III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Impuestos. (BOE-A-2022-24387)
Orden HFP/1337/2022, de 28 de diciembre, por la que se aprueba el modelo 593 "Impuesto sobre el depósito de residuos en vertederos, la incineración y la coincineración de residuos. Autoliquidación", se establece la forma y procedimiento para su presentación, se regula la inscripción en el Registro territorial de los obligados tributarios por el Impuesto sobre el depósito de residuos en vertederos, la incineración y la coincineración de residuos y se aprueba el modelo de tarjeta de inscripción.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 313

Viernes 30 de diciembre de 2022
Artículo 2.

Sec. III. Pág. 192948

Obligados y plazos para la presentación del modelo 593.

La presentación del modelo 593 y, en su caso, el pago de la deuda tributaria por los
obligados conforme al artículo 95.2 de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos
contaminados para una economía circular, se efectuará dentro de los treinta primeros
días naturales siguientes a aquel en que finaliza el periodo de liquidación que coincidirá
con el trimestre natural. En caso de domiciliación bancaria del pago, el plazo será desde
el día 1 hasta el día 25 del mes siguiente a aquel en que finaliza el periodo de liquidación
que corresponda.
Artículo 3. Forma, condiciones generales y procedimiento para la presentación del
modelo 593.
1. El modelo 593 «Impuesto sobre el depósito de residuos en vertederos, la
incineración y la coincineración de residuos. Autoliquidación» se presentará, de forma
obligatoria, por vía electrónica a través de Internet conforme a lo dispuesto en los
artículos 2.a), 6, 7, 8 y 9 de la Orden HAP/2194/2013, de 22 de noviembre, por la que se
regulan los procedimientos y las condiciones generales para la presentación de
determinadas autoliquidaciones, declaraciones informativas, declaraciones censales,
comunicaciones y solicitudes de devolución de naturaleza tributaria.
2. La presentación del modelo 593 y, en su caso, el pago simultáneo de las cuotas
se efectuará, con carácter general, por cada uno de los sujetos pasivos, en entidad
colaboradora autorizada.
3. Los obligados deberán presentar una autoliquidación por cada Comunidad
Autónoma donde se realice el hecho imponible del impuesto, y deberá efectuarse ante la
oficina gestora correspondiente al establecimiento donde ejerza su actividad. Cuando el
sujeto pasivo sea titular de varios establecimientos radicados en una misma Comunidad
Autónoma, la Oficina Gestora podrá autorizar la presentación y pago de una única
autoliquidación centralizada en una entidad colaboradora autorizada.
Artículo 4. Inscripción en el Registro territorial del Impuesto sobre el depósito de
residuos en vertederos, la incineración y coincineración de residuos y aprobación del
modelo de tarjeta de inscripción.
1. Conforme a lo dispuesto en el artículo 95.4 de la Ley 7/2022, de 8 de abril,
deberán solicitar la inscripción en el Registro territorial correspondiente a la oficina
gestora de impuestos especiales donde radique el establecimiento donde ejerzan su
actividad:

2. Los obligados mencionados en el apartado anterior deberán presentar una
solicitud de inscripción, acompañada de la siguiente documentación:
a) Documentación acreditativa de la representación, cuando el obligado actúe
mediante representante.
b) Memoria descriptiva de la actividad a desarrollar por la que se solicita la
inscripción, con indicación del epígrafe del Impuesto sobre Actividades Económicas que,
en su caso, le corresponde.

cve: BOE-A-2022-24387
Verificable en https://www.boe.es

a) Las personas o entidades gestoras de vertederos autorizados, de titularidad
pública o privada, donde se efectúe la entrega de residuos para su eliminación.
b) Las personas o entidades gestoras de instalaciones de incineración autorizadas,
de titularidad pública o privada, donde se efectúe la entrega de residuos para su
eliminación o valorización energética.
c) Las personas o entidades gestoras de instalaciones de coincineración
autorizadas, de titularidad pública o privada, donde se efectúe la entrega de residuos
para su eliminación o valorización energética.