II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Escala de funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional. (BOE-A-2022-23799)
Orden HFP/1329/2022, de 29 de diciembre, por la que se convoca el proceso selectivo en el marco de la estabilización del empleo temporal, a la subescala de Intervención-Tesorería, categoría de Entrada, para el acceso a la Escala de funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 313

Viernes 30 de diciembre de 2022

Sec. II.B. Pág. 191174

– Servicios efectivos prestados como personal funcionario del subgrupo A1 en
cualquier Administración local, en materias relacionadas con la asesoría legal o
funciones de intervención y tesorería: a razón de 1,44 puntos por año completo de
servicios efectivos, hasta un máximo de 14,4 puntos.
– Servicios efectivos prestados como personal funcionario del subgrupo A1 en
cualquier Administración autonómica o estatal o como personal laboral con categoría
similar, en materias relacionadas con la asesoría legal o funciones interventoras en el
sector público institucional o en Administraciones de EEMM de la UE: a razón de 0,72
puntos por año completo de servicios efectivos, hasta un máximo de 7,2 puntos.
b. Méritos académicos. La puntuación máxima por todo el apartado de méritos
académicos alcanzará 4 puntos.
– Superación de ejercicios de los procesos selectivos para acceso, por el sistema
general de acceso libre, a la subescala de Intervención-Tesorería, categoría de entrada
de la Escala de funcionarios de Administración local con habilitación de carácter nacional
cuyas convocatorias hayan sido publicadas a partir de la Oferta de Empleo Público
de 2014 (incluida) hasta la fecha de publicación de la presente convocatoria:
a. Superación del primer ejercicio de la fase de oposición correspondiente a las
pruebas de acceso, por el sistema general de acceso libre, a la subescala de
Intervención-Tesorería, categoría de entrada, en cualquiera de sus convocatorias y con
independencia del número de convocatorias: 1 punto.
b. Superación del segundo ejercicio de la fase de oposición correspondiente a las
pruebas de acceso por el sistema general de acceso libre, a la subescala de
Intervención-Tesorería, categoría de entrada, en cualquiera de sus convocatorias y con
independencia del número de convocatorias: 2 puntos.
La puntuación máxima por este apartado será de 2 puntos.
– Posesión de una titulación universitaria de carácter oficial de entre las
expresamente incluidas en la Resolución de 16 de agosto de 2021, de la Dirección
General de la Función Pública, por la que se establecen las titulaciones académicas
puntuables a efectos de méritos generales del personal funcionario de Administración
local con habilitación de carácter nacional y sus modificaciones: 2 puntos.
La puntuación es única, con independencia del número de titulaciones que se
posean.
1.4 La Calificación del concurso-oposición. La calificación vendrá determinada por
la suma de la puntuación obtenida en la fase de oposición y la puntuación obtenida en la
fase de concurso. La calificación final de este proceso se efectuará con tres decimales.
En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a los siguientes criterios:

2.
2.1

Sistema de concurso

Descripción y calificación del concurso:

Las personas aspirantes deberán de presentar los certificados de requisitos y
méritos, durante el plazo de presentación de instancias establecido en la base 9.2, como
archivo adjunto a su instancia de participación al proceso selectivo.

cve: BOE-A-2022-23799
Verificable en https://www.boe.es

Primero. La mayor calificación obtenida en la fase de oposición.
Segundo. De persistir el empate, la mayor calificación obtenida en la fase de
concurso. De persistir el empate se acudirá para dirimirlo a la puntuación otorgada a
cada uno de los méritos señalados en la base 1.3 anexo I de la presente convocatoria,
por el orden de prelación establecido según su orden de enumeración en dicha base.
Tercero. De persistir el empate se atenderá al orden alfabético de actuación
mencionado en la base 5.1.