III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Ayudas. (BOE-A-2022-23726)
Orden ICT/1306/2022, de 21 de diciembre, por la que se modifica la Orden ICT/739/2022, de 28 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a actuaciones de integración y transformación de la cadena de valor industrial del sector naval, dentro del Proyecto Estratégico para la Recuperación y Transformación Económica para la modernización y diversificación del ecosistema naval español, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y se efectúa la convocatoria mediante tramitación anticipada correspondiente al año 2023.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 312

Jueves 29 de diciembre de 2022

Sec. III. Pág. 190323

6.º En el caso de que ningún participante de la agrupación adquiera el rol de
proveedor de tecnología o conocimiento, acreditación de la capacidad técnica y
organizativa suficiente para la realización de actividades de I+D+i de la empresa
subcontratada.
Documentación de la entidad participante:

1.º Acreditación de la inscripción en el censo de empresarios, profesionales y
retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria o en el censo equivalente
de la Administración Tributaria Foral, que debe reflejar la actividad económica
efectivamente desarrollada a la fecha de solicitud de la ayuda, para aquellas entidades
que desarrollen actividades económicas.
2.º Para cada entidad que suscribe el acuerdo de agrupación, acreditación válida
del poder del firmante por cualquier medio válido en derecho que deje constancia
fidedigna de su existencia.
3.º Informe de riesgos de la Central de información de Riesgos del Banco de
España (CIRBE) agregado de la deuda financiera en el momento de la solicitud, o con
una antigüedad máxima de tres meses contados desde la emisión de la CIRBE hasta la
fecha de presentación de la solicitud.
4.º Acreditación del cumplimiento de obligaciones tributarias y frente a la Seguridad
Social de cada entidad que forme parte de la agrupación, sólo en el caso en el que ésta
no autorice que el órgano concedente obtenga de forma directa dicha acreditación a
través de certificados electrónicos, conforme a lo establecido en el artículo 22.4 del
Reglamento de la Ley General de Subvenciones, aprobado por el Real
Decreto 887/2006, de 21 de julio.
5.º Memoria de las cuentas anuales correspondientes al ejercicio 2021,
correctamente depositadas en el Registro Mercantil o en el Registro de cuentas anuales
del sector público, junto con el justificante de depósito y, si está obligado a ello, informe
de auditoría de las mismas.
Para empresas de nueva creación que no dispongan, en el momento de
presentación de la solicitud, de cuentas anuales depositadas en el registro
correspondientes al ejercicio 2021, un informe emitido por un auditor de cuentas inscrito
como ejerciente en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas dependiente del Instituto
de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, de fecha anterior a la presentación de la
solicitud, donde figure el importe de los fondos propios y la deuda financiera total.
6.º Acreditación de la declaración y liquidación del Impuesto de Sociedades,
correspondiente a los ejercicios 2019, 2020 y 2021 para cada entidad que forme parte de
la agrupación, y que esté obligada a ello.
7.º Declaración responsable para cada entidad que forma parte de la agrupación,
según el modelo que se detalla en el anexo IV de la orden de bases.
8.º Declaración responsable para cada entidad que forma parte de la agrupación de
otras ayudas, según el modelo establecido en el anexo IV de la orden de bases, que
detalle cualquier tipo de fondos públicos que haya obtenido o solicitado para financiar las
actividades para las que solicita ayuda. Además, deberá actualizar esta declaración si en
cualquier momento ulterior de la instrucción se produce una modificación de lo
inicialmente declarado.
9.º Declaración responsable relativa al compromiso de cumplimiento de los
principios transversales establecidos en el Plan de Recuperación y que pudieran afectar
al ámbito objeto de gestión, conforme al modelo establecido en el anexo IV.C de la
Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre.
10.º Declaración de compromiso en relación con la ejecución de actuaciones del Plan
de Recuperación, Transformación y Resiliencia, según anexo 9 de esta convocatoria.
11.º Información relativa al importe y condiciones de los préstamos vivos que
hubiera obtenido de cualquier Administración o ente público, así como una breve
descripción del objeto financiado.

cve: BOE-A-2022-23726
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b)