II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE JUSTICIA. Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia. (BOE-A-2022-23795)
Orden JUS/1327/2022, de 28 de diciembre, por la que se convoca proceso selectivo extraordinario para acceso por el turno libre, a los Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia, por el sistema de concurso oposición.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 313

Viernes 30 de diciembre de 2022

Sec. II.B. Pág. 191079

1.4 Puntuación final de la fase de oposición. La puntuación final de las personas
aprobadas en la fase de oposición estará compuesta por la suma de las puntuaciones de
los tres ejercicios.
Finalizados los tres ejercicios de la oposición, el Tribunal hará públicas las listas de
personas aprobadas, que incluirá, ordenadas de mayor a menor puntuación total
acumulada de los tres ejercicios, a las personas opositoras que hayan aprobado cada
uno de los ejercicios.
El número de personas aprobadas en la fase de oposición será el de las personas
que hayan superado la misma, aun cuando esta cifra exceda del número total de plazas
a cubrir.
1.5 Reserva de nota. Las personas aspirantes que hubieran superado la fase de
oposición en la convocatoria de la OEP 2017-2018, con una nota superior a la mínima
fijada, pero no hubieran obtenido plaza en el Cuerpo al que se presentaron, por no reunir
méritos suficientes en la fase de concurso de aquella convocatoria, quedarán exentos de
realizar en esta convocatoria los ejercicios de esta fase de oposición. Esta reserva solo
podrá reconocerse cuando la persona aspirante se presente por el mismo Cuerpo,
ámbito territorial, y turno (sistema general o turno de reserva), salvo que voluntariamente
se presente en la nueva convocatoria para obtener mejor nota. En este caso, si la nota
obtenida fuese inferior o no superase la fase de oposición, se le reservará la nota de la
oposición de la convocatoria de la OEP 2017-18.
II.b) Fase de concurso
En la fase de concurso se valorarán los méritos que aporten las personas opositoras
que hayan superado todos los ejercicios de la fase de oposición, según el baremo
establecido en este anexo. La puntuación máxima en la fase de concurso será de 67
puntos.
El Ministerio de Justicia facilitará a las personas aspirantes que hubieran superado la
fase de oposición un modelo de «autoevaluación» de la fase de concurso.
La persona aspirante que no aporte méritos o éstos no sean evaluables de acuerdo
con el referido baremo, será calificada con cero puntos en esta fase.
La acreditación del tiempo de servicios prestados como funcionarios interinos en la
Administración de Justicia, en el ámbito del Ministerio de Justicia, se aportará de oficio
por el órgano competente. No obstante, cuando la persona aspirante aporte méritos
como personal interino en distintos territorios de aquel por que se presenta, podrá
aportar justificante del tiempo prestado como personal interino o sustituto en esos otros
territorios o en su caso y, de no obrar en su poder, justificación de haber sido solicitados
al órgano certificante, para así poder ser adecuadamente baremados para lista
provisional de méritos que se emita, agilizando el proceso de baremación de este mérito.
En otro caso se reclamará de oficio por la Administración convocante a las
Administraciones en cuyo poder obren estos datos.
Para acceder a la fase de concurso, será necesario haber superado la fase de
oposición y se valorarán los siguientes méritos:
Títulos y grados académicos.

Títulos y grados académicos incluidos en el sistema educativo español. La
puntuación máxima a otorgar en este apartado será de 12 puntos, conforme al siguiente
baremo y con independencia de cuál haya sido la titulación aportada como requisito de
titulación para participar en el proceso selectivo:
– 12 puntos por estar en posesión de la licenciatura en Derecho, o bien, grado en
Derecho y máster con contenido de carácter jurídico.
– 10 puntos por estar en posesión del grado en Derecho.

cve: BOE-A-2022-23795
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A.