III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL. Ayudas. (BOE-A-2022-24414)
Orden ETD/1345/2022, de 28 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras y se efectúa la convocatoria correspondiente a 2022 para la concesión de ayudas a pequeñas y medianas empresas para la contratación de profesionales de la Transformación Digital en el marco de la Agenda España Digital 2026, el Plan de Digitalización de pymes 2021-2025 y el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España, financiado por la Unión Europea, NextGenerationEU (Programa Agentes del Cambio).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 313

Viernes 30 de diciembre de 2022

Sec. III. Pág. 193242

parcial de hasta el 2% del importe asociado a dicho incumplimiento y el interés de
demora correspondiente.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 7 de la Ley 22/2021, de 28 de diciembre,
de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022, y el artículo 37 del Real
Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, en caso de no realizarse el gasto o en caso de
incumplimiento total o parcial de los objetivos previstos, las entidades beneficiarias
deberán reintegrar los fondos recibidos al Tesoro Público de manera total o parcial, en
cada caso. El procedimiento de reintegro deberá ajustarse a lo contenido en la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
Artículo 37. Procedimiento de pérdida de derecho al cobro y de reintegro.
1. El procedimiento de la pérdida de derecho a cobro y de reintegro será tramitado
por el Órgano Concedente con el apoyo de la entidad colaboradora según se
establezcan en el convenio previsto en el artículo 14.1 de la presente orden.
2. El acuerdo por el que se inicie el procedimiento de pérdida de derecho al cobro
y/o de reintegro deberá indicar la causa que determina su inicio, las obligaciones o
condiciones incumplidas y el importe de la financiación afectado.
3. Recibida notificación del inicio del procedimiento, el interesado podrá presentar
las alegaciones y documentación que estime pertinentes, en un plazo de quince días.
4. Corresponderá dictar la resolución del procedimiento al Órgano Concedente,
debiendo ser notificada al interesado conforme al artículo 23 de esta orden.
5. En caso de pérdida del derecho al cobro, la resolución indicará las condiciones
incumplidas de esta orden y el importe sobre el que se pierde el derecho al cobro.
6. En el caso de reintegro, la resolución indicará las obligaciones incumplidas, la
causa del procedimiento entre las previstas en los artículos 34.3 y 37 de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, el importe a reintegrar junto con la liquidación de los intereses de
demora, en su caso.
Artículo 38.

Extinción del beneficiario.

La extinción del beneficiario implicará la pérdida de derecho al cobro de los pagos
aún no efectuados de la ayuda correspondiente y el reintegro por parte del beneficiario
de los importes pagados de la ayuda más los intereses de demora correspondientes
cuando dicha empresa se extinga, salvo que sea por causa de fuerza mayor.
Artículo 39.

Custodia documental.

El beneficiario deberá custodiar toda la documentación que permita asegurar la
verificación de la aplicación de los fondos a los fines para los que se concedió la ayuda
durante un plazo mínimo de cuatro años para aquellas ayudas inferiores a 60.000 euros,
a contar desde la finalización del plazo de justificación y en tanto puedan ser objeto de
actuaciones de comprobación y control.

El Órgano Concedente, el órgano instructor y las entidades colaboradoras podrán
solicitar información adicional y documentación complementaria para acreditar la
veracidad de la documentación aportada durante las diferentes fases del procedimiento
de concesión, justificación y pago de las ayudas.
Disposición final primera.

Título competencial.

La presente orden se dicta al amparo del artículo 149.1.13 de la Constitución, según
el cual el Estado tiene competencia exclusiva para fijar las bases y coordinación de la
planificación general de la actividad económica.

cve: BOE-A-2022-24414
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Artículo 40. Información adicional y comunicación de los resultados.