III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Delegación de competencias. (BOE-A-2022-23722)
Orden JUS/1305/2022, de 23 de diciembre, por la que se modifica la Orden JUS/987/2020, de 20 de octubre, sobre delegación de competencias.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 312

Jueves 29 de diciembre de 2022

Sec. III. Pág. 190265

6. Se delega por la persona titular del Ministerio en la persona titular de
la Subdirección General de Obras y Patrimonio el ejercicio de las competencias
para aprobar las certificaciones de obra.
7. Se delega por la persona titular del Ministerio en las personas titulares de
la Subdirección General de Obras y Patrimonio, de la Subdirección General
de Documentación y Publicaciones y de la División de Oficialía Mayor, el ejercicio
de las siguientes competencias:
a) Dentro de su ámbito competencial y sin perjuicio de las competencias
delegadas en otros órganos, la celebración de contratos menores a los que se
refiere el artículo 118, en relación con el artículo 131.3, de la Ley 9/2017, de 8 de
noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al
ordenamiento jurídico español las directivas del Parlamento Europeo y del
Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.
b) Dentro de su ámbito competencial y sin perjuicio de las competencias
delegadas en otros órganos, las facultades como órgano de contratación en
relación a los procedimientos abiertos simplificados previstos en el artículo 159.6
de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que
se transponen al ordenamiento jurídico español las directivas del Parlamento
Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.

a) Dentro de su ámbito competencial y sin perjuicio de las competencias
delegadas en otros órganos, la celebración de contratos menores a los que se
refiere el artículo 118, en relación con el artículo 131.3, de la Ley 9/2017, de 8 de
noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al
ordenamiento jurídico español las directivas del Parlamento Europeo y del
Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, incluida la
aprobación y compromiso del gasto, así como el reconocimiento de las
obligaciones y las propuestas de pago.
b) Dentro de su ámbito competencial y sin perjuicio de las competencias
delegadas en otros órganos, las facultades como órgano de contratación en
relación a los procedimientos abiertos simplificados previstos en el artículo 159.6
de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que
se transponen al ordenamiento jurídico español las directivas del Parlamento
Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014,
incluida la aprobación y compromiso del gasto, así como el reconocimiento de las
obligaciones y las propuestas de pago.»
Undécimo.

Se añade un nuevo artículo 16 bis con la siguiente redacción:

«Artículo 16 bis. Delegación de competencias en la persona titular de la
Subsecretaría.
Se delega por la persona titular de la Secretaría de Estado de Justicia en la
persona titular de la Subsecretaría la convocatoria, provisión, nombramiento y cese

cve: BOE-A-2022-23722
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8. Se delega por la persona titular del Ministerio en la persona titular de
la Dirección de su Gabinete, la competencia en materia de autorización del gasto y
del pago de gastos de su Gabinete derivados de atenciones protocolarias y
representativas, actos y visitas institucionales y gastos de transporte, que se efectúen
con cargo a los anticipos de caja fija de la Caja Pagadora del Ministerio de JusticiaSubsecretaría, siempre dentro del límite de consignación presupuestaria específica
que en cada momento se señale.
9. Se delega por la persona titular del Ministerio en la persona titular de
la Subdirección General de Recursos Humanos el ejercicio de las siguientes
competencias, sin perjuicio de las delegadas en las personas titulares de otros
órganos y unidades del Departamento: