en su seguimiento cuando sea oportuno.
gg) A escala de cada espacio marino protegido el esquema organizativo vendrá
determinado por la administración competente. Las administraciones competentes en la
gestión de cada espacio marino protegido dispondrán de los adecuados medios
humanos y materiales, de acuerdo a las especificidades de cada lugar, que hagan
posible la gestión efectiva y eficaz y la ejecución de las medidas previstas en los
instrumentos de gestión, así como la participación social en la gestión.
VI.

Proyectos de interés general que podrán ser objeto de financiación estatal

a) Que contribuyan a resolver una situación de especial amenaza o emergencia.
b) Que se desarrollen en varios EMP o que sus resultados sean de aplicación en el
conjunto de EMP o de una demarcación marina.
c) Que afecten a procesos ecológicos a escala de red (por ejemplo, cambio
climático, especies invasoras, conectividad).
d) Que supongan una mejora en el conocimiento a escala superior al espacio
marino protegido (por ejemplo, catálogos o censos de especies nacionales).
e) Que incorporen medidas destinadas a mejorar el estado de conservación de
especies o hábitats considerados de interés prioritario para la red.
f) Que promuevan el desarrollo de protocolos o metodologías armonizadas, que
supongan la mejora de la coordinación o el intercambio de conocimiento en el conjunto
de la Red o una demarcación.
g) Que promuevan la cooperación entre diferentes administraciones o la
incorporación de otros actores.
h) Que tengan carácter demostrativo y sean replicables en otros espacios de la
Red.
i) Que supongan el fortalecimiento de la imagen de la Red.
j) Que promuevan la cooperación con otras redes de espacios marinos de ámbito
internacional.

cve: BOE-A-2022-23750
Verificable en https://www.boe.es

Para ser considerados de interés general, los proyectos susceptibles de financiación
deberán cumplir alguno de siguientes requisitos: