II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE JUSTICIA. Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia. (BOE-A-2022-23795)
Orden JUS/1327/2022, de 28 de diciembre, por la que se convoca proceso selectivo extraordinario para acceso por el turno libre, a los Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia, por el sistema de concurso oposición.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 313
Viernes 30 de diciembre de 2022
Sec. II.B. Pág. 191080
Otras titulaciones Universitarias, valorándose un máximo de dos, de las siguientes
titulaciones:
– 6 puntos por estar en posesión de la Licenciatura o Grado de las ramas de
Ciencias del Trabajo, Ciencias Políticas y de la Administración, Administración y Gestión
Pública, Administración y Dirección de Empresas o Criminología.
– 4 puntos por estar en posesión de la Diplomatura en Relaciones Laborales o
Graduado Social o tres cursos completos de la licenciatura de Derecho
– 3 puntos por estar en posesión de cualquier otro grado, licenciatura, diplomatura,
ingeniería o ingeniería técnica del sistema educativo español.
No se valorarán de manera independiente cursos o números de créditos de
titulaciones no acabadas, salvo los tres cursos de la licenciatura en Derecho ya indicada.
B. Historial profesional. La puntuación máxima a otorgar en este apartado será
de 7,5 puntos, con la siguiente baremación.
B-1. Cursos de formación, recibidos y acreditados, en los últimos diez años y hasta
la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias de esta convocatoria, con
contenido principal de carácter jurídico relacionados con la actividad del Cuerpo, y
homologados o impartidos por: el Ministerio o por las Consejerías de Justicia, por el
Ministerio y Consejerías de Educación, por el sistema universitario español, por el
Instituto Nacional de la Administración Pública, por los Servicios Regionales de Empleo u
homologados por otros Departamentos o Administraciones Públicas siempre que conste
su contenido jurídico (o informático), relacionado con las funciones a desempeñar o por
órganos competentes en formación de las Comunidades Autónomas, por otros agentes
promotores dentro del marco del Acuerdo de Formación para el Empleo (IV Acuerdo de
Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas) o por los Servicios Públicos
de Empleo.
–
–
–
–
Entre 11 y 29 h: 1 puntos.
Entre 30 y 59 h: 1,5 puntos.
Entre 60 y 119 h: 2 puntos.
Entre 120 o más h: 2,5 puntos.
Asimismo, conforme con el baremo anterior y bajo las mismas condiciones, se
valorarán los cursos en materia de igualdad o salud laboral que incluyan unidades o
módulos de contenido jurídico.
No se valorarán los cursos siguientes:
A los aspirantes que aporten certificaciones de cursos que formen parte de las
enseñanzas del sistema educativo español, o sean conducentes a la obtención de un
título universitario, se les podrá solicitar certificado académico para comprobar que las
horas lectivas de dicho curso o cursos no han sido convalidadas como créditos
universitarios o créditos ECTS («European Credit Transfer and Accumulation System»).
En caso de que no presentaran la certificación académica requerida o que se
comprobase que las horas lectivas del curso o cursos se han utilizado para convalidar
asignaturas, de las titulaciones señaladas en el apartado A, no se valorarían dentro de
este mérito.
B-2. Cursos de formación en informática, recibidos y acreditados, en los últimos
diez años y hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias de esta
convocatoria, homologados o impartidos por: el Ministerio o por las Consejerías de
Justicia, por el Ministerio y Consejerías de Educación, por el sistema universitario
cve: BOE-A-2022-23795
Verificable en https://www.boe.es
– Certificaciones o diplomas en los que no conste el número de horas ni aquellos
de 10 o menos horas lectivas.
– Los derivados de procesos selectivos, ni los diplomas de participación en jornadas,
simposios, seminarios y similares.
Núm. 313
Viernes 30 de diciembre de 2022
Sec. II.B. Pág. 191080
Otras titulaciones Universitarias, valorándose un máximo de dos, de las siguientes
titulaciones:
– 6 puntos por estar en posesión de la Licenciatura o Grado de las ramas de
Ciencias del Trabajo, Ciencias Políticas y de la Administración, Administración y Gestión
Pública, Administración y Dirección de Empresas o Criminología.
– 4 puntos por estar en posesión de la Diplomatura en Relaciones Laborales o
Graduado Social o tres cursos completos de la licenciatura de Derecho
– 3 puntos por estar en posesión de cualquier otro grado, licenciatura, diplomatura,
ingeniería o ingeniería técnica del sistema educativo español.
No se valorarán de manera independiente cursos o números de créditos de
titulaciones no acabadas, salvo los tres cursos de la licenciatura en Derecho ya indicada.
B. Historial profesional. La puntuación máxima a otorgar en este apartado será
de 7,5 puntos, con la siguiente baremación.
B-1. Cursos de formación, recibidos y acreditados, en los últimos diez años y hasta
la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias de esta convocatoria, con
contenido principal de carácter jurídico relacionados con la actividad del Cuerpo, y
homologados o impartidos por: el Ministerio o por las Consejerías de Justicia, por el
Ministerio y Consejerías de Educación, por el sistema universitario español, por el
Instituto Nacional de la Administración Pública, por los Servicios Regionales de Empleo u
homologados por otros Departamentos o Administraciones Públicas siempre que conste
su contenido jurídico (o informático), relacionado con las funciones a desempeñar o por
órganos competentes en formación de las Comunidades Autónomas, por otros agentes
promotores dentro del marco del Acuerdo de Formación para el Empleo (IV Acuerdo de
Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas) o por los Servicios Públicos
de Empleo.
–
–
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–
Entre 11 y 29 h: 1 puntos.
Entre 30 y 59 h: 1,5 puntos.
Entre 60 y 119 h: 2 puntos.
Entre 120 o más h: 2,5 puntos.
Asimismo, conforme con el baremo anterior y bajo las mismas condiciones, se
valorarán los cursos en materia de igualdad o salud laboral que incluyan unidades o
módulos de contenido jurídico.
No se valorarán los cursos siguientes:
A los aspirantes que aporten certificaciones de cursos que formen parte de las
enseñanzas del sistema educativo español, o sean conducentes a la obtención de un
título universitario, se les podrá solicitar certificado académico para comprobar que las
horas lectivas de dicho curso o cursos no han sido convalidadas como créditos
universitarios o créditos ECTS («European Credit Transfer and Accumulation System»).
En caso de que no presentaran la certificación académica requerida o que se
comprobase que las horas lectivas del curso o cursos se han utilizado para convalidar
asignaturas, de las titulaciones señaladas en el apartado A, no se valorarían dentro de
este mérito.
B-2. Cursos de formación en informática, recibidos y acreditados, en los últimos
diez años y hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias de esta
convocatoria, homologados o impartidos por: el Ministerio o por las Consejerías de
Justicia, por el Ministerio y Consejerías de Educación, por el sistema universitario
cve: BOE-A-2022-23795
Verificable en https://www.boe.es
– Certificaciones o diplomas en los que no conste el número de horas ni aquellos
de 10 o menos horas lectivas.
– Los derivados de procesos selectivos, ni los diplomas de participación en jornadas,
simposios, seminarios y similares.