II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE JUSTICIA. Cuerpo Nacional de Médicos Forenses. (BOE-A-2022-23793)
Orden JUS/1325/2022, de 28 de diciembre, por la que se convoca proceso selectivo extraordinario para acceso por el turno libre, en el Cuerpo Nacional de Médicos Forenses, por el sistema selectivo de concurso.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 30 de diciembre de 2022

Sec. II.B. Pág. 191015

del Estatuto Básico del Empleado Público, y el resto de la normativa del Estado sobre
Función Pública.
A la presente convocatoria se le dará publicidad en las páginas webs del punto de
acceso general (www.administracion.gob.es) y del Ministerio de Justicia,
www.mjusticia.gob.es (Ciudadanos-Empleo público).
1.

Descripción de las plazas

1.1 Se convoca proceso selectivo para cubrir por el turno libre, 85 plazas en el Cuerpo
Nacional de Médicos Forenses, a través del sistema selectivo de concurso, conforme a lo
dispuesto en el Real Decreto 408/2022, de 24 de mayo, por el que se aprueba la oferta de
empleo público para la estabilización de empleo temporal en la Administración General del
Estado correspondiente a la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la
reducción de la temporalidad en el empleo público.
La convocatoria de las plazas se llevará a cabo conjuntamente en todo el territorio
nacional, de acuerdo con la distribución territorial, entre el ámbito gestionado por el
Ministerio de Justicia y las distintas Comunidades Autónomas con competencias
asumidas en medidos personales, que se recoge en el siguiente cuadro:
Ámbito Territorial

Sistema general

Andalucía.

0

Aragón.

2

Asturias.

4

Canarias.

3

Cantabria.

0

Cataluña.

25

Comunidad Valenciana.

1

Galicia.

11

La Rioja.

0

Madrid.

24

Navarra.

0

País Vasco.

4

Total CCAA.

74

Ministerio de Justicia.

11

Total.

85

Cuando el número de plazas o el mejor desarrollo de los procesos selectivos lo aconseje,
se podrán agrupar las vacantes correspondientes a uno o varios territorios, solamente a
efectos de la ejecución del proceso selectivo. Así, aunque las personas aspirantes se
examinen en una sede territorial diferente a la del ámbito por el que concurren, de resultar
aprobadas en la convocatoria, serán destinadas obligatoriamente a alguna de las vacantes
radicadas en el ámbito territorial que hubieran expresado en su solicitud.
1.2 Las personas aspirantes sólo podrán participar por un único ámbito territorial y,
en caso de superar el proceso selectivo, obtendrán necesariamente destino dentro del
ámbito territorial por el que concurren. Las plazas que queden desiertas en un ámbito
territorial no se podrán acumular a otro distinto, sin perjuicio de lo dispuesto a
continuación y en el punto anterior.
1.3 No se admitirá la modificación del ámbito territorial elegido una vez presentada
la solicitud, salvo para el caso de que se produjeran vacantes en un determinado ámbito

cve: BOE-A-2022-23793
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Núm. 313