II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE JUSTICIA. Cuerpo Especial de Facultativos del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses. (BOE-A-2022-23790)
Orden JUS/1322/2022, de 28 de diciembre, por la que se convoca proceso selectivo para acceso por el turno libre, al Cuerpo Especial de Facultativos del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses por el sistema selectivo de concurso oposición.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 313
Viernes 30 de diciembre de 2022
Sec. II.B. Pág. 190952
c) En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá presentarse copia
auténtica de la documentación que acredite su homologación, o en su caso, del
correspondiente certificado de equivalencia.
8.2 Ante la imposibilidad, debidamente justificada, de presentar los documentos
expresados en el apartado anterior, podrá acreditarse que se poseen las condiciones
exigidas en la convocatoria mediante cualquier medio de prueba admisible en Derecho.
8.3 Quienes, dentro del plazo fijado, y salvo causa de fuerza mayor, no presentaren
la documentación o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los
requisitos establecidos, no podrán ser nombrados o nombradas personal funcionario y
quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren
podido incurrir por falsedad en la solicitud inicial.
En este último caso, o en el supuesto de renuncia de alguno de los aspirantes antes
de su nombramiento como personal funcionario de carrera, el Ministerio de Justicia
requerirá al Tribunal Calificador Único, relación complementaria de personas aspirantes
que, habiendo aprobado todos los ejercicios, sigan a los propuestos hasta completar el
total de plazas convocadas.
En este supuesto, las personas aspirantes incluidas en esta relación complementaria
deberán presentar la documentación acreditativa, que se detalla en esta misma base, en
un plazo no superior a cinco días hábiles, desde su publicación en la página web del
Ministerio de Justicia.
8.4 Comprobado que las personas aspirantes, cuyo número no podrá superar al de
plazas convocadas en cada cuerpo y, en su caso, especialidad, reúnen los requisitos de
la base cuarta de la presente convocatoria serán nombradas personal funcionario en
prácticas, mediante resolución de la autoridad competente del Ministerio de Justicia que
será publicada en su página web, convocándolas a la realización del curso selectivo.
Curso o periodo de prácticas selectivo
9.1 El personal funcionario en prácticas será destinado al centro, instituto o servicio
de destino, que el Ministerio de Justicia determine, para el desarrollo de un curso
selectivo.
El curso selectivo, cuya duración no será superior a seis meses, constará de dos
fases, la primera de ellas, fase teórica, se desarrollará en el Centro de Estudios Jurídicos
mientras que la fase de prácticas tuteladas se desarrollará en el Instituto Nacional de
Toxicología y Ciencias Forenses o en los centros que se determinen, conforme al plan
docente aprobado por el Centro de Estudios Jurídicos.
El curso selectivo, organizado por el Centro de Estudios Jurídicos podrá consistir en
la realización de prácticas tuteladas en un Departamento o Delegación del Instituto
Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses, por un período no superior a seis meses,
para lo que se nombrará un tutor o una tutora del propio Instituto.
El curso selectivo se calificará por el Centro de Estudios Jurídicos como apto o no
apto, debiendo obtener la calificación de apto para su superación. En caso de realización
de prácticas tuteladas, el tutor o la tutora realizará a los centros competentes una
propuesta de calificación de apto o no apto de cada aspirante.
Quienes no superen el curso selectivo podrán repetirlo en la próxima convocatoria,
conservando la puntuación obtenida en el concurso-oposición a que se refiere la
presente convocatoria. Si tampoco lo superan perderán el derecho a su nombramiento
como personal funcionario de carrera.
9.2 Finalizado el curso selectivo continuarán prestando servicios como personal
funcionario en prácticas hasta su nombramiento definitivo como personal funcionario de
carrera en el mismo instituto o centro donde hayan realizado las prácticas.
Las personas aspirantes que se encuentren en activo como personal funcionario
interino del Cuerpo y especialidad, por la que hubieran aprobado y que hayan prestado
servicios efectivos en este Cuerpo y especialidad, al menos por un año continuado
durante el año anterior a esta convocatoria o por más de dieciocho meses en los últimos
cve: BOE-A-2022-23790
Verificable en https://www.boe.es
9.
Núm. 313
Viernes 30 de diciembre de 2022
Sec. II.B. Pág. 190952
c) En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá presentarse copia
auténtica de la documentación que acredite su homologación, o en su caso, del
correspondiente certificado de equivalencia.
8.2 Ante la imposibilidad, debidamente justificada, de presentar los documentos
expresados en el apartado anterior, podrá acreditarse que se poseen las condiciones
exigidas en la convocatoria mediante cualquier medio de prueba admisible en Derecho.
8.3 Quienes, dentro del plazo fijado, y salvo causa de fuerza mayor, no presentaren
la documentación o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los
requisitos establecidos, no podrán ser nombrados o nombradas personal funcionario y
quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren
podido incurrir por falsedad en la solicitud inicial.
En este último caso, o en el supuesto de renuncia de alguno de los aspirantes antes
de su nombramiento como personal funcionario de carrera, el Ministerio de Justicia
requerirá al Tribunal Calificador Único, relación complementaria de personas aspirantes
que, habiendo aprobado todos los ejercicios, sigan a los propuestos hasta completar el
total de plazas convocadas.
En este supuesto, las personas aspirantes incluidas en esta relación complementaria
deberán presentar la documentación acreditativa, que se detalla en esta misma base, en
un plazo no superior a cinco días hábiles, desde su publicación en la página web del
Ministerio de Justicia.
8.4 Comprobado que las personas aspirantes, cuyo número no podrá superar al de
plazas convocadas en cada cuerpo y, en su caso, especialidad, reúnen los requisitos de
la base cuarta de la presente convocatoria serán nombradas personal funcionario en
prácticas, mediante resolución de la autoridad competente del Ministerio de Justicia que
será publicada en su página web, convocándolas a la realización del curso selectivo.
Curso o periodo de prácticas selectivo
9.1 El personal funcionario en prácticas será destinado al centro, instituto o servicio
de destino, que el Ministerio de Justicia determine, para el desarrollo de un curso
selectivo.
El curso selectivo, cuya duración no será superior a seis meses, constará de dos
fases, la primera de ellas, fase teórica, se desarrollará en el Centro de Estudios Jurídicos
mientras que la fase de prácticas tuteladas se desarrollará en el Instituto Nacional de
Toxicología y Ciencias Forenses o en los centros que se determinen, conforme al plan
docente aprobado por el Centro de Estudios Jurídicos.
El curso selectivo, organizado por el Centro de Estudios Jurídicos podrá consistir en
la realización de prácticas tuteladas en un Departamento o Delegación del Instituto
Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses, por un período no superior a seis meses,
para lo que se nombrará un tutor o una tutora del propio Instituto.
El curso selectivo se calificará por el Centro de Estudios Jurídicos como apto o no
apto, debiendo obtener la calificación de apto para su superación. En caso de realización
de prácticas tuteladas, el tutor o la tutora realizará a los centros competentes una
propuesta de calificación de apto o no apto de cada aspirante.
Quienes no superen el curso selectivo podrán repetirlo en la próxima convocatoria,
conservando la puntuación obtenida en el concurso-oposición a que se refiere la
presente convocatoria. Si tampoco lo superan perderán el derecho a su nombramiento
como personal funcionario de carrera.
9.2 Finalizado el curso selectivo continuarán prestando servicios como personal
funcionario en prácticas hasta su nombramiento definitivo como personal funcionario de
carrera en el mismo instituto o centro donde hayan realizado las prácticas.
Las personas aspirantes que se encuentren en activo como personal funcionario
interino del Cuerpo y especialidad, por la que hubieran aprobado y que hayan prestado
servicios efectivos en este Cuerpo y especialidad, al menos por un año continuado
durante el año anterior a esta convocatoria o por más de dieciocho meses en los últimos
cve: BOE-A-2022-23790
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