III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL. Ayudas. (BOE-A-2022-24414)
Orden ETD/1345/2022, de 28 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras y se efectúa la convocatoria correspondiente a 2022 para la concesión de ayudas a pequeñas y medianas empresas para la contratación de profesionales de la Transformación Digital en el marco de la Agenda España Digital 2026, el Plan de Digitalización de pymes 2021-2025 y el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España, financiado por la Unión Europea, NextGenerationEU (Programa Agentes del Cambio).
44 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 313

Viernes 30 de diciembre de 2022
Cuarto.

Sec. III. Pág. 193244

Presentación de solicitudes.

La presentación de solicitudes se realizará de conformidad con lo dispuesto en los
artículos 22 y siguientes de las bases reguladoras de la presente orden.
El plazo para presentar solicitudes para esta convocatoria será de tres (3) meses.
Dicho plazo comenzará a contarse el 25 de abril de 2023.
Quinto. Procedimiento de concesión.
El procedimiento y la resolución de concesión serán conformes a lo recogido en los
artículos 21 y siguientes de las bases reguladoras. La resolución de concesión pondrá fin
a la vía administrativa, de acuerdo con el art 114.2 b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Sexto.

Publicidad de las ayudas concedidas.

De acuerdo con los artículos 26 y 33 de las bases reguladoras, las resoluciones se
publicarán en la sede electrónica del Ministerio de Asuntos Económicos y
Transformación Digital, en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y un extracto de
la misma, en el «Boletín Oficial del Estado», de conformidad con lo dispuesto en el Real
Decreto 130/2019, de 8 de marzo, y se notificarán a los beneficiarios de forma
individualizada.
Séptimo.

Presupuesto y determinación de la imputación de créditos.

El presupuesto máximo convocado es de 121.000.000,00 euros a cargo del crédito
presupuestario establecido en el artículo 7.6 de la Orden.
ANEXO II
Criterios de graduación de los posibles incumplimientos
A tenor de lo dispuesto en el artículo 36 de la presente orden, en el presente anexo
se disponen los baremos para el cálculo de las minoraciones en el importe justificado de
la ayuda a las entidades que se hayan aproximado de modo significativo al cumplimiento
total y puedan acreditar una actuación inequívocamente tendente a la satisfacción de sus
compromisos, y que, sin embargo, hayan incumplido alguno de los requisitos de la
ayuda. Esta minoración será calculada según la siguiente tabla:

Minoración

Tipo de
incumplimiento.

1
(menor)

2

3

4

5

6
(mayor)

Fraude.

N/A

N/A

N/A

N/A

75%

100%

Errores sustanciales
o irregularidades.

N/A

N/A

25%

50%

75%

100%

Obligaciones durante
el procedimiento de
concesión.

N/A

N/A

25%

50%

75%

100%

Obligaciones de la
ayuda.

5%

10%

25%

50%

75%

100%

Implementación
inadecuada.

Valor de la partida implementada inadecuadamente

Notas:
– Errores sustanciales o irregularidades: Se refiere a defectos en la justificación de
carácter general.

cve: BOE-A-2022-24414
Verificable en https://www.boe.es

Gravedad/impacto