III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Impuestos. (BOE-A-2022-24386)
Orden HFP/1336/2022, de 28 de diciembre, por la que se modifica la Orden HAC/177/2020, de 27 de febrero, por la que se aprueba el modelo 140, de solicitud del abono anticipado de la deducción por maternidad del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y se regula la comunicación de variaciones que afecten al derecho a su abono anticipado y otra normativa tributaria.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 313

Viernes 30 de diciembre de 2022
Ocho.

Sec. III. Pág. 192942

Se añaden dos disposiciones transitorias nuevas, con la siguiente redacción:

«Disposición transitoria segunda. Solicitudes de abono anticipado presentadas
hasta el 31 de diciembre de 2022.
Cuando se hubiera percibido el abono anticipado de la deducción por
maternidad correspondiente al mes de diciembre de 2022, no será necesario
volver a presentar la solicitud en relación con los meses sucesivos, puesto que la
Agencia Tributaria seguirá abonando su importe siempre que se cumplan los
requisitos establecidos en la normativa vigente a partir de 1 de enero de 2023.»
«Disposición transitoria tercera. Solicitudes de abono anticipado presentadas a
partir del 1 de enero de 2023.
Las solicitudes de abono anticipado de las deducciones a que se refiere el
apartado 1 del artículo 81 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, podrán
presentarse a partir del 2 de enero de 2023.»
Artículo Segundo. Modificación de la Orden EHA/3695/2007, de 13 de diciembre, por
la que se aprueba el modelo 030 de Declaración censal de alta en el Censo de
obligados tributarios, cambio de domicilio y/o variación de datos personales, que
pueden utilizar las personas físicas, se determinan el lugar y forma de presentación
del mismo y se modifica la Orden EHA/1274/2007, de 26 de abril, por la que se
aprueban los modelos 036 de Declaración censal de alta, modificación y baja en el
Censo de empresarios profesionales y retenedores y 037 Declaración censal
simplificada de alta, modificación y baja en el Censo de empresarios, profesionales y
retenedores.
Se introducen las siguientes modificaciones en la Orden EHA/3695/2007, de 13 de
diciembre:
Uno.
forma:

Se modifica el apartado 1 del artículo 7, que queda redactado de la siguiente

«1. Los obligados tributarios a que se refiere el artículo 2 anterior, también
podrán comunicar a la Agencia Estatal de Administración Tributaria su cambio de
domicilio fiscal mediante llamada telefónica, previa solicitud de cita, o a través de
los sistemas digitales previstos válidos en cada momento en la Sede Electrónica
de la Agencia Tributaria. A estos efectos, se adoptarán las medidas de control
precisas que permitan garantizar la identidad de la persona o personas que
efectúan dicha comunicación, así como la conservación de la misma.»

Se introducen las siguientes modificaciones en la Orden HAP/2486/2014, de 29 de
diciembre, por la que se aprueba el modelo 143 para la solicitud del abono anticipado de
las deducciones por familia numerosa y personas con discapacidad a cargo del Impuesto

cve: BOE-A-2022-24386
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Artículo Tercero. Modificación de la Orden HAP/2486/2014, de 29 de diciembre, por la
que se aprueba el modelo 143 para la solicitud del abono anticipado de las
deducciones por familia numerosa y personas con discapacidad a cargo del
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y se regulan el lugar, plazo y
formas de presentación.