I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Política Agrícola Común. (BOE-A-2022-23048)
Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre, sobre la aplicación, a partir de 2023, de las intervenciones en forma de pagos directos y el establecimiento de requisitos comunes en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común, y la regulación de la solicitud única del sistema integrado de gestión y control.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 29 de diciembre de 2022

Sec. I. Pág. 188706

no agrícolas. Esta orientación es necesaria para evitar el abandono de la actividad
agraria con el impacto que éste puede tener en la producción de alimentos y la economía
rural. Es preciso, por tanto, establecer la definición y condiciones del requisito de
agricultor activo, indicándose los elementos esenciales del concepto.
Se incorpora un capítulo específico, dedicado a las intervenciones en forma de pagos
directos disociados o desacoplados que se podrán solicitar en cada campaña, que regula
la ayuda básica a la renta para la sostenibilidad, la ayuda redistributiva complementaria a
la renta para la sostenibilidad y la ayuda complementaria a la renta para jóvenes
agricultores y jóvenes agricultoras, así como la limitación progresiva de la ayuda básica a
la renta en determinados casos.
En la sección 2 del capítulo II del título III del Reglamento (UE) 2021/2115, del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 2 de diciembre de 2021, se establece un nuevo
pago voluntario en favor del clima, el medio ambiente y el bienestar animal
(ecorregímenes), en línea con los mayores compromisos medioambientales y climáticos
en el ámbito internacional y que los Estados miembros establecerán de forma preceptiva.
Por ello, y conforme a lo previsto en el Plan Estratégico Nacional de la Política
Agrícola Común (PAC) del Reino de España 2023-2027, se establece el procedimiento
para la concesión de dichos pagos, vinculados a prácticas de carácter anual o multianual
tales como la rotación de cultivos y la siembra directa, en el caso de tierras de cultivo, las
cubiertas vegetales e inertes, en el caso de cultivos leñosos, la siega sostenible, el
establecimiento de islas y márgenes de biodiversidad y el pastoreo extensivo en el caso
de pastos, y el establecimiento de espacios de biodiversidad en tierras de cultivo y
cultivos permanentes.
Las prácticas incluidas, relacionadas con la agricultura de carbono o la agroecología,
persiguen mejorar la estructura de los suelos y aumentar su contenido en carbono,
reducir la erosión y la desertificación, la disminución de los Gases de Efecto Invernadero;
o bien favorecer la biodiversidad asociada a espacios agrarios, los paisajes y la
conservación de los recursos naturales.
En aplicación de las sección III del capítulo II del título III del Reglamento
(UE) 2021/2015 del Parlamento Europeo y del Consejo y conforme a lo previsto en el
Plan Estratégico en nuestro territorio, procede establecer el procedimiento para la
concesión de ayudas a la renta asociadas a determinados sectores, producciones o tipos
específicos de actividades agrarias dentro de un sector o producción determinada para
hacer frente a las dificultades encontradas en mediante la mejora de la competitividad o
la sostenibilidad.
El capítulo III del título III recoge una serie de ayudas asociadas a un determinado
sector, producción o tipo de actividad agraria, que tienen como finalidad aumentar la
competitividad y favorecer la transición hacia modelos de producción sostenible en
sectores que afrontan dificultades específicas.
Asimismo, en línea con los objetivos del Protocolo número 4 sobre el algodón,
adjunto al Acta de adhesión de 1979, debe mantenerse el pago específico a este cultivo
para prevenir cualquier riesgo de perturbación en las regiones productoras.
Dentro de los sectores de frutas y hortalizas aquellos en los que se han identificado
necesidades específicas para mejorar la competitividad y sostenibilidad han sido la
producción sostenible de tomate para transformación, el cultivo de frutos secos en
secano en áreas con riesgo de desertificación y la producción tradicional de uva pasa.
Estos sectores presentan una competitividad comprometida por la volatilidad de los
mercados internacionales en los que compiten y condicionan su rentabilidad y
sostenibilidad económica. Además, cabe indicarse en el caso de la ayuda a frutos secos
y uva pasa, la necesidad de mantener el cultivo en zonas con condiciones naturales
limitantes para frenar la erosión y la desertificación.
Igualmente es necesario en el caso del olivar con dificultades específicas
relacionadas con las limitaciones del medio natural, articular una ayuda que contribuya a
mejorar su rentabilidad teniendo en cuenta que no existen cultivos alternativos en
muchas regiones por lo que su mantenimiento es esencial para sostener el tejido

cve: BOE-A-2022-23048
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Núm. 312