III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Ayudas. (BOE-A-2022-23727)
Orden ICT/1307/2022, de 22 de diciembre, por la que se modifica la Orden ICT/738/2022, de 28 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a actuaciones de fortalecimiento industrial del sector agroalimentario dentro del Proyecto Estratégico para la Recuperación y Transformación Económica Agroalimentario, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y se efectúa la convocatoria correspondiente al año 2023, mediante tramitación anticipada.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 312

Jueves 29 de diciembre de 2022

Sec. III. Pág. 190373

15. Se modifica la letra a) del apartado 4 del artículo 34, que queda redactada de la
siguiente forma:
«a) Prórrogas del plazo de justificación de los proyectos que no respeten los
límites establecidos en el artículo 70 del Reglamento de la Ley General de
Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, o que
comprometan los hitos establecidos por la Unión Europea en la Decisión de
Ejecución del Consejo del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
español. Asimismo, las prórrogas no podrán extender el plazo de ejecución más
allá del 30 de junio de 2025, salvo que la Comisión Europea permita extender los
plazos de ejecución de las actuaciones y justificación.»
16.
17.

Se suprime el apartado 7 del artículo 38.
El apartado 2 del anexo III A.2, queda redactado de la siguiente manera:
«2.

Actuaciones en cooperación.

Actuaciones conjuntas de carácter obligatorio:

La estructura de este plan se ajustará al modelo facilitado en la convocatoria y
en el mismo se podrán incluir proyectos primarios individuales y en cooperación
que contribuyan al cumplimiento de los objetivos del mismo, pudiendo éstos cubrir
otras actuaciones del bloque de sostenibilidad o siendo específicos para este plan.
Actuación conjunta no obligatoria: Propuestas para el diseño del ciclo de vida
integral de un producto, con la participación de varias entidades que cubran la
cadena de valor. El objetivo será implementar medidas de forma coordinada que
hagan que ese ciclo de vida tenga un carácter más sostenible. En caso de realizar
este tipo de actuaciones en cooperación, las entidades participantes deberán
realizar de forma conjunta, entre otras, acciones como el diseño del ciclo de vida,
así como su implementación y el análisis de los resultados que se hayan obtenido,
en cuanto a reducción de consumos de recursos, de generación de desperdicios,
incremento de la reciclabilidad. Las actuaciones a realizar se canalizarán a través

cve: BOE-A-2022-23727
Verificable en https://www.boe.es

A. Gestión ambiental conjunta: esta actuación consistirá en la elaboración de
un plan de gestión ambiental de carácter conjunto, que involucre a varias de las
entidades que integren la agrupación, a lo largo de la cadena de valor de un
producto en concreto. Alternativamente, también será válida la elaboración de un
plan de mejora que comprometa a los participantes en el mismo en una serie de
actuaciones que podrán ser las que hayan presentado de forma individual. Cada
proyecto tractor deberá incluir como mínimo uno de estos planes, pero podrán ser
varios, si la agrupación así lo considera apropiado. El plan transversal de gestión
ambiental conjunto se deberá de ajustar a la estructura y modelo facilitado en la
convocatoria, y en el mismo se podrán incluir proyectos primarios individuales y en
cooperación que contribuyan al cumplimiento de los objetivos del mismo, pudiendo
éstos cubrir otras actuaciones del bloque de sostenibilidad o siendo específicos
para este plan.
B. Adopción de compromisos globales de reducción de la huella ambiental de
un producto. Esta actuación se materializará en la elaboración de un plan de
carácter conjunto, que involucre a varias entidades, consistente en la reducción de
la huella ambiental de los productos a los que haga referencia la cadena de valor,
con especial énfasis en la reducción del empleo de plásticos de un solo uso en
procesos de envasado y empaquetado. Adicionalmente, en el plan conjunto se
podrán incluir distintas actividades que contribuyan de forma efectiva a los
objetivos de la actuación, siempre que cumplan con el resto de requisitos
establecidos en la orden de bases. Podrá ser válida la presentación de varios
planes, si la agrupación así lo considera apropiado.