III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Ayudas. (BOE-A-2022-23726)
Orden ICT/1306/2022, de 21 de diciembre, por la que se modifica la Orden ICT/739/2022, de 28 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a actuaciones de integración y transformación de la cadena de valor industrial del sector naval, dentro del Proyecto Estratégico para la Recuperación y Transformación Económica para la modernización y diversificación del ecosistema naval español, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y se efectúa la convocatoria mediante tramitación anticipada correspondiente al año 2023.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 312

Jueves 29 de diciembre de 2022

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concesión, así como para los actos relacionados con las modificaciones de concesión y
con el seguimiento de las inversiones, el interlocutor con la Administración podrá
identificarse electrónicamente de forma segura para consultar los actos de procedimiento
notificados y presentar la documentación adicional que pudiera ser requerida por el
órgano actuante.
4. Para la justificación, cada entidad que forme parte de la agrupación accederá a
su expediente electrónico identificándose de forma segura.
5. Los trámites que realice tanto el interlocutor como la Administración se harán a
través del Registro Electrónico del Ministerio: https://sede.serviciosmin.gob.es/
registroelectronico.
6. En el Portal de Ayudas del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo estarán
disponibles las Guías con las instrucciones necesarias.
Artículo 14. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes comenzará el 18 de enero de 2023 y finalizará
el 28 de febrero de 2023 y, de conformidad con lo establecido en el inciso final del primer
párrafo del artículo 25.4 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, se posponen los efectos de
la convocatoria a partir de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
La presentación de solicitudes se realizará siguiendo las instrucciones y formularios
indicados en la Guía de Solicitud que se encontrará disponible en el Portal de Ayudas y
exclusivamente a través de la sede electrónica del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.
La presentación de solicitudes fuera del plazo establecido dará lugar a su inadmisión.
Artículo 15. Formalización y presentación de solicitudes.
La formalización y presentación de las solicitudes se realizará según lo establecido
en el artículo 24 de la orden de bases.
1.

La solicitud de ayuda deberá constar de la siguiente documentación:

1.º Formulario de solicitud de ayuda para el proyecto tractor y cuestionario
electrónico. La entidad designada como interlocutor de la agrupación presentará, en
nombre de ésta, la solicitud de ayuda con firma electrónica de la persona que tenga
poder de representación suficiente. Mediante la firma electrónica de la solicitud se
garantizará la fidelidad con el original de las copias digitalizadas de los documentos
aportados junto a dicha solicitud.
2.º Acuerdo de agrupación que contenga los requisitos indicados en el anexo I de la
orden de bases. En dicho Acuerdo, que será firmado electrónicamente por la persona
con poder de representación suficiente de cada una de las entidades participantes en el
mismo, se definirá el rol de cada una de dichas entidades y se nombrará a aquella que,
además, adquirirá el rol de Interlocutor con la Administración, estableciendo las
funciones que desarrollará.
3.º Memoria del proyecto tractor, según la estructura y contenido que se establece
en el anexo 1 de esta orden. Esta Memoria será firmada electrónicamente por la persona
con poder de representación suficiente de cada una de las entidades participantes.
4.º Plan de formación y reciclaje profesional. Debe englobar a cada entidad
participante de la agrupación, con los compromisos de formación de cada una de ellas.
El Plan será firmado electrónicamente por la persona con poder de representación
suficiente de cada una de las entidades participantes.
5.º Acreditación válida del poder de la persona física representante de la entidad
designada como interlocutora con la Administración, por cualquier medio válido en
derecho que deje constancia fidedigna de su existencia, para los trámites que, en
nombre de la agrupación, haya que realizar durante la solicitud, así como durante la
instrucción del procedimiento.

cve: BOE-A-2022-23726
Verificable en https://www.boe.es

a) Documentación del proyecto tractor: