I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Política Agrícola Común. (BOE-A-2022-23046)
Real Decreto 1046/2022, de 27 de diciembre, por el que se regula la gobernanza del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común en España y de los fondos europeos agrícolas FEAGA y Feader.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 312

Jueves 29 de diciembre de 2022

Sec. I. Pág. 188560

Nacional de la Política Agrícola Común (PAC) del Reino de España 2023-2027, cuestión
que desarrolla el capítulo VIII de esta norma.
Dada la profundidad de las modificaciones, es preciso derogar el Real
Decreto 92/2018, de 2 de marzo, por el que se regula el régimen de los organismos
pagadores y de coordinación con los fondos europeos agrícolas, FEAGA y Feader.
Este real decreto tiene carácter de normativa básica y se dicta de conformidad con lo
establecido en el artículo 149.1.13.ª de la Constitución Española, que atribuye al Estado
la competencia exclusiva en materia de bases y coordinación de la planificación general
de la actividad económica.
En su elaboración se ha consultado a las autoridades competentes de las
comunidades autónomas y a los sectores afectados, y se ha sometido al trámite de
audiencia e información públicas.
En la elaboración de esta norma se han observado los principios de buena
regulación previstos en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. De acuerdo con
los principios de necesidad y eficacia, se justifica el proyecto en la necesidad de aplicar
la normativa de la Unión Europea en España, con el fin de establecer un régimen de las
autoridades y organismos de gobernanza de los fondos europeos agrícolas, siendo esta
norma el instrumento más adecuado para garantizar su consecución, al ser preceptivo
que la regulación se contemple en una norma básica. Asimismo, se cumple con el
principio de proporcionalidad limitándose la regulación al mínimo imprescindible, en
coherencia con el actual marco jurídico nacional y de la Unión Europea referente a la
gestión y control de los gastos agrícolas con cargo al FEAGA y al Feader y el de
seguridad jurídica, favoreciendo la certidumbre y la claridad en el cumplimiento del
mandato europeo al desarrollar en la forma necesaria las funciones y obligaciones de
cada uno de los órganos a los que corresponde la coordinación y la gobernanza del Plan
Estratégico en los términos allí previstos para que los operadores puedan desarrollar su
actividad con plenas garantías. A su vez, en aplicación del principio de transparencia han
sido consultadas durante la tramitación de la norma las comunidades autónomas, las
entidades representativas de los sectores afectados, y se ha sustanciado el trámite de
audiencia e información pública. Finalmente, el principio de eficiencia se considera
cumplido toda vez que no se imponen nuevas cargas administrativas frente a la
regulación actual y se racionaliza la gestión de recursos públicos en la consecución de
los fines descritos.
En su virtud, a propuesta del Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, con la
aprobación previa de la Ministra de Hacienda y Función Pública, de acuerdo con el
Consejo de Estado, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del
día 27 de diciembre de 2022,
DISPONGO:
CAPÍTULO I
Disposiciones generales
Objeto y definiciones.

1. Este real decreto tiene por objeto identificar y establecer las funciones de los
órganos de gobierno referidos en el artículo 113.a) del Reglamento (UE) 2021/2115 del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 2 de diciembre de 2021, por el que se establecen
normas en relación con la ayuda a los planes estratégicos que deben elaborar los
Estados miembros en el marco de la política agrícola común (planes estratégicos de la
PAC), financiada con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y al Fondo
Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader), y por el que se derogan los Reglamentos
(UE) n.º 1305/2013 y (UE) n.º 1307/2013, los cuales permitirán hacer efectiva la
aplicación de la Política Agrícola Común (PAC) en España; establecer mecanismos de

cve: BOE-A-2022-23046
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Artículo 1.