III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Biodiversidad y ciencia. (BOE-A-2022-24400)
Orden PCM/1341/2022, de 29 de diciembre, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 20 de diciembre de 2022, por el que se aprueba la Estrategia de Biodiversidad y Ciencia (2023-2027).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 313

Viernes 30 de diciembre de 2022

Sec. III. Pág. 193095

propone explorar también fórmulas de colaboración privadas y público-privadas, como
líneas de financiación alternativas.
En el anexo IV se describen con mayor detalle estas posibles fuentes de financiación
identificadas para la EByC.
7.
7.1

Seguimiento y evaluación de la Estrategia

Plan de Seguimiento y Evaluación de la Estrategia

La Estrategia de Biodiversidad y Ciencia contempla la elaboración de un Plan de
Seguimiento y Evaluación de la Estrategia de Biodiversidad y Ciencia, para monitorear,
dar seguimiento continuo y evaluar la evolución y el éxito de las acciones que la integran,
para ello en el Plan se identificarán indicadores cuantitativos y cualitativos que midan la
consecución de objetivos de la EByC y evalúen el cumplimiento programático de las
acciones de la Estrategia. De esta manera se podrá establecer correctamente una serie
de comparaciones en diferentes fases de desarrollo de la Estrategia para evaluar el
progreso y dar una respuesta adaptada a la necesidad, imprevista, riesgo o éxito.
El Plan aportará información sobre el cumplimiento del propósito de la EByC
facilitando datos para comunicar sobre los éxitos e incorporar el aprendizaje desarrollado
durante su implementación.
El Grupo de Trabajo de la Ciencia en Biodiversidad de la EByC será el encargado de
implementar y gestionar el Plan de Seguimiento y Evaluación. MITECO, MCIN y CSIC
trabajarán en estrecha coordinación aprovechando la información facilitada por los
métodos de seguimiento ya existentes de SICTI, EECTI, PEICTI, PEPNB y BDN. Para
poder llevar a cabo su implementación se dotará de una serie de materiales e informes
de resultados que faciliten la interpretación de los resultados y avances obtenidos, así
como su funcionalidad y trabajo continuo. Las tareas a desarrollar son:
– La definición de un Plan de seguimiento y evaluación específico para la EByC.
– La construcción de un sistema de control y reporte de información periódico a
partir de todas las actuaciones de la EByC.
– La edición de una batería de indicadores de medición de la evolución y el impacto
de la EByC.
– La dotación a la EByC de un cuadro de mando, que aglutine y sintetice la
información generada por el conjunto de indicadores de la EByC. Se darán respuestas
adaptadas a las necesidades, imprevistas o riesgos que encuentre la EByC durante su
implementación y contribuir a poner en valor los éxitos alcanzados.
– La definición de un modelo de gobernanza de la información para facilitar
trazabilidad, transparencia y robustez a la información reportada por los indicadores de la
EByC.
– Informar a los Comités de seguimiento y evaluación de la EECTI y del PEICTI
sobre el seguimiento y evaluación de la EByC.

– Las tareas de evaluación contenidas en el Plan de Seguimiento y Evaluación
seguirán lo dispuesto en la citada Ley y se recogerán en el Plan de evaluación
departamental que se regula en el artículo 25.
– Se prevé la realización de una evaluación intermedia de la Estrategia en el futuro
Plan de Seguimiento y Evaluación.
El Plan de seguimiento y evaluación contará al menos con los siguientes elementos
que elaborarán MITECO y MCIN:
Fichas de detalle: Para cada acción se cumplimentará una ficha de detalle, donde se
identificarán al menos: los elementos objetivo, las tareas a ejecutar, el presupuesto, así

cve: BOE-A-2022-24400
Verificable en https://www.boe.es

En línea con la Ley de institucionalización de la evaluación de políticas públicas en la
Administración General del Estado (LEVA):