II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Personal laboral. (BOE-A-2022-23074)
Resolución de 23 de diciembre de 2022, de la Delegación Especial del Estado en el Consorcio de la Zona Franca de Vigo, por la que se aprueba la convocatoria y bases de proceso selectivo para la provisión de plaza de personal laboral fijo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 29 de diciembre de 2022

Sec. II.B. Pág. 189152

El Tribunal declarará la nulidad de actuaciones con respecto a las personas
candidatas que no presenten completa, cuando se les requiera, la documentación
original correspondiente o no acrediten la posesión de los requisitos exigidos, todo ello
sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren podido incurrir por falsedad en la
solicitud inicial.
Todos los requisitos y circunstancias alegadas por los concursantes deberán
poseerse a la fecha de finalización del plazo para la presentación de solicitudes.
El Tribunal no valorará aquellos requisitos que, siendo alegados en la solicitud, no
estén debidamente justificados antes de la citada fecha.
Forma de acreditación de los puntos 3.1 y 3.2: Los aspirantes prestarán su
consentimiento, en la solicitud, para la comprobación de estos datos por parte del
Consorcio a través del Sistema de Verificación de Datos de Identificación. En caso de no
autorizarlo, deberán marcar la casilla correspondiente en la solicitud para denegarlo
expresamente.
Forma de acreditación del requisito contemplado en el punto 3.3: se realizará
mediante la aportación junto con la solicitud de una copia auténtica del título oficial
legalmente expedido, o certificación académica que acredite haber realizado y finalizado
los estudios completos y necesarios y que se efectuó el depósito para la expedición del
mismo.
Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán estar en posesión
de la correspondiente credencial de homologación o en su caso del correspondiente
certificado de equivalencia.
Forma de acreditación del requisito contemplado en el punto 3.4: mediante la entrega
de certificado médico oficial, sin perjuicio de superar el oportuno reconocimiento médico;
esta entrega deberá efectuarse dentro del plazo establecido para la formalización del
contrato y una vez superado el proceso de selección.
En relación con la valoración de las causas de exclusiones médicas exigibles para el
acceso al empleo público, se estará a lo dispuesto en la Orden PCI/154/2019, de 19 de
febrero, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 30 de noviembre
de 2018, por el que se aprueban instrucciones para actualizar las convocatorias de
pruebas selectivas de personal funcionario, estatutario y laboral, civil y militar, en orden a
eliminar ciertas causas médicas de exclusión en el acceso al empleo público,
Forma de acreditación del requisito contemplado en el punto 3.5: mediante
declaración jurada de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del
servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales
o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o
especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial o para ejercer funciones
similares a las que desempeñaban en el caso de personal laboral, en el que hubiese sido
separado o inhabilitado.
En el caso de ser nacional de otro Estado, declaración jurada de no hallarse
inhabilitado ni en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o
equivalente, que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo
público.
En los supuestos de discapacidad física o psíquica, esta deberá acreditarse
mediante la entrega, con la solicitud de participación en el proceso de selección de
certificado de discapacidad igual o superior al 33 % expedido por el órgano competente
de la Administración autonómica, junto con certificado de compatibilidad con el puesto de
trabajo asociado a la plaza que pretende cubrirse.
Igualmente, con las solicitudes de participación en los procesos de selección deberán
aportarse las solicitudes de adaptación de tiempos y medios a las que los aspirantes con
discapacidad tengan derecho, para el desarrollo del proceso selectivo con plena garantía
del derecho de acceso al empleo público en condiciones de igualdad, conforme a lo
dispuesto en el Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por el que se regula el
acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las personas con
discapacidad, así como la normativa vigente en materia de función pública de

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Núm. 312