II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Personal laboral. (BOE-A-2022-23090)
Resolución de 22 de diciembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso por concurso como personal laboral fijo, en los grupos profesionales 1G, 3G, 4G, M1, E2 y E1, sujetos al IV Convenio colectivo único para el personal laboral de la Administración General del Estado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 29 de diciembre de 2022

Sec. II.B. Pág. 189393

selectivas de personal funcionario, estatutario y laboral, civil y militar, en orden a eliminar
ciertas causas médicas de exclusión en el acceso al empleo público.
3.

Solicitudes

3.1 Las solicitudes deberán cumplimentarse en el modelo oficial de solicitud 790,
aprobado mediante Resolución de 31 de octubre de 2019, de la Secretaría de Estado de
Función Pública, al que se accederá, con carácter general, a través de la página web
administracion.gob.es o de los registros electrónicos para la tramitación de las
inscripciones de los candidatos en los procesos selectivos.
3.2 Las solicitudes y, en su caso, la subsanación y procedimientos de impugnación
de las actuaciones en el proceso selectivo, deberán presentarse obligatoriamente por vía
electrónica, de acuerdo a lo establecido en la disposición adicional primera del Real
Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y
funcionamiento del sector público por medios electrónicos.
La presentación de la solicitud se realizará haciendo uso del servicio Inscripción en Procesos
Pruebas Selectivas del punto de acceso general (http://administracion.gob.es/PAG/ips),
siguiendo las instrucciones que se le indiquen, siendo necesario como requisito previo para la
inscripción el poseer un certificado digital válido de persona física, de los incluidos en la «Lista de
confianza de prestadores de servicios de certificación» (TSL) establecidos en España, (más
información en http://firmaelectronica.gob.es y en http://www.dnielectronico.es).
La presentación por esta vía permitirá:
– La inscripción en línea del modelo oficial.
– Anexar documentos a la solicitud.
– El pago electrónico de las tasas.
– El registro electrónico de la solicitud.
– La modificación de los datos de la inscripción realizada durante el plazo de inscripción.
– La subsanación, en su caso, de la solicitud durante el plazo otorgado a estos
efectos, permitiendo completar o modificar los datos que fueran erróneos, y/o adjuntar a
través de IPS la documentación que se requiera para legitimar la subsanación.
3.3 Se acompañará a la solicitud la documentación acreditativa de los méritos que
el candidato desee que se le valoren, atendiendo a los méritos que pueden ser alegados
y que se recogen en el anexo I.
3.4 El ingreso del importe se realizará haciendo uso del servicio Inscripción en
Pruebas Selectivas del punto de acceso general (http://administracion.gob.es/PAG/ips)
en los términos previstos en la Orden HAC/729/2003, de 28 de marzo. La constancia del
correcto pago de las tasas estará avalada por el Número de Referencia Completo (NRC)
emitido por la AEAT que figurará en el justificante de registro.
3.5 En el caso de las personas aspirantes que cursen su solicitud en el extranjero, para
los que el órgano de selección haya acordado la cumplimentación y presentación sustitutoria
en papel, estos podrán presentarla en las representaciones diplomáticas o consulares
españolas correspondientes. Estas solicitudes cursadas en el extranjero acompañarán el
comprobante bancario de haber ingresado los derechos de examen. El ingreso de estas
solicitudes podrá efectuarse directamente en cualquier oficina del Banco Bilbao Vizcaya
Argentaria o, cuando se disponga de una cuenta bancaria abierta en una entidad extranjera,
mediante transferencia a la cuenta corriente código IBAN ES06-0182-2370-4902-0020-3962
(código BIC BBVAESMM) del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria a nombre de «Tesoro
Público. Ministerio de Hacienda y Función Pública. Derechos de examen». El sistema de
pago mediante transferencia a esta cuenta solo será válido para las solicitudes que sean
cursadas en el extranjero y desde cuentas bancarias abiertas en entidades extranjeras, no
siendo admitida esta modalidad de pago en ningún otro caso.
3.6 En todo caso, la solicitud deberá presentarse en el plazo de veinte días hábiles
contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el
«Boletín Oficial del Estado» y se dirigirá a la Subsecretaría del Ministerio de Cultura y Deporte.

cve: BOE-A-2022-23090
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Núm. 312