II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Personal laboral. (BOE-A-2022-23091)
Resolución de 23 de diciembre de 2022, de la Subdirección de Gerencia, del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, como personal laboral fijo, en plazas del grupo profesional E1, Vigilancia y Atención en Salas de Museos, sujeto al IV Convenio colectivo único para el personal laboral de la Administración General del Estado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 312
Jueves 29 de diciembre de 2022
Sec. II.B. Pág. 189413
valoración y superación de la misma que no estén expresamente establecidos en las
bases de esta convocatoria.
2.
Fase de concurso
Grupos profesionales E1
En esta fase, que sólo se aplicará a quienes hayan superado la fase de oposición, se
valorarán, hasta un máximo de 40 puntos, los siguientes méritos, que habrán de
poseerse a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes:
1.
Méritos profesionales: La puntuación máxima será de 36 puntos.
1) Se valorará la experiencia profesional en puestos de trabajo de la misma
especialidad profesional que la plaza a la que se opta, en los últimos diez años, en
puestos de trabajo en los que se exija la misma titulación o titulaciones específicas
asociadas a la especialidad que en la plaza a la que se opta o en puestos de trabajo en
los que se acrediten tareas y funciones idénticas a las propias de la especialidad y/o
titulación exigida para la plaza a la que se opta,
Puntuación máxima: 36 puntos.
Forma de puntuación: a razón de 0,5 puntos por mes completo a jornada completa.
2) Serán también objeto de valoración las funciones equivalentes desarrolladas por
las personas aspirantes en el ámbito de otros Convenios colectivos o sin sujeción a un
Convenio, tanto en la Administración General del Estado como en otras Administraciones
Públicas, incluidas las Administraciones Públicas de los Estados Miembros de la Unión
Europea, así como en la Administración Pública de aquellos Estados a los que, en virtud
de Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España,
sea de aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos que esta se define
en el Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea.
Puntuación máxima: 18 puntos.
Forma de puntuación: a razón de 0,30 puntos por mes completo a jornada completa.
(Los servicios efectivos prestados en jornadas inferiores a la completa se valorarán
proporcionalmente).
Forma de acreditación:
1) Certificado de Servicios Prestados emitido por la unidad de personal
correspondiente cuando la experiencia profesional se derive de servicios prestados en la
Administración según modelo que figura como anexo VI de la convocatoria.
2) Certificado de Vida Laboral emitido por la Tesorería General de la Seguridad
Social y copia autentica del contrato o contratos de trabajo de los que se derive dicha
experiencia.
3) Cuando la experiencia profesional se derive de la realización de un trabajo por
cuenta propia, la copia autentica del contrato o de los contratos de trabajo exigidos en
los demás casos se sustituirá por el contrato o contratos de servicios que hubieran dado
lugar a la experiencia alegada.
2. Méritos Académicos: La puntuación máxima será de 4 puntos.
Se valorarán:
a) Posesión de titulación de formación distinta a la exigida.
La valoración se hará con el siguiente desglose:
– Titulación de formación de superior nivel a la exigida como requisito de acceso:
1,5 puntos.
cve: BOE-A-2022-23091
Verificable en https://www.boe.es
La documentación indicada anteriormente podrá ser original o copia auténtica.
Núm. 312
Jueves 29 de diciembre de 2022
Sec. II.B. Pág. 189413
valoración y superación de la misma que no estén expresamente establecidos en las
bases de esta convocatoria.
2.
Fase de concurso
Grupos profesionales E1
En esta fase, que sólo se aplicará a quienes hayan superado la fase de oposición, se
valorarán, hasta un máximo de 40 puntos, los siguientes méritos, que habrán de
poseerse a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes:
1.
Méritos profesionales: La puntuación máxima será de 36 puntos.
1) Se valorará la experiencia profesional en puestos de trabajo de la misma
especialidad profesional que la plaza a la que se opta, en los últimos diez años, en
puestos de trabajo en los que se exija la misma titulación o titulaciones específicas
asociadas a la especialidad que en la plaza a la que se opta o en puestos de trabajo en
los que se acrediten tareas y funciones idénticas a las propias de la especialidad y/o
titulación exigida para la plaza a la que se opta,
Puntuación máxima: 36 puntos.
Forma de puntuación: a razón de 0,5 puntos por mes completo a jornada completa.
2) Serán también objeto de valoración las funciones equivalentes desarrolladas por
las personas aspirantes en el ámbito de otros Convenios colectivos o sin sujeción a un
Convenio, tanto en la Administración General del Estado como en otras Administraciones
Públicas, incluidas las Administraciones Públicas de los Estados Miembros de la Unión
Europea, así como en la Administración Pública de aquellos Estados a los que, en virtud
de Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España,
sea de aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos que esta se define
en el Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea.
Puntuación máxima: 18 puntos.
Forma de puntuación: a razón de 0,30 puntos por mes completo a jornada completa.
(Los servicios efectivos prestados en jornadas inferiores a la completa se valorarán
proporcionalmente).
Forma de acreditación:
1) Certificado de Servicios Prestados emitido por la unidad de personal
correspondiente cuando la experiencia profesional se derive de servicios prestados en la
Administración según modelo que figura como anexo VI de la convocatoria.
2) Certificado de Vida Laboral emitido por la Tesorería General de la Seguridad
Social y copia autentica del contrato o contratos de trabajo de los que se derive dicha
experiencia.
3) Cuando la experiencia profesional se derive de la realización de un trabajo por
cuenta propia, la copia autentica del contrato o de los contratos de trabajo exigidos en
los demás casos se sustituirá por el contrato o contratos de servicios que hubieran dado
lugar a la experiencia alegada.
2. Méritos Académicos: La puntuación máxima será de 4 puntos.
Se valorarán:
a) Posesión de titulación de formación distinta a la exigida.
La valoración se hará con el siguiente desglose:
– Titulación de formación de superior nivel a la exigida como requisito de acceso:
1,5 puntos.
cve: BOE-A-2022-23091
Verificable en https://www.boe.es
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