II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE JUSTICIA. Cuerpo Nacional de Médicos Forenses. (BOE-A-2022-23793)
Orden JUS/1325/2022, de 28 de diciembre, por la que se convoca proceso selectivo extraordinario para acceso por el turno libre, en el Cuerpo Nacional de Médicos Forenses, por el sistema selectivo de concurso.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 30 de diciembre de 2022
Sec. II.B. Pág. 191016
territorial, en cuyo caso se ofrecerá relación complementaria a los aspirantes que,
habiendo sido valorados sus méritos en la fase de concurso, sigan a los propuestos
hasta completar el total de plazas convocadas.
Así, de este modo, si en un ámbito territorial hubiesen aspirantes que habiendo sido
baremados sus méritos no superasen el proceso selectivo al venir el número de
personas aprobadas limitado por el número de plazas convocadas en ese ámbito
territorial y en otro ámbito territorial hubiesen quedado plazas sin cubrir, estas plazas
vacantes podrán ser ofertadas a los aspirantes que no superaron el proceso en su
ámbito, de mayor a menor nota, debiendo manifestar expresamente su conformidad con
el cambio de ámbito territorial y su inclusión a continuación del último o última candidata
que aprobó por el ámbito en el que le ha ofertado la plaza vacante existente. Si la
persona aspirante con la nota más alta rechazase esta posibilidad, se pasará a la
siguiente y así sucesivamente.
1.4 Las presentes bases de convocatoria se publicarán de forma simultánea en el
«Boletín Oficial del Estado» y en los boletines oficiales de las Comunidades Autónomas
donde se convocan plazas. En el supuesto de que dicha simultaneidad no fuera posible,
todos los términos y plazos establecidos en la presente Orden se contarán a partir de la
publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
2.
Proceso selectivo
2.1 El proceso selectivo tendrá lugar exclusivamente por el sistema de concurso. A
las personas aspirantes se les aplicará el baremo de méritos que figura en el anexo I-A
de esta convocatoria.
2.2 La calificación final del proceso selectivo vendrá determinada por la suma de
las puntuaciones finales obtenidas en cada uno de los distintos méritos objeto de
baremación, con los límites que para cada uno se han fijado, debiendo alcanzarse, al
menos una puntuación de 15 puntos, sobre un máximo posible de 100 puntos para
superar el proceso selectivo.
2.3 En ningún caso podrá declararse superado el proceso selectivo en cada ámbito a
un número mayor de aspirantes que el de plazas objeto de esta convocatoria, siendo nulas
de pleno derecho las propuestas de personas aprobadas que contravengan esta limitación.
2.4 En caso de empate, en el orden de puntuación primará, en primer lugar, la
puntuación más alta obtenida por el mérito D (servicios prestados en los Cuerpos de la
Administración de Justicia), de persistir el empate se atenderá a la puntuación más alta
obtenida dentro de este apartado en la puntuación otorgada por interinidad como médico
forense en la Administración de Justicia, de continuar a la puntuación más alta obtenida
por los servicios prestados como Facultativo del INTCF en el Servicio de Información
Toxicológica, si continúa el empate a la puntuación más alta obtenida por los servicios
prestados como médico en centros hospitalarios o sanitarios, si persistiera el empate se
atenderá a la mayor puntuación obtenida por los servicios prestados en el Cuerpo
Especial de Facultativos del INTCF. De persistir el empate se atenderá a la nota más alta
en el mérito C (superación de ejercicios en procesos anteriores), si aun así persistiese,
dentro de este apartado se atenderá a la puntuación más alta por exámenes aprobados
dentro del mismo cuerpo al que se presenta y de persistir el empate a la nota más alta
dentro del apartado relativo a exámenes aprobados en convocatorias del Cuerpo
Especial de Facultativos del INTCF, de continuar el empate se estará a la puntuación
más alta obtenida por exámenes aprobados de otros Cuerpos de la Administración de
Justicia. Si persiste el empate habrá que estar a la puntuación más alta del mérito B
(historial profesional), si continua el empate a la mayor puntuación en primer lugar por el
apartado B.1 y en segundo lugar por el apartado B.2. De continuar el empate al mérito A
(títulos y grados académicos). Por último, si aún persistiera el empate primará la primera
letra del primer apellido empezando por la letra «U», de acuerdo con la Resolución de 9
de mayo de 2022, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se publica
el resultado del sorteo a que se refiere el Reglamento General de Ingreso del Personal al
cve: BOE-A-2022-23793
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 313
Viernes 30 de diciembre de 2022
Sec. II.B. Pág. 191016
territorial, en cuyo caso se ofrecerá relación complementaria a los aspirantes que,
habiendo sido valorados sus méritos en la fase de concurso, sigan a los propuestos
hasta completar el total de plazas convocadas.
Así, de este modo, si en un ámbito territorial hubiesen aspirantes que habiendo sido
baremados sus méritos no superasen el proceso selectivo al venir el número de
personas aprobadas limitado por el número de plazas convocadas en ese ámbito
territorial y en otro ámbito territorial hubiesen quedado plazas sin cubrir, estas plazas
vacantes podrán ser ofertadas a los aspirantes que no superaron el proceso en su
ámbito, de mayor a menor nota, debiendo manifestar expresamente su conformidad con
el cambio de ámbito territorial y su inclusión a continuación del último o última candidata
que aprobó por el ámbito en el que le ha ofertado la plaza vacante existente. Si la
persona aspirante con la nota más alta rechazase esta posibilidad, se pasará a la
siguiente y así sucesivamente.
1.4 Las presentes bases de convocatoria se publicarán de forma simultánea en el
«Boletín Oficial del Estado» y en los boletines oficiales de las Comunidades Autónomas
donde se convocan plazas. En el supuesto de que dicha simultaneidad no fuera posible,
todos los términos y plazos establecidos en la presente Orden se contarán a partir de la
publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
2.
Proceso selectivo
2.1 El proceso selectivo tendrá lugar exclusivamente por el sistema de concurso. A
las personas aspirantes se les aplicará el baremo de méritos que figura en el anexo I-A
de esta convocatoria.
2.2 La calificación final del proceso selectivo vendrá determinada por la suma de
las puntuaciones finales obtenidas en cada uno de los distintos méritos objeto de
baremación, con los límites que para cada uno se han fijado, debiendo alcanzarse, al
menos una puntuación de 15 puntos, sobre un máximo posible de 100 puntos para
superar el proceso selectivo.
2.3 En ningún caso podrá declararse superado el proceso selectivo en cada ámbito a
un número mayor de aspirantes que el de plazas objeto de esta convocatoria, siendo nulas
de pleno derecho las propuestas de personas aprobadas que contravengan esta limitación.
2.4 En caso de empate, en el orden de puntuación primará, en primer lugar, la
puntuación más alta obtenida por el mérito D (servicios prestados en los Cuerpos de la
Administración de Justicia), de persistir el empate se atenderá a la puntuación más alta
obtenida dentro de este apartado en la puntuación otorgada por interinidad como médico
forense en la Administración de Justicia, de continuar a la puntuación más alta obtenida
por los servicios prestados como Facultativo del INTCF en el Servicio de Información
Toxicológica, si continúa el empate a la puntuación más alta obtenida por los servicios
prestados como médico en centros hospitalarios o sanitarios, si persistiera el empate se
atenderá a la mayor puntuación obtenida por los servicios prestados en el Cuerpo
Especial de Facultativos del INTCF. De persistir el empate se atenderá a la nota más alta
en el mérito C (superación de ejercicios en procesos anteriores), si aun así persistiese,
dentro de este apartado se atenderá a la puntuación más alta por exámenes aprobados
dentro del mismo cuerpo al que se presenta y de persistir el empate a la nota más alta
dentro del apartado relativo a exámenes aprobados en convocatorias del Cuerpo
Especial de Facultativos del INTCF, de continuar el empate se estará a la puntuación
más alta obtenida por exámenes aprobados de otros Cuerpos de la Administración de
Justicia. Si persiste el empate habrá que estar a la puntuación más alta del mérito B
(historial profesional), si continua el empate a la mayor puntuación en primer lugar por el
apartado B.1 y en segundo lugar por el apartado B.2. De continuar el empate al mérito A
(títulos y grados académicos). Por último, si aún persistiera el empate primará la primera
letra del primer apellido empezando por la letra «U», de acuerdo con la Resolución de 9
de mayo de 2022, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se publica
el resultado del sorteo a que se refiere el Reglamento General de Ingreso del Personal al
cve: BOE-A-2022-23793
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 313