II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE JUSTICIA. Cuerpo Especial de Facultativos del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses. (BOE-A-2022-23790)
Orden JUS/1322/2022, de 28 de diciembre, por la que se convoca proceso selectivo para acceso por el turno libre, al Cuerpo Especial de Facultativos del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses por el sistema selectivo de concurso oposición.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 30 de diciembre de 2022
Sec. II.B. Pág. 190951
El Tribunal Calificador Único valorará los méritos según las certificaciones aportadas
y publicará en la página web del Ministerio de Justicia las relaciones de aspirantes con la
valoración provisional de méritos de la fase de concurso, con indicación de la puntación
obtenida en cada mérito y la total. Los aspirantes dispondrán de un plazo de diez días
naturales a partir del siguiente al de la publicación de dichas relaciones, para efectuar las
alegaciones pertinentes.
Concluido el plazo y vistas y resueltas las alegaciones, el Tribunal publicará la
relación con la valoración definitiva de la fase de concurso.
7.4 Embarazo de riesgo y parto, enfermedad grave y hospitalización. Si no se
pudiera completar el proceso selectivo a causa de embarazo de riesgo, parto,
enfermedad grave, hospitalización o cualquier otra circunstancia de carácter excepcional,
debidamente acreditados, deberá comunicarlo al Tribunal con suficiente antelación, y en
todo caso con anterioridad a la realización del ejercicio, de modo que sean valorados por
el Tribunal Calificador Único y la persona aspirante pueda ser convocada con
posterioridad, a través de la página web.
La situación de la persona aspirante quedará condicionada a la finalización de dicha
causa y a la superación de las fases que hubieran quedado aplazadas, no pudiendo
demorarse éstas de manera que se menoscabe el derecho del resto de los aspirantes a
una resolución del proceso en tiempos razonables. En todo caso, la realización de las
mismas tendrá lugar antes de la publicación de la lista de aspirantes que hayan
superado el proceso selectivo, realizándose un solo ejercicio común para todas estas
situaciones.
7.5 Propuesta de personas aspirantes aprobadas. Finalizado el proceso selectivo,
el Tribunal elevará al Ministerio de Justicia propuesta con la relación de personas que
superan la fase de concurso y de oposición para su nombramiento como personal
funcionario en prácticas en cada especialidad, cuyo número no podrá exceder el de
plazas convocadas, que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» con indicación del
número de orden, apellidos y nombre, DNI, puntuación obtenida en cada uno de los
ejercicios, y total de todos los ejercicios obligatorios.
Las personas aspirantes que no se hallen incluidas en dicha relación, se entenderá
que no han superado el proceso selectivo y no podrán ser nombradas personal
funcionario en prácticas en este proceso.
8. Presentación de documentación
8.1 Quienes figuren en la relación definitiva de personas aprobadas, en el plazo de
diez días hábiles contados a partir de la publicación de ésta en el «Boletín Oficial del
Estado», presentarán en el Registro General del Ministerio de Justicia (calle Bolsa, núm.
8, 28071 Madrid) por los medios previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
dirigidos a la Unidad EA0041037-Oficina O00011588-Medios Personales. Procesos
Selectivos la documentación siguiente:
a) Solicitud de destino ajustada a los requerimientos que, en su caso, se
establezcan en la oferta publicada por el Ministerio de Justicia.
b) Las personas aspirantes que, en su solicitud de participación inicial, se hayan
opuesto a que sus datos de identidad personal y los referidos a sus titulaciones o
certificaciones académicas, puedan ser consultados y verificados de oficio por el órgano
instructor de este proceso selectivo deberán aportar también:
– Copia auténtica del documento nacional de identidad, o equivalente.
– Copia auténtica del título exigido en la convocatoria o certificación académica
acreditativa de tener aprobadas todas las asignaturas, que le capacitan para la obtención
del mismo acompañando el resguardo justificativo de haber abonado los derechos para
su expedición.
cve: BOE-A-2022-23790
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 313
Viernes 30 de diciembre de 2022
Sec. II.B. Pág. 190951
El Tribunal Calificador Único valorará los méritos según las certificaciones aportadas
y publicará en la página web del Ministerio de Justicia las relaciones de aspirantes con la
valoración provisional de méritos de la fase de concurso, con indicación de la puntación
obtenida en cada mérito y la total. Los aspirantes dispondrán de un plazo de diez días
naturales a partir del siguiente al de la publicación de dichas relaciones, para efectuar las
alegaciones pertinentes.
Concluido el plazo y vistas y resueltas las alegaciones, el Tribunal publicará la
relación con la valoración definitiva de la fase de concurso.
7.4 Embarazo de riesgo y parto, enfermedad grave y hospitalización. Si no se
pudiera completar el proceso selectivo a causa de embarazo de riesgo, parto,
enfermedad grave, hospitalización o cualquier otra circunstancia de carácter excepcional,
debidamente acreditados, deberá comunicarlo al Tribunal con suficiente antelación, y en
todo caso con anterioridad a la realización del ejercicio, de modo que sean valorados por
el Tribunal Calificador Único y la persona aspirante pueda ser convocada con
posterioridad, a través de la página web.
La situación de la persona aspirante quedará condicionada a la finalización de dicha
causa y a la superación de las fases que hubieran quedado aplazadas, no pudiendo
demorarse éstas de manera que se menoscabe el derecho del resto de los aspirantes a
una resolución del proceso en tiempos razonables. En todo caso, la realización de las
mismas tendrá lugar antes de la publicación de la lista de aspirantes que hayan
superado el proceso selectivo, realizándose un solo ejercicio común para todas estas
situaciones.
7.5 Propuesta de personas aspirantes aprobadas. Finalizado el proceso selectivo,
el Tribunal elevará al Ministerio de Justicia propuesta con la relación de personas que
superan la fase de concurso y de oposición para su nombramiento como personal
funcionario en prácticas en cada especialidad, cuyo número no podrá exceder el de
plazas convocadas, que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» con indicación del
número de orden, apellidos y nombre, DNI, puntuación obtenida en cada uno de los
ejercicios, y total de todos los ejercicios obligatorios.
Las personas aspirantes que no se hallen incluidas en dicha relación, se entenderá
que no han superado el proceso selectivo y no podrán ser nombradas personal
funcionario en prácticas en este proceso.
8. Presentación de documentación
8.1 Quienes figuren en la relación definitiva de personas aprobadas, en el plazo de
diez días hábiles contados a partir de la publicación de ésta en el «Boletín Oficial del
Estado», presentarán en el Registro General del Ministerio de Justicia (calle Bolsa, núm.
8, 28071 Madrid) por los medios previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
dirigidos a la Unidad EA0041037-Oficina O00011588-Medios Personales. Procesos
Selectivos la documentación siguiente:
a) Solicitud de destino ajustada a los requerimientos que, en su caso, se
establezcan en la oferta publicada por el Ministerio de Justicia.
b) Las personas aspirantes que, en su solicitud de participación inicial, se hayan
opuesto a que sus datos de identidad personal y los referidos a sus titulaciones o
certificaciones académicas, puedan ser consultados y verificados de oficio por el órgano
instructor de este proceso selectivo deberán aportar también:
– Copia auténtica del documento nacional de identidad, o equivalente.
– Copia auténtica del título exigido en la convocatoria o certificación académica
acreditativa de tener aprobadas todas las asignaturas, que le capacitan para la obtención
del mismo acompañando el resguardo justificativo de haber abonado los derechos para
su expedición.
cve: BOE-A-2022-23790
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 313