I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Explotaciones agrícolas y ganaderas. (BOE-A-2022-23054)
Real Decreto 1054/2022, de 27 de diciembre, por el que se establece y regula el Sistema de información de explotaciones agrícolas y ganaderas y de la producción agraria, así como el Registro autonómico de explotaciones agrícolas y el Cuaderno digital de explotación agrícola.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 312
Jueves 29 de diciembre de 2022
Sec. I. Pág. 188949
importante de los operadores incorporan en sus técnicas productivas y de organización
empresarial métodos sofisticados y de avanzada tecnología, en muchos casos
completada con la necesidad de mantener intercambios con otros operadores por
medios tecnológicos –por ejemplo en materia de trazabilidad o gestión comercial–, que
se complementan con las crecientes obligaciones sectoriales de relacionarse
electrónicamente con los poderes públicos y la frecuente puesta a disposición por parte
de éstos de mecanismos informáticos para asegurar las tareas de control, dación de
información y seguimiento.
La regulación que se contiene en esta norma se ajusta a los principios contemplados
en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. En concreto, cumple con los
principios de necesidad y eficacia, pues se trata del instrumento más adecuado para
garantizar que la normativa se aplique de un modo homogéneo en todo el territorio
nacional y por razón de interés general. También se adecúa al principio de
proporcionalidad, pues no existe otra alternativa menos restrictiva de derechos o que
imponga menos obligaciones a los destinatarios. En cuanto a los principios de seguridad
jurídica, transparencia y eficiencia, dicha norma se adecúa a los mismos, pues es
coherente con el resto del ordenamiento jurídico, y se ha procurado la participación de
las partes interesadas, evitando cargas administrativas innecesarias más allá de las
propias derivadas de las medidas que se establecen en esta norma, y reduciendo
muchas de las existentes, garantizando la unidad de mercado, asimismo, al posibilitar la
integración de los sistemas informáticos desarrollados por el sector privado con los
previstos en esta norma.
Teniendo en cuenta la disposición adicional decimosexta de la Ley 30/2022, de 23 de
diciembre, por la que se regulan el sistema de gestión de la Política Agrícola Común y
otras materias conexas, así como el resto de normativa concordante, el Gobierno de la
Nación está habilitado para la aprobación de este real decreto.
En la elaboración de esta disposición han sido consultadas las comunidades
autónomas y las entidades representativas de los distintos sectores.
En su virtud, a propuesta del Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, de la
Ministra para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, de la Ministra de Sanidad y
del Ministro de Consumo, con la aprobación previa de la Ministra de Hacienda y Función
Pública, de acuerdo con el Consejo de Estado, y previa deliberación del Consejo de
Ministros en su reunión del día 27 de diciembre de 2022,
DISPONGO:
CAPÍTULO I
Disposiciones generales
Objeto y ámbito de aplicación.
1. El presente real decreto tiene como objeto establecer y regular el sistema de
información de explotaciones agrícolas, ganaderas y de la producción agraria (SIEX)
conforme al artículo 5 de la Ley 30/2022, de 23 de diciembre, por la que se regulan el
sistema de gestión de la Política Agrícola Común y otras materias conexas, el Registro
Autonómico de Explotaciones Agrícolas (REA) y el Cuaderno Digital de Explotación
Agrícola (CUE), así como facilitar un seguimiento de las prácticas de agricultores y
ganaderos, todo ello sin perjuicio del empleo que las administraciones competentes
puedan hacer de los datos obrantes para fines estadísticos o de cumplimiento de otras
obligaciones normativas.
2. Lo dispuesto en este real decreto se aplicará en todo el territorio nacional
incluido en el territorio aduanero de la Unión Europea, con las salvedades
correspondientes, en la parte concerniente a los aspectos referidos a la Política Agrícola
Común, en la Comunidad Autónoma de Canarias.
cve: BOE-A-2022-23054
Verificable en https://www.boe.es
Artículo 1.
Núm. 312
Jueves 29 de diciembre de 2022
Sec. I. Pág. 188949
importante de los operadores incorporan en sus técnicas productivas y de organización
empresarial métodos sofisticados y de avanzada tecnología, en muchos casos
completada con la necesidad de mantener intercambios con otros operadores por
medios tecnológicos –por ejemplo en materia de trazabilidad o gestión comercial–, que
se complementan con las crecientes obligaciones sectoriales de relacionarse
electrónicamente con los poderes públicos y la frecuente puesta a disposición por parte
de éstos de mecanismos informáticos para asegurar las tareas de control, dación de
información y seguimiento.
La regulación que se contiene en esta norma se ajusta a los principios contemplados
en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. En concreto, cumple con los
principios de necesidad y eficacia, pues se trata del instrumento más adecuado para
garantizar que la normativa se aplique de un modo homogéneo en todo el territorio
nacional y por razón de interés general. También se adecúa al principio de
proporcionalidad, pues no existe otra alternativa menos restrictiva de derechos o que
imponga menos obligaciones a los destinatarios. En cuanto a los principios de seguridad
jurídica, transparencia y eficiencia, dicha norma se adecúa a los mismos, pues es
coherente con el resto del ordenamiento jurídico, y se ha procurado la participación de
las partes interesadas, evitando cargas administrativas innecesarias más allá de las
propias derivadas de las medidas que se establecen en esta norma, y reduciendo
muchas de las existentes, garantizando la unidad de mercado, asimismo, al posibilitar la
integración de los sistemas informáticos desarrollados por el sector privado con los
previstos en esta norma.
Teniendo en cuenta la disposición adicional decimosexta de la Ley 30/2022, de 23 de
diciembre, por la que se regulan el sistema de gestión de la Política Agrícola Común y
otras materias conexas, así como el resto de normativa concordante, el Gobierno de la
Nación está habilitado para la aprobación de este real decreto.
En la elaboración de esta disposición han sido consultadas las comunidades
autónomas y las entidades representativas de los distintos sectores.
En su virtud, a propuesta del Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, de la
Ministra para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, de la Ministra de Sanidad y
del Ministro de Consumo, con la aprobación previa de la Ministra de Hacienda y Función
Pública, de acuerdo con el Consejo de Estado, y previa deliberación del Consejo de
Ministros en su reunión del día 27 de diciembre de 2022,
DISPONGO:
CAPÍTULO I
Disposiciones generales
Objeto y ámbito de aplicación.
1. El presente real decreto tiene como objeto establecer y regular el sistema de
información de explotaciones agrícolas, ganaderas y de la producción agraria (SIEX)
conforme al artículo 5 de la Ley 30/2022, de 23 de diciembre, por la que se regulan el
sistema de gestión de la Política Agrícola Común y otras materias conexas, el Registro
Autonómico de Explotaciones Agrícolas (REA) y el Cuaderno Digital de Explotación
Agrícola (CUE), así como facilitar un seguimiento de las prácticas de agricultores y
ganaderos, todo ello sin perjuicio del empleo que las administraciones competentes
puedan hacer de los datos obrantes para fines estadísticos o de cumplimiento de otras
obligaciones normativas.
2. Lo dispuesto en este real decreto se aplicará en todo el territorio nacional
incluido en el territorio aduanero de la Unión Europea, con las salvedades
correspondientes, en la parte concerniente a los aspectos referidos a la Política Agrícola
Común, en la Comunidad Autónoma de Canarias.
cve: BOE-A-2022-23054
Verificable en https://www.boe.es
Artículo 1.