III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2022-23739)
Resolución de 15 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración ambiental estratégica del "Programa del Fondo de Transición Justa de España 2021-2027".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 29 de diciembre de 2022

Sec. III. Pág. 190545

– Garantizar la conservación de los suelos y evitar procesos erosivos que supongan
la pérdida de suelo. Fomentar su recuperación.
– Conservar en buen estado los ecosistemas acuáticos (ríos, humedales, aguas
costeras, etc.).
– Procurar el buen estado de las aguas subterráneas.
– Procurar una gestión sostenible de los recursos hídricos.
– Garantizar la conservación de la biodiversidad en todo su ámbito, pero
especialmente en los espacios naturales protegidos y aquellos enclaves de relevancia o
sensibles, así como de la flora y fauna silvestres o de los recursos genéticos que
albergan, como de los hábitats, ecosistemas y paisajes de los que forman parte.
– Garantizar la conectividad ecológica de los espacios protegidos y la permeabilidad
territorial.
– Procurar la conservación del paisaje rural.
– Minimizar la afección a elementos del patrimonio histórico, cultural, arqueológico y
etnográfico.
– Protección del patrimonio cultural y bienes de interés público (montes de utilidad
pública, vías pecuarias,…).
– Maximizar la eficiencia de los recursos empleados, minimizando el uso de recursos
naturales, fomentando la eficiencia energética, minimizando los residuos generados y
fomentando la reutilización y el reciclaje de los residuos que se generen.
– Investigación y aplicación de mejoras tecnológicas que conlleven beneficios
ambientales.
El PrFTJ, a través de las medidas que pondrá en marcha, aborda varios de estos
criterios de forma manifiesta, especialmente los relacionados con la lucha frente al
cambio climático, la mejora de la calidad del aire y, en consecuencia, la salud humana,
sin embargo, otros criterios requieren de la aplicación de medidas ambientales.
Además de las medidas estratégicas para la integración ambiental del Programa y de
las recomendaciones de medidas preventivas, correctoras y compensatorias a aplicar en
los futuros proyectos que deriven del PrFTJ, como se describe en el EsAE, se deberán
considerar las siguientes determinaciones ambientales, algunas de las cuales hacen
mayor hincapié sobre las medidas y recomendaciones ya incluidas en el propio EsAE.
Y, en cualquier caso, deberá primar el conocimiento para prever las consecuencias
negativas de la aplicación del programa y dar soluciones anticipadas.
A continuación, se citan algunas determinaciones ambientales, que, junto con las
medidas ambientales y recomendaciones propuestas en el EsAE, deberán tenerse en
cuenta en la aplicación del mismo:
Sobre la relación con otros planes:
– Los proyectos que se deriven de la aplicación del PrFTJ deberán ser compatibles
con la planificación sectorial concordante de ámbito internacional, nacional, regional,
supramunicipal y municipal, vigente o en proyecto, y en el caso necesario de arbitrar
medidas concretas para integrar las acciones y determinaciones de dicha planificación.
En el ámbito nacional, se prestará particular atención a los instrumentos que articulan las
planificaciones hidrológica, forestal, adaptación al cambio climático, calidad del aire,
residuos y suelos contaminados, biodiversidad, espacios protegidos y RN2000, política
agraria común, estrategias marinas y ordenación del espacio marítimo.
– Se considerará la planificación propuesta por la Dirección General de Calidad
Ambiental y Cambio Climático del Principado de Asturias en la fase de consultas previas,
como la «Estrategia de Acción por el Clima», la «Estrategia de Transición Energética
Justa de Asturias», el «Plan Estratégico de Calidad del Aire 2021-2030» o el «Plan de
adaptación al cambio climático de los Puertos autonómicos».

cve: BOE-A-2022-23739
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Núm. 312