II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Personal laboral. (BOE-A-2022-23074)
Resolución de 23 de diciembre de 2022, de la Delegación Especial del Estado en el Consorcio de la Zona Franca de Vigo, por la que se aprueba la convocatoria y bases de proceso selectivo para la provisión de plaza de personal laboral fijo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 29 de diciembre de 2022

Sec. II.B. Pág. 189156

8. Superación del proceso selectivo
8.1 El Tribunal publicará, por orden decreciente de puntuación, la relación de
personas aspirantes que hayan superado el proceso selectivo en los lugares indicados
en la base 7.5. Con dicha publicación se considerará efectuada la notificación.
8.2 La persona que ostente la presidencia del Tribunal elevará al Comité Ejecutivo
la relación de aspirantes que hayan superado el mismo por orden decreciente de
puntuación, con la propuesta de contratación de la persona con la mayor puntuación.
8.3 En caso de empate, el desempate se resolverá a favor del aspirante con mayor
puntuación en el tipo test.
8.4 No se podrán formalizar mayor número de contratos que el de plazas
convocadas.
9.

Embarazo de riesgo o parto

9.1 Si a causa de embarazo de riesgo o parto debidamente acreditados, alguna de
las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo o realizar algún ejercicio del
mismo, su situación quedará condicionada a la finalización del proceso y a la superación
de las fases que hubieran quedado aplazadas, no pudiendo demorarse éstas de manera
que se menoscabe el derecho del resto de los aspirantes a una resolución del proceso
ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el Tribunal
correspondiente, y en todo caso la realización de las mismas tendrá lugar antes de la
publicación de la lista de aspirantes que hayan superado el proceso selectivo.
10.

Contratación

10.1 Una vez aprobada la propuesta por el Comité Ejecutivo del Consorcio de la
Zona Franca de Vigo, se notificará a la persona interesada para que suscriba su contrato
laboral fijo en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la
notificación del acuerdo.
10.2 Quien no suscriba el contrato sin causa justificada será declarado en situación
de cesante y, consecuentemente, decaerá en su derecho a acceder al puesto de trabajo
por falta de materialización de su derecho a ser contratado en el plazo otorgado a dicho
efecto, pudiendo procederse por el Comité Ejecutivo al nombramiento y consiguiente
contratación del siguiente aspirante con mayor puntuación obtenida en el proceso
selectivo siempre que haya superado la totalidad de ejercicios integrantes de dicho
proceso.
10.3 Previamente, el candidato seleccionado deberá haber presentado en el
servicio de Recursos Humanos la documentación exigida en el número 3 de las
presentes bases (y que no hubieren entregado previamente), en el plazo máximo
de veinte días naturales, contados a partir de la publicación de la lista de aspirantes
aprobados conforme al punto 8.2.
10.4 El aspirante contratado tendrá que superar un período de prueba de seis
meses, durante el cual la Directora General/Secretaria General evaluará el correcto
desempeño del puesto.
10.5 En el caso de que el candidato propuesto renuncie, o la Directora General/
Secretaria General del Consorcio emita certificación desfavorable respecto al correcto
desempeño del puesto de trabajo durante el período de prueba, el puesto se adjudicará
al siguiente candidato de la relación a que se refiere la base 8.2.
Asimismo, si una vez formalizado el contrato, alguno de los aspirantes contratados
causara baja definitiva, se podrá sustituir por el siguiente candidato de la relación a que
se refiere la base 8.2.

cve: BOE-A-2022-23074
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Núm. 312