III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Delegación de competencias. (BOE-A-2022-23722)
Orden JUS/1305/2022, de 23 de diciembre, por la que se modifica la Orden JUS/987/2020, de 20 de octubre, sobre delegación de competencias.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 312

Jueves 29 de diciembre de 2022

Sec. III. Pág. 190266

de los subdirectores generales y asimilados dependientes de la Secretaría de Estado,
cuando la competencia corresponda a su persona titular, a propuesta de esta.»
Duodécimo. Se suprimen las letras a) y b) del artículo 18.
Decimotercero. El artículo 19 pasa a estar redactado de la siguiente manera:
«Artículo 19. Delegación de competencias en órganos de la Fiscalía General
del Estado.
1. Se delega por la persona titular de la Secretaría de Estado de Justicia en
la persona titular de la Unidad de Apoyo de la Fiscalía General del Estado la
designación de las comisiones de servicio con derecho a indemnización dentro del
territorio nacional, por la asistencia a reuniones de la Fiscalía General del Estado o
por convocatorias de esta.
2. Se delega por la persona titular de la Secretaría de Estado de Justicia en
la persona titular de la Jefatura de Área de Coordinación de la Unidad de Apoyo
al Fiscal General del Estado, la celebración de contratos menores a los que se
refieren el artículo 118, en relación con el artículo 131.3, de la Ley 9/2017, de 8 de
noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al
ordenamiento jurídico español las directivas del Parlamento Europeo y del
Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, incluida la
aprobación y compromiso del gasto, así como el reconocimiento de las
obligaciones y las propuestas de pago.»
Decimocuarto.
manera:

El apartado 1 del artículo 20 pasa a estar redactado de la siguiente

a) En la persona titular de la Subdirección General de Colaboración
Institucional para el Servicio Público de Justicia en relación con los miembros de
las carreras Judicial y Fiscal, con la salvedad de las comisiones de servicio
recogidas en el artículo 19.1.
b) En la persona titular de la Subdirección General de Acceso y Promoción
del Personal de la Administración de Justicia en relación con el personal
funcionario de los cuerpos generales y especiales y con el personal laboral al
servicio de la Administración de Justicia en las comunidades autónomas en las
que el Ministerio de Justicia tiene competencias en materia de gestión.
c) En la persona titular de la Subdirección General para la Innovación
y Calidad de la Oficina Judicial y Fiscal en relación con los funcionarios del Cuerpo
de Letrados de la Administración de Justicia.
d) En la persona titular de la Subdirección General de Cooperación
y Coordinación Territorial de la Administración de Justicia en relación con los
miembros y colaboradores del Consejo Médico Forense y de la Comisión Técnica
Nacional para Sucesos con Víctimas Múltiples, cuando sean convocados para
actuaciones de estos órganos.»
Decimoquinto.
manera:

El apartado 4 del artículo 20 pasa a estar redactado de la siguiente

«4. Se delega por la persona titular de la Secretaría de Estado de Justicia en
la persona titular de la Subdirección General de Contratación y Gestión Económica
la competencia relativa a la cancelación de garantías constituidas de acuerdo con la
normativa de contratación del sector público, en el ámbito de las competencias que

cve: BOE-A-2022-23722
Verificable en https://www.boe.es

«1. Se delega por la persona titular de la Secretaría de Estado de Justicia el
ejercicio de la competencia para la designación de las comisiones de servicio con
derecho a indemnización dentro del territorio nacional, y la autorización del gasto
derivado de las mismas, en los siguientes órganos: